Common use of Incrementos retributivos Clause in Contracts

Incrementos retributivos. Los salarios del personal comprendido en el ámbito de aplicación de este Convenio quedan establecidos en las tablas salariales que figuran como parte integrante del mismo, como Xxxxx XX y Anexo III, en su caso. El pago xxx xxxxxxx se efectuará por meses vencidos, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente y dentro de la jornada laboral. Será abonado en metálico, cheque bancario, transferencia u otras modalidades, previo acuerdo con los trabajadores. El incremento salarial pactado, para el año 2010 será el establecido en las tablas salariales que figuran en el Anexo II y Anexo III, (0.8% y 0.3%, respectivamente), en su caso. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos, y Cajas de Ahorros tendrán en 2010 los mismos incrementos salariales antes mencionados, más un punto adicional sobre los conceptos retributivos que establece el Convenio (es decir, el 1,8% en total), abonados en la nómina de Diciembre del año anterior y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, los trabajadores de las empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública, percibirán en 2010 los mismos incrementos salariales establecidos en el párrafo anterior, más medio punto adicional sobre los conceptos retributivos establecidos en el presente convenio (es decir, el 1,3% en total), y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido. El incremento salarial pactado para los siguientes años de vigencia del presente convenio, será el IPC real del año anterior. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y xx Xxxxx de Ahorros tendrán en los siguientes años de vigencia del presente convenio el mismo incremento salarial mencionado en el párrafo anterior, más un 0,6% adicional sobre los conceptos retributivos que establece el Convenio, abonados en la nómina de Diciembre del año anterior y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, los trabajadores de las Empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública percibirán en los siguientes años de vigencia del presente convenio, el mismo incremento salarial establecido en el párrafo anterior, más un 0,25% adicional sobre los conceptos retributivos establecidos en el presente convenio, y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Xi Convenio Colectivo De Ámbito Estatal De Centros De Asistencia Y Educación Infantil

Incrementos retributivos. 1. Los salarios sueldos, otras retribuciones y emolumentos del personal comprendido en el ámbito de aplicación de este Convenio quedan establecidos en las tablas salariales que figuran como parte integrante del mismo, como Xxxxx XX y Anexo III, en su caso. El pago xxx xxxxxxx se efectuará por meses vencidos, dentro TUSSAM experimentarán para cada uno de los cinco primeros días del mes siguiente y dentro de la jornada laboral. Será abonado en metálico, cheque bancario, transferencia u otras modalidades, previo acuerdo con los trabajadores. El incremento salarial pactado, para el año 2010 será el establecido en las tablas salariales que figuran en el Anexo II y Anexo III, (0.8% y 0.3%, respectivamente), en su caso. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos, y Cajas de Ahorros tendrán en 2010 los mismos incrementos salariales antes mencionados, más un punto adicional sobre los conceptos retributivos que establece el Convenio (es decir, el 1,8% en total), abonados en la nómina de Diciembre del año anterior y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, los trabajadores de las empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública, percibirán en 2010 los mismos incrementos salariales establecidos en el párrafo anterior, más medio punto adicional sobre los conceptos retributivos establecidos en el presente convenio (es decir, el 1,3% en total), y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido. El incremento salarial pactado para los siguientes años de vigencia del presente convenioConvenio Colectivo el incremento superior que la Ley de Presupuestos Generales de Estado o las normas estatales de aplicación a la Administración Local establezcan anualmente para las retribuciones del personal al servicio del Sector Público en su capítulo de gastos de personal. Para el caso de que el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, será el IPC real las Empresas de titularidad exclusivamente municipal o EMASESA adoptasen un mecanismo legal para incrementar las retribuciones del año anterior. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y xx Xxxxx de Ahorros tendrán personal a su servicio en los siguientes años de vigencia del presente convenio el mismo incremento salarial mencionado en el párrafo anterior, más un 0,6% adicional sobre los conceptos retributivos que establece el Convenio, abonados porcentaje superior al previsto en la nómina Ley de Diciembre Presupuestos Generales del año anterior y siempre atendiendo Estado o las normas estatales de aplicación a la Administración Local para el ejercicio correspondiente, las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, retribuciones de los trabajadores de TUSSAM se revisarán en la diferencia. 2. Para el caso que las Empresas privadas Leyes de Presupuestos Generales del Estado o las normas estatales de aplicación a la Administración Local para los años 2018 y 2019 no establecieran límites al incremento anual de las retribuciones del personal al servicio del Sector Público, los sueldos, otras retribuciones y emolumentos del personal de TUSSAM se revisarán en un dos por cien (2%) cada uno de estos años, con cláusula de revisión que gestionan centros garantice el IPC si éste fuera superior al dos por cien (2%). 0.Xx regulación establecida para las primas vinculadas a un programa de titularidad pública percibirán en los siguientes años control y seguimiento del absentismo por cada xxxxxx, xxxxxxx o festivo efectivamente trabajado, así como para las primas de vigencia del presente conveniotarde y noche, el mismo incremento salarial establecido quedarán sin efectos en el párrafo anterior, más un 0,25% adicional sobre los conceptos retributivos establecidos año 2018 y/o en el presente convenioaño 2019 en el caso de que la Ley de Presupuestos Generales de Estado o las normas estatales de aplicación a la Administración Local de los referidos años supriman las vigentes limitaciones al incremento de las retribuciones y de la masa salarial. En caso de mantenerse las mencionadas limitaciones, la regulación que ahora se aprueba para las primas continuará vigente. Los importes establecidos para las primas xx xxxxxx, xxxxxxx y siempre atendiendo festivo pasarán a incrementar el precio correspondiente a las acumulaciones Primas por sábados y domingos trabajados y la Prima por festivo trabajado en el convenio colectivo que desde 2006 se hayan producidorevisa. Los importes establecidos para las primas de tarde y noche se consolidarán.

