Conceptos retributivos Cláusulas de Ejemplo

Conceptos retributivos. 1. Las retribuciones del personal afectado por éste Convenio estarán compuestas de los siguientes conceptos:
Conceptos retributivos. El régimen retributivo pactado en el presente Convenio, queda estructurado de la siguiente forma:
Conceptos retributivos. Las retribuciones de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación de este Convenio, serán las que a continuación se indican por conceptos:
Conceptos retributivos. La retribución de cada trabajador estará compuesta por el salario base, plus extrasalarial, va- xxxx personales y plus convenio. Para cada actividad, nivel y categoría se determinan en las tablas salariales. Se consolida la aplicación del plus de peligrosidad pactado en el anterior convenio, así como las antigüedades establecidas en el convenio anterior. Así queda consolidada la regularización de la antigüedad para aquellos trabajadores con con- tratos fijos anteriores al 1 de enero de 2010. La regularización de la antigüedad consistirá en la aplicación de una cantidad fija anual por trienio cumplido (tanto trienio completo como en su parte proporcional) y consistirá en una cantidad fija aplicable a la nomina mensual del trabajador al que le corresponda esta regularización. Esta cantidad no estará sometida a revisiones salvo las pactadas como subida de la retribución general (revisiones del IPC) y quedará consolidada en las nominas de los trabajadores afectos a este acuerdo. Las cantidades mensuales a aplicar por trienio son: –44.21 euros mensuales por xxxxxxx - aplicable a encargado y capataz. –37.65 euros mensuales por trienio - aplicable a choferes. –32.75 euros mensuales por trienio - aplicable a peones. Se consolida la aplicación de la antigüedad reconocida para los trabajadores desde el 1 de enero del año 2010 consistente en un plus de antigüedad de un 3% por cada 1.080 días de contrato en la empresa sobre el salario bruto anual y cuyas condiciones reguladoras se pactaron en el anterior convenio (tanto para personal fijo como para personal eventual). Se pacta como incremento general en la retribución de los trabajadores para los años 2021 y siguientes de vigencia del convenio un aumento salarial del IPC interanual del mes de noviembre en Navarra más 1,00 puntos porcentuales. Este incremento se hará efectivo para la primera nómina de haberes de cada año. Esta subida será de aplicación siempre y cuando no exista legislación de rango superior que lo impida o limite, debiendo asumir las directrices que emanen de dicha norma, caso de que ésta sea de aplicación en el periodo de vigencia del convenio. En este caso, los incrementos salariales serían de aplicación mientras durase la limitación de rango superior aplicando la subida correspondiente en el mismo momento es que fuese posible.
Conceptos retributivos. La remuneración de todos los trabajadores estará integrada por los siguientes conceptos retributivos:
Conceptos retributivos. La retribución global de los trabajadores estará compuesta por los siguientes conceptos: — Salario base. — Antigüedad. — Gratificaciones extraordinarias.
Conceptos retributivos. Las retribuciones del personal incluido en el ámbito de aplicación de este Convenio estarán divididas entre el salario base de Grupo y los complementos del mismo.
Conceptos retributivos. La retribución de cada trabajador estará compuesta por el salario base del Convenio y los complementos que para cada actividad, nivel y categoría se determinen en las tablas salariales, en relación con el contenido de los artículos siguientes.
Conceptos retributivos. Las retribuciones del personal integrado en el presente Conve- nio estarán compuestas por los siguientes conceptos:
Conceptos retributivos. 1.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11º del presente Convenio respecto al Nivel de acceso a la profesión, el régimen de retribuciones del personal estará integrado, para el personal de Xxxxxxx entre el 1 y el 11, ambos inclusive, por los siguientes conceptos: