Common use of Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales Clause in Contracts

Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales. 1. Durante la vigencia de este Convenio únicamente regirán las asignaciones y gratificaciones complementarias o especiales establecidas y reguladas en el mismo, u otras disposiciones vigentes no modificadas o suprimidas expresamente en este Convenio. 2. La llamada compensación de fiestas suprimidas a que tiene derecho el personal integrado con anterioridad al 7 de febrero de 1958 y el ingresado con posterioridad a dicha fecha que la hubiere venido percibiendo como condición más beneficiosa, se determinará sobre la base resultante de computar 14 pagas como dividendo. El divisor será 1.700. 3. Las indemnizaciones por residencia, además de en las pagas ordinarias y extraordinarias xx xxxxx y diciembre, se abonarán también en las pagas fijas y garantizadas que por cualquier otro concepto perciba el personal. 4. Se mantiene con carácter transitorio la asignación anual conserjes, para las personas que la vinieran percibiendo por aplicación del artículo 19.5 del XXII Convenio Colectivo de Banca. 5. Plus transitorio.–En las sucursales y agencias con autonomía operativa, el personal con poderes que tenga atribuida de modo específico la responsabilidad del funcionamiento administrativo u operativo de la misma percibirá un plus transitorio mientras se encuentre en el Xxxxx 0 ó 7, con la cuantía anual que figura en la siguiente tabla: Plus transitorio. 632,39 632,39 635,56 641,91 649,94 Dicha cantidad se hará efectiva por doceavas partes abonables por mensualidades vencidas.

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Samples: Xxiv Convenio Colectivo Del Sector De La Banca

Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales. 1. 1.- Durante la vigencia de este Convenio únicamente regirán las asignaciones y gratificaciones complementarias o especiales establecidas y reguladas en el mismo, u otras disposiciones vigentes no modificadas o suprimidas expresamente en este Convenio. 2. 2.- La llamada compensación de fiestas suprimidas a que tiene derecho el personal integrado con anterioridad al 7 de febrero de 1958 y el ingresado con posterioridad a dicha fecha que la hubiere venido percibiendo como condición más beneficiosa, se determinará sobre la base resultante de computar 14 pagas como dividendo. El divisor será 1.700. 3. 3.- Las indemnizaciones por residencia, además de en las pagas ordinarias y extraordinarias xx xxxxx y diciembre, se abonarán también en las pagas fijas y garantizadas que por cualquier otro concepto perciba el personal. 4. 4.- Se mantiene con carácter transitorio la asignación anual conserjes, para las personas que la vinieran percibiendo por aplicación del artículo 19.5 del XXII Convenio Colectivo de Banca. 5. 5.- Plus transitorio.–En transitorio.- En las sucursales y agencias con autonomía operativa, el personal con poderes que tenga atribuida de modo específico la responsabilidad del funcionamiento administrativo u operativo de la misma percibirá un plus transitorio mientras se encuentre en el Xxxxx 0 ó 7, con la cuantía anual que figura en la siguiente tabla: Plus transitorio. 632,39 632,39 635,56 641,91 649,94 Dicha cantidad se hará efectiva por doceavas partes abonables por mensualidades vencidas.

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Samples: Convenio Colectivo De Banca 2019 2023

Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales. 1. 1.- Durante la vigencia de este Convenio únicamente regirán las asignaciones y gratificaciones complementarias o especiales establecidas y reguladas en el mismo, u otras disposiciones vigentes no modificadas o suprimidas expresamente en este Convenio. 2. 2.- La llamada compensación de fiestas suprimidas a que tiene derecho el personal integrado con anterioridad al 7 de febrero de 1958 y el ingresado con posterioridad a dicha fecha que la hubiere venido percibiendo como condición más beneficiosa, se determinará sobre la base resultante de computar 14 pagas como dividendo. El divisor será 1.700. 3. 3.- Las indemnizaciones por residencia, además de en las pagas ordinarias y extraordinarias xx xxxxx y diciembre, se abonarán también en las pagas fijas y garantizadas que por cualquier otro concepto perciba el personal. 4. 4.- Se mantiene con carácter transitorio la asignación anual conserjes, para las personas que la vinieran percibiendo por aplicación del artículo 19.5 del XXII Convenio Colectivo de Banca. 5. 5.- Plus transitorio.–En transitorio.- En las sucursales y agencias con autonomía operativa, el personal con poderes que tenga atribuida de modo específico la responsabilidad del funcionamiento administrativo u operativo de la misma percibirá un plus transitorio mientras se encuentre en el Xxxxx 0 ó 7, con la cuantía anual que figura en la siguiente tabla: Concepto 2019 2020 2021 2022 2023 Plus transitorio. transitorio 632,39 632,39 635,56 641,91 649,94 Dicha cantidad se hará efectiva por doceavas partes abonables por mensualidades vencidas.

