GARANTÍA DE PROPUESTA. 4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia de Finanzas, Unidad de Seguros, Riesgos y Controles (FI-S). 4.1.1.2 Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta una garantía de propuesta, la cual no será menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del precio base. Ésta garantiza a La Autoridad: (i) el mantenimiento de la oferta hecha por el contratista, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas por el pliego de cargos. 4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima de cuarenta y cinco (45) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente. 4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza y Carta de crédito irrevocable 4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianza, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 Fianzas”. 4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”. 4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida por la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá. 4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” que sean sucursales de empresas extranjeras, podrán emitir cartas de crédito hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado de su casa matriz, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor. 4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten con la “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito”, podrán emitir cartas de crédito hasta el límite del treinta por ciento (30%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor. 4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta sección: “A-“ de Standard & Poors, o “A3” de Moody´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente. 4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente.
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Samples: Public Sale of Surplus Goods
GARANTÍA DE PROPUESTA. 4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento A los fines de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia admisión de Finanzasla propuesta, Unidad de Seguros, Riesgos y Controles (FI-S).
4.1.1.2 Los los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta constituir una garantía Garantía de propuestaPropuesta a favor de la Municipalidad de Neuquén, la cual no será menor por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total monto anual del precio base. Ésta garantiza a La Autoridad: presupuesto oficial, esto es, por Pesos nueve millones ochocientos cuarenta mil (i$ 9.840.000,00), la que podrá constituirse de alguna de las siguientes formas:
1) el mantenimiento Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal de la oferta hecha Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, en Planta Baja xxx Xxxxxxx Municipal sito en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx de la ciudad de Neuquén. En tal caso, deberá adjuntar la boleta de depósito ORIGINAL pertinente, en la que deberá constar el nombre del Proponente y la Licitación a que pertenece la garantía. El depósito así constituido no devengará interés alguno.
2) Fianza bancaria otorgada por entidad radicada en el país, constituyéndose en fiador solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil. No deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la ley y al contrato motivo de la misma, aún cuando no fueran pagados por el contratistatomador los valores que demanden su costo. En tal caso, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser una certificación emitida por el pliego banco involucrado con constancia de cargossu domicilio y firma autorizada acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un Escribano Público. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura de propuestas. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx de la ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre.
4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima 3) Seguro de cuarenta y cinco (45) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente.
4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza y Carta de crédito irrevocable
4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianzaCaución, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 Fianzas”.
4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”.
4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida mediante póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos Seguros de la República Nación, con los anexos, condiciones generales y particulares y suplementos, respondiendo íntegramente a las disposiciones del Decreto Nacional N° 411/69, o con el texto ordenado según el mismo. Deberá contener expresa constancia que el asegurador se constituye en fiador solidario, liso, llano y principal pagador de Panamá.
4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas la garantía prevista, con renuncia a los beneficios de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, sin restricciones ni salvedades. Solo se admitirá póliza que contemple la cláusula de reajuste que para las pólizas de seguro de caución fuera aprobada por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Resolución General N° 17047/82 de la Superintendencia de Bancos Seguros de Panamála Nación. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” El asegurador deberá, a los fines que sean sucursales hubiere lugar, fijar domicilio en la ciudad de empresas extranjerasNeuquén, podrán emitir cartas provincia del mismo nombre. En tal caso, la documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser la póliza de crédito hasta seguro de caución en garantía ORIGINAL conteniendo los requisitos antes citados. Todos los documentos integrantes de la póliza deberán estar firmados por el mismo autorizante. Tal firma deberá ser acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado Escribano Público. En caso de su casa matrizque la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten deberá además contar con la “Calificación Financiera Aceptable para Cartas correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Crédito”Neuquén, podrán emitir cartas con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx de crédito hasta el límite la ciudad de Neuquén, provincia del treinta mismo nombre. La Garantía de Propuesta presentada por ciento una Unión Transitoria de Empresas (30%UTE) del último patrimonio publicado por deberá definir como Proponente a todos los integrantes de la Superintendencia de Bancos de PanamáUTE, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta secciónenumerándolos como: “A-“ Unión Transitoria de Standard & PoorsEmpresas formada por ___________, o “A3” de Moody´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente_____________ y ”.
4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente.
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Samples: Public Bidding
GARANTÍA DE PROPUESTA. 4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia de Finanzas, Unidad Sección de Seguros, Riesgos Seguros y Controles (FI-S).Fianzas. AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA CONTRATO DE VENTA PAGINA 11 DE 38 PAGINAS
4.1.1.2 Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta una garantía de propuesta, la cual no será menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del precio basede la propuesta. Ésta garantiza a La Autoridad: ACP:
(i) el mantenimiento de la oferta hecha por el contratista, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas por el pliego de cargos.
4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima de cuarenta y cinco noventa (4590) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente.
4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza emitida por aseguradora local, autorizada por la Superintendencia de Seguros de Panamá y aprobada por la ACP o Carta de crédito irrevocableirrevocable emitida por entidad bancaria.
4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianza, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 1.2 Fianzas”.
4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”.
4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida por la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá.
4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” que sean sucursales de empresas extranjeras, podrán emitir cartas de crédito hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado de su casa matriz, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten con la “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito”, podrán emitir cartas de crédito hasta el límite del treinta por ciento (30%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta sección: “A-“ de Standard & Poors, o “A3” de Moody´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente.
4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente, o si esta se presenta incompleta o deficiente.
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Samples: Contrato De Venta
GARANTÍA DE PROPUESTA. 4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento A los fines de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia admisión de Finanzasla propuesta, Unidad de Seguros, Riesgos y Controles (FI-S).
4.1.1.2 Los los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta constituir una garantía Garantía de propuestaPropuesta a favor de la Municipalidad de Neuquén, la cual no será menor por un valor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total monto anual del precio base. Ésta garantiza a La Autoridad: presupuesto oficial, esto es, por Pesos quince millones setecientos veinte mil (i$ 15.720.000,00), la que podrá constituirse de alguna de las siguientes formas:
1) el mantenimiento Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal de la oferta hecha Municipalidad de la Ciudad de Neuquén, en Planta Baja xxx Xxxxxxx Municipal sito en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx de la ciudad de Neuquén. En tal caso, deberá adjuntar la boleta de depósito ORIGINAL pertinente, en la que deberá constar el nombre del Proponente y la Licitación a que pertenece la garantía. El depósito así constituido no devengará interés alguno.
2) Fianza bancaria otorgada por entidad radicada en el país, constituyéndose en fiador solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil. No deberá contener fecha de vencimiento, allanándose expresamente a la ley y al contrato motivo de la misma, aún cuando no fueran pagados por el contratistatomador los valores que demanden su costo. En tal caso, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser una certificación emitida por el pliego banco involucrado con constancia de cargossu domicilio y firma autorizada acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un Escribano Público. Tal certificación no podrá tener una antigüedad mayor a los tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha fijada para la apertura de propuestas. En caso de que la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx de la ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre.
4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima 3) Seguro de cuarenta y cinco (45) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente.
4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza y Carta de crédito irrevocable
4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianzaCaución, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 Fianzas”.
4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”.
4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida mediante póliza aprobada por la Superintendencia de Bancos Seguros de la República Nación, con los anexos, condiciones generales y particulares y suplementos, respondiendo íntegramente a las disposiciones del Decreto Nacional Nº 411/69, o con el texto ordenado según el mismo. Deberá contener expresa constancia que el asegurador se constituye en fiador solidario, liso, llano y principal pagador de Panamá.
4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas la garantía prevista, con renuncia a los beneficios de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, sin restricciones ni salvedades. Solo se admitirá póliza que contemple la cláusula de reajuste que para las pólizas de seguro de caución fuera aprobada por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Resolución General Nº 17047/82 de la Superintendencia de Bancos Seguros de Panamála Nación. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” El asegurador deberá, a los fines que sean sucursales hubiere lugar, fijar domicilio en la ciudad de empresas extranjerasNeuquén, podrán emitir cartas provincia del mismo nombre. En tal caso, la documentación a adjuntar al acto licitatorio deberá ser la póliza de crédito hasta seguro de caución en garantía ORIGINAL conteniendo los requisitos antes citados. Todos los documentos integrantes de la póliza deberán estar firmados por el mismo autorizante. Tal firma deberá ser acompañada para su autenticidad de la certificación extendida por un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado Escribano Público. En caso de su casa matrizque la certificación aludida provenga de un escribano de extraña jurisdicción, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten deberá además contar con la correspondiente legalización. Se deberá designar como asegurado a la Municipalidad de Neuquén, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxx Xxxxx X. Xxxx de la ciudad de Neuquén, provincia del mismo nombre. La Garantía de Propuesta presentada por una Unión Transitoria de Empresas (UTE) deberá definir como Proponente a todos los integrantes de la UTE, enumerándolos como: “Calificación Financiera Aceptable para Cartas Unión Transitoria de Crédito”, podrán emitir cartas de crédito hasta el límite del treinta Empresas formada por ciento (30%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor”.
4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta sección: “A-“ de Standard & Poors, o “A3” de Moody´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente.
4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente.
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Samples: Public Service Contract
GARANTÍA DE PROPUESTA. 4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia de Finanzas, Unidad Sección de Seguros, Riesgos Seguros y Controles (FI-S)Fianzas.
4.1.1.2 Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta una garantía de propuesta, la cual no será menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del precio basede la propuesta. Ésta garantiza a La AutoridadACP: (i) el mantenimiento de la oferta hecha por el contratista, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas por el pliego de cargos.
4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima de cuarenta y cinco noventa (4590) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente.
4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza emitida por aseguradora local, autorizada por la Superintendencia de Seguros de Panamá y aprobada por la ACP o Carta de crédito irrevocableirrevocable emitida por entidad bancaria.
4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianza, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 1.2 Fianzas”.
4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”.
4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida por la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá.
4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” que sean sucursales de empresas extranjeras, podrán emitir cartas de crédito hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado de su casa matriz, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten con la “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito”, podrán emitir cartas de crédito hasta el límite del treinta por ciento (30%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta sección: “A-“ de Standard & Poors, o “A3” de Moody´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente.
4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente, o si esta se presenta incompleta o deficiente.
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Samples: Contrato De Venta
GARANTÍA DE PROPUESTA. 4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia de Finanzas, Unidad Sección de Seguros, Riesgos Seguros y Controles Fianzas (FI-SFIFS).
4.1.1.2 Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta una garantía de propuesta, la cual no será menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del precio basede la propuesta. Ésta garantiza a La Autoridad: (i) el mantenimiento de la oferta hecha por el contratista, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas por el pliego de cargos.
4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima de cuarenta y cinco noventa (4590) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente.
4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza y Carta de crédito irrevocable
4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianza, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 Fianzas”.
4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”.
4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida por la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá.
4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” que sean sucursales de empresas extranjeras, podrán emitir cartas de crédito hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado de su casa matriz, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten con la “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito”, podrán emitir cartas de crédito hasta el límite del treinta por ciento (30%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta sección: “A-“ de Standard & Poors, o “A3” de Moody´s xx Xxxxx´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente.
4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente.
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Samples: Contrato De Venta Pública