INFORMACION ADICIONAL REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES Cláusulas de Ejemplo

INFORMACION ADICIONAL REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES. 4.1. Sobre la base de mi examen descripto en el punto 2., informo que los estados contables citados surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de acuerdo con normas legales, salvo que, según lo expresado en nota 2.- por haberse rubricado el libro diario exigido por Ley 25.600 con posterioridad al 31 de diciembre de 2002 las registraciones de diario fueron volcadas en el Libro Caja rubricado. CORRIENTE - PRESTAMO PERSONAL Gabriela Lamelas 21.796,00 0,00 NO CORRIENTE No existen No existen TOTAL PASIVO 21.796,00 0,00 PATRIMONIO NETO RESULTADOS SEGUN ESTADO 22.846,13 22.718,58 TOTAL DEL PATRIMONIO NETO 22.846,13 22.718,58 PATRIMONIO NETO más PASIVO 44.642,13 22.718,58 RESULTADOS ORDINARIOS 2001 2002 - PARA CAMPAÑA ELECTORAL 30.514,40 29.031,28 - DONACION 9.721,02 0,00 - COLECTA POPULAR 0,00 0,00 - INTERESES GANADOS 0,00 91,94 TOTAL DE RECURSOS 40.235,42 29.123,22 EGRESOS - ALQUILER 8.936,36 2.681,55 - TELEFONO 2.321,06 0,00 - AMORTIZACIONES MUEBLES Y UTILES 0,00 154,40 - AMORTIZACIONES MAQUINARIAS 0,00 800,00 - LUZ Y GAS 114,21 0,00 - MANTENIMIENTO LOCAL 140,17 4,20 - LIBRERIA, PAPELERIA E INSUMOS 1.520,77 93,78 - COMISIONES POR ALQUILER 1.017,87 0,00 - GASTOS POR ENVIOS 1.159,96 0,00 - GASTOS VARIOS 433,13 220,14 - MOVILIDAD Y VIATICOS 2.981,26 76,35 - FLETES 43,59 0,00 - DIARIOS E INTERNET 1.057,67 0,00 - GASTOS DE PUBLICIDAD 2.442,02 0,00 2001 2002 Políticos 23.298, que la Agrupación Política denominada: “INSTRUMENTO ELECTORAL DEL MOVIMIEN- TO POLITICO SOCIAL Y CULTURAL DE NEUQUEN” (MPS y C) se ha presentado ante esta sede judicial - MANTENIMIENTO DE EQUIPOS 76,29 0,00 iniciando el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico política como partido de distrito, en los - IMPUESTOS TASAS Y CONTRIB. EXENTAS 0,00 178,35 términos del art. 7° de la Ley 23.298, bajo el nombre partidario: “Instrumento Electoral del Movimiento Político - CORRESPONDENCIA 0,00 65,70 Social y Cultural de Neuquén” (MPS y C) que adoptó en fecha 18 de Febrero de 2005 (Expte. N° 154 - F° - GASTOS BANCARIOS 0,00 75,82 191 - Año 2005) En Neuquén, a los 25 días del mes de Julio del año 2005. Dr. JUAN CARLOS FERNANDEZ, TOTAL DE EGRESOS 22.244,37 4.350,29 e. 3/8 N° 486.980 v. 5/8/2005 - RESULTADO EXPOSICION INFLACION 0,00 24.900,53 RESULTADO FINAL 17.991,05 (127,60) Registro F° 75 N°.… CONCEPTOS CAPITAL SOCIAL RESULTADOS NO ASIGNADOS TOTAL SALDOS AL INICIO 22.846,18 22.846,18 RESULTADO DEL EJERCICIO 0,00 -127,60 -127,60 SALDOS AL CIERRE 0,00 22.718,58 22.718,58 inic...

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  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES SIN PERJUICIO DE LOS QUE PUEDAN ESTABLECERSE EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL ANEXO V. O bligaciones del contratista. 1/ Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula. 2/ El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. 3/ El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información. 4/ Del resto de obligaciones derivadas del presente pliego o de la legislación aplicable.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.

  • Instrucciones a los Licitantes Índice de Cláusulas

  • Instrucciones a los Oferentes Índice de Cláusulas

  • ACEPTACION DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • DISPOSICIONES ADICIONALES El Asegurador no asumirá obligación alguna en conexión con prestaciones que no le hayan sido solicitadas o que no hayan sido efectuadas con su acuerdo previo, salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados. Cuando en la prestación de los servicios no fuera posible la intervención directa de ARAG, éste estará obligado a reembolsar al Asegurado los gastos debidamente acreditados que deriven de tales servicios, dentro del plazo máximo de 40 días a partir de la presentación de los mismos. En cualquier caso, el Asegurador se reserva el derecho de solicitar al Asegurado la presentación de documentos o pruebas razonables al objeto de hacer efectivo el pago de la prestación solicitada.

  • CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES DETALLE

  • Definiciones e Interpretaciones A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado: