Common use of INSTALACIÓN DEL SERVICIO Clause in Contracts

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al domicilio del Cliente que procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Cliente.

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Samples: Telecommunications, Telecommunications, Telecommunications

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para El OPERADOR establecerá la prestación conexión al servicio en el plazo de sesenta días naturales desde la firma del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas contrato. El OPERADOR acordará con el CLIENTE la fecha de instalación de los servicios. En el supuesto en que, por causas únicamente imputables al OPERADOR, la instalación del servicio no se realizara una vez pasado el plazo de 60 días desde la firma del contrato, el OPERADOR se compromete a abonar al CLIENTE la cantidad equivalente al importe de la cuota vigente del servicio de Fibra Óptica multiplicada por los meses trascurridos desde la firma del contrato hasta la activación del servicio contratado. En todo caso para el pago de la indemnización será precisa la reclamación escrita por parte del CLIENTE. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del ClienteCLIENTE se realizará razonablemente según las indicaciones del CLIENTE, para lo cual será absolutamente necesario aunque por razones técnicas el desplazamiento OPERADOR se reserva el derecho a determinar en función de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al las mismas la ubicación de los puntos de conexión y el trazado de los cables. El OPERADOR procurará causar las mínimas molestias posibles durante la instalación del servicio y equipo y se compromete a reparar cualquier daño que pudiera ocasionar. El CLIENTE facilitará, en horas hábiles, el acceso a su domicilio del Cliente personal del OPERADOR o de sus empresas colaboradoras, debidamente autorizado e identificado por aquélla, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte del CLIENTE de todas las obligaciones estipuladas en estas condiciones generales, así como para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, localización o reparación de averías, comunicándole las anomalías que procederá observe en el plazo más breve posible.Asimismo facilitará el acceso a fin de retirar, si fuera necesario, el material a la fecha de terminación del contrato y en cuantos casos proceda, legal o contractualmente. El OPERADOR podrá introducir, notificándolo previamente al CLIENTE, cambios en los sistemas, instalaciones y numeración de CLIENTES y los que exija la organización y necesidades del servicio o la conveniencia y condicionamientos técnicos y/o legales y de progreso. En su caso, la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio realizada por el OPERADOR en el domicilio del Cliente y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita CLIENTE tiene una garantía de un técnico a su domicilio para reali- zar año desde la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio activación del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente quedando excluidos de dicha garantía los daños y desperfectos causados por incumplimiento del compromiso hechos ajenos al OPERADOR, por el uso indebido o fuera de permanencia. Una vez realizada lo normal de la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La la manipulaciones, modificaciones o reparaciones de terceros no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención autorizados por el Cliente o por terceros OPERADOR, negligencia, accidentes, inundación, sobretensiones eléctricas, rayos y causas de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Clientefuerza mayor.

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Samples: Condiciones Generales De Servicio, Condiciones Generales De Servicio

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra en la modalidad de par vacante, es necesario que SEROSENSE TELECOM JAZZTEL realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico de Telefónica de España, S.A.U. enviado por SEROSENSE TELECOM JAZZTEL al domicilio del Cliente que Cliente. JAZZTEL procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán comprenderán los siguientes elementos: 1 el Punto roseta telefónica y 10 metros de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONTcableado interno. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM JAZZTEL en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación por parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM JAZZTEL dará derecho a SEROSENSE TELECOM JAZZTEL a resolver el presente Contrato de forma in- mediatainmediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM En el caso de que el Servicio se vaya a prestar sobre numeración portada desde otro operador, la instalación del Servicio no se realizará hasta que la solicitud de portabilidad haya sido correctamente cumplimentada y remitida por el Cliente a JAZZTEL. JAZZTEL adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOMJAZZTEL, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOMJAZZTEL, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM JAZZTEL informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var preservar la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM JAZZTEL pone a su disposición medios para restringir las facili- dades facilidades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Cliente.