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Samples: Convenio Colectivo De Banca

Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales. 1. Durante la vigencia de este Convenio únicamente regirán las asignaciones y gratificaciones complementarias com- plementarias o especiales establecidas y reguladas en el mismo, u otras disposiciones vigentes no modificadas o suprimidas expresamente en este Convenio. 2. La llamada compensación de fiestas suprimidas a que tiene derecho el personal integrado con anterioridad al 7 de febrero de 1958 y el ingresado con posterioridad a dicha fecha que la hubiere venido percibiendo como condición más beneficiosa, se determinará sobre la base resultante de computar 14 pagas como dividendo. El divisor será 1.700. 3. Las indemnizaciones por residencia, además de en las pagas ordinarias y extraordinarias xx xxxxx de julio y diciembre, se abonarán también en las pagas fijas y garantizadas que por cualquier otro concepto perciba el personal. 4. Se mantiene con carácter transitorio la asignación anual conserjes, para las personas que la vinieran percibiendo por aplicación del artículo 19.5 del XXII Convenio Colectivo de Banca. 5. Plus transitorio.–En transitorio.- En las sucursales y agencias con autonomía operativa, el personal con poderes que tenga atribuida de modo específico la responsabilidad del funcionamiento administrativo u operativo de la misma percibirá un plus transitorio mientras se encuentre en el Xxxxx 0 Nivel 8 ó 7, con la cuantía anual que figura en la siguiente tabla: Plus transitorio. transitorio 604,77 612,33 621,51 632,39 632,39 635,56 641,91 649,94 Dicha cantidad se hará efectiva por doceavas partes abonables por mensualidades vencidas.

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Samples: Convenio Colectivo

Gratificaciones y asignaciones complementarias o especiales. 1. Durante la vigencia de este Convenio únicamente regirán las asignaciones y gratificaciones complementarias o especiales establecidas y reguladas en el mismo, u otras disposiciones vigentes no modificadas o suprimidas expresamente en este Convenio. 2. La llamada compensación de fiestas suprimidas a que tiene derecho el personal integrado con anterioridad al 7 de febrero de 1958 y el ingresado con posterioridad a dicha fecha que la hubiere venido percibiendo como condición más beneficiosa, se determinará sobre la base resultante de computar 14 pagas como dividendo. El divisor será 1.700. 3. Las indemnizaciones por residencia, además de en las pagas ordinarias y extraordinarias xx xxxxx y diciembre, se abonarán también en las pagas fijas y garantizadas que por cualquier otro concepto perciba el personal. 4. Se mantiene con carácter transitorio la asignación anual conserjes, para las personas que la vinieran percibiendo por aplicación del artículo 19.5 del XXII Convenio Colectivo de Banca. 5. Plus transitorio.–En las sucursales y agencias con autonomía operativa, el personal con poderes que tenga atribuida de modo específico la responsabilidad del funcionamiento administrativo u operativo de la misma percibirá un plus transitorio mientras se encuentre en el Xxxxx 0 Nivel 8 ó 7, con la cuantía anual que figura en la siguiente tabla: Plus transitorio. 632,39 632,39 635,56 641,91 649,94 Dicha cantidad se hará efectiva por doceavas partes abonables por mensualidades vencidas.

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Samples: Convenio Colectivo De Banca