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Samples: Convenio Colectivo

Incrementos retributivos. Los salarios del personal comprendido en el ámbito de aplicación de este Convenio quedan establecidos en las tablas salariales que figuran como parte integrante del mismo, como Xxxxx XX Anexo II y Anexo III, en su caso. El pago xxx xxxxxxx se efectuará por meses vencidos, dentro de los cinco primeros pri- meros días del mes siguiente y dentro de la jornada laboral. Será abonado en metálico, cheque bancario, transferencia u otras modalidades, previo acuerdo con los trabajadores. El incremento salarial pactado, para el año 2010 será el establecido en las tablas salariales que figuran en el Anexo II y Anexo III, (0.8% y 0.3%, respectivamenterespec- tivamente), en su caso. 23 Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos, y Cajas de Ahorros tendrán en 2010 los mismos incrementos incre- mentos salariales antes mencionados, más un punto adicional sobre los conceptos con- ceptos retributivos que establece el Convenio (es decir, el 1,8% en total), abonados en la nómina de Diciembre del año anterior y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, los trabajadores de las empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública, percibirán en 2010 los mismos incrementos salariales establecidos en el párrafo anteriorante- rior, más medio punto adicional sobre los conceptos retributivos establecidos en el presente convenio (es decir, el 1,3% en total), y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido. El incremento salarial pactado para los siguientes años de vigencia del presente pre- sente convenio, será el IPC real del año anterior. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y xx Xxxxx de Ahorros tendrán en los siguientes años de vigencia del presente convenio el mismo incremento salarial mencionado en el párrafo anterior, más un 0,6% adicional sobre los conceptos retributivos que establece el Convenio, abonados en la nómina de Diciembre del año anterior an- terior y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, los trabajadores de las Empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública percibirán en los siguientes años de vigencia del presente convenio, el mismo incremento salarial establecido en el párrafo anterior, más un 0,25% adicional sobre los conceptos retributivos establecidos en el presente pre- sente convenio, y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido.

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Samples: Convenio Colectivo

Incrementos retributivos. Los salarios Con efectos del personal comprendido día 1 de enero de 2016, los distintos conceptos o retribuciones salariales que integran la estructura se verán incrementados en el ámbito de aplicación de este Convenio quedan establecidos en las tablas salariales que figuran como parte integrante del mismo1%. Además, como Xxxxx XX y Anexo III, en su caso. El pago xxx xxxxxxx se efectuará por meses vencidos, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente y dentro de la jornada laboral. Será abonado en metálico, cheque bancario, transferencia u otras modalidades, previo acuerdo con los trabajadores. El incremento salarial pactado, para el año 2010 será el establecido en las tablas salariales que figuran incrementarán en el Anexo II y Anexo III, (0.8% y 0.3%, respectivamente), en su caso. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos, y Cajas de Ahorros tendrán en 2010 los mismos incrementos salariales antes mencionados, más un punto adicional sobre mismo porcentaje los conceptos retributivos que establece el Convenio (es decirextrasalariales denominados Indemnización por Reconocimiento Médico fuera de jornada, el 1,8% en total), abonados en la nómina Dietas de Diciembre del año anterior Formación y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producidoComplemento por Horario Especial de Apertura. Así mismo, los trabajadores y como contrapartida de las empresas privadas medidas de productividad acordadas durante la vigencia del último convenio (2013-2015) y como consecuencia de la continuidad en la aplicación y consolidación de las mismas, el personal de la Empresa percibirá, de forma lineal, el mismo importe pactado como contraprestación económica actualizado al 1%, esto es, 262,03 euros anuales por trabajador (cifra resultante de la distribución lineal del 0,6% de la masa salarial del año 2015 actualizada al 1%). Habida cuenta que gestionan centros el referido importe sigue estando asociado a medidas de titularidad públicaproductividad, percibirán el devengo y abono de este concepto quedará sujeto, al igual que otros de la misma naturaleza, a la realización efectiva del trabajo encomendado, en 2010 los mismos incrementos salariales términos establecidos en el párrafo anteriorapartado 1. P) de la cláusula 6ª del presente texto convencional y bajo el concepto denominado “Productividad 2015”, más medio punto adicional sobre si bien para lo que resta de este ejercicio 2016 el abono de este concepto en nómina se llevará a efecto en los términos actuales, y bajo el mismo concepto de “A cuenta convenio”. Los incrementos retributivos derivados de este capítulo tendrán efectos retroactivos a 1 de enero de 2016, y serán de aplicación, en iguales condiciones, a los conceptos retributivos establecidos que pasarán a integrarse total o parcialmente en el presente convenio Salario Base a partir del día 1 de enero de 2017 (es decirPlus de Reorganización, el 1,3% en totalPlus de Reorganización Consolidado y Retribución Variable), y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido. El incremento salarial pactado para los siguientes años de vigencia del presente convenio, será el IPC real del año anterior. Los trabajadores de Centros de obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y xx Xxxxx de Ahorros tendrán en los siguientes años de vigencia del presente convenio el mismo incremento salarial mencionado en el párrafo anterior, más un 0,6% adicional sobre los conceptos retributivos que establece el Convenio, abonados en la nómina de Diciembre del año anterior y siempre atendiendo a las acumulaciones que se hayan producido. Así mismo, los trabajadores de las Empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública percibirán en los siguientes años de vigencia del presente convenio, el mismo incremento salarial establecido en el párrafo anterior, más un 0,25% adicional sobre los conceptos retributivos establecidos en el presente convenio, y siempre atendiendo a las acumulaciones que desde 2006 se hayan producido.

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Samples: Convenio Colectivo