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Samples: Telecommunications

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para EUSKALTEL establecerá la prestación conexión al servicio en el plazo de sesenta días naturales desde la firma del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas con- trato. EUSKALTEL acordará con el CLIENTE la fecha de instalación de los servicios. En el supuesto en que, por causas únicamente imputables a EUSKALTEL, la instalación del servicio no se rea- lizara una vez pasado el plazo de 60 días desde la firma del contrato, EUSKALTEL se compromete a abonar al CLIENTE la cantidad equivalente al importe de la cuota vigente del servicio de Fibra Óptica multiplicada por los meses trascurridos desde la firma del contrato hasta la activación del servicio contratado. En todo caso para el pago de la indemnización será precisa la reclamación escrita por parte del CLIENTE. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del ClienteCLIENTE se realizará razonablemente según las indica- ciones del CLIENTE, para lo cual será absolutamente necesario aunque por razones técnicas EUSKALTEL se reserva el desplazamiento derecho a determinar en función de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al las mismas la ubicación de los puntos de conexión y el trazado de los cables. EUSKALTEL procurará causar las mínimas molestias posibles durante la instalación del servicio y equipo y se compromete a reparar cualquier daño que pudiera ocasionar. El CLIENTE facilitará, en horas hábiles, el acceso a su domicilio del Cliente personal de EUSKALTEL o de sus empresas colaboradoras, debidamente autorizado e identificado por aquélla, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte del CLIENTE de todas las obligaciones estipuladas en estas condiciones generales, así como para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, localización o reparación de averías, comunicándole las anomalías que procederá observe en el plazo más breve posible. Asimismo facilitará el acceso a fin de retirar, si fuera necesario, el material a la fecha de terminación del contrato y en cuantos casos proceda, legal o contractualmente. EUSKALTEL podrá introducir, notificándolo previamente al CLIENTE, cambios en los sistemas, instalaciones y numeración de CLIENTES y los que exija la organización y necesidades del servicio o la conveniencia y condicionamientos técnicos y/o legales y de progreso. En su caso, la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio realizada por EUSKALTEL en el domicilio del Cliente y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 el Punto CLIENTE tiene una garantía de Terminación de Red Óptica (PTRO), y tres años desde la instalación y configu- ración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación activación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose quedando excluidos de dicha garantía los daños y desperfectos causados por hechos ajenos a facturar la pe- nalización correspondiente EUSKALTEL, por incumplimiento del compromiso el uso indebido o fuera de permanencia. Una vez realizada lo normal de la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La las manipula- ciones, modificaciones o reparaciones de terceros no aceptación parte del Cliente autorizados por EUSKALTEL, negligencia, accidentes, inundación, sobretensiones eléctricas, rayos y causas de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Clientefuerza mayor.

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Samples: Condiciones Generales De Servicio

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM REDJAM realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento des-plazamiento de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM REDJAM al domicilio del Cliente que procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán comprenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración configuración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM REDJAM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM REDJAM se pondrá en contac- to contacto con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar realizar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOMxx XXXXXX, no resulta posible realizar la instala- ción instalación en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización penalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM REDJAM dará derecho a SEROSENSE TELECOM x XXXXXX a resolver el presente Contrato de forma in- mediatainmediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM REDJAM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOMxx XXXXXX, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOMx XXXXXX, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM REDJAM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var preservar la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM REDJAM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades facilidades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Cliente.

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Samples: Telecommunications

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para El OPERADOR establecerá la prestación conexión al servicio en el plazo de sesenta días naturales desde la firma del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas contrato. El OPERADOR acordará con el CLIENTE la fecha de instalación de los servicios. En el supuesto en que, por causas únicamente imputables al OPERADOR, la instalación del servicio no se rea- lizara una vez pasado el plazo de 60 días desde la firma del contrato, el OPERADOR se compromete a abonar al CLIENTE la cantidad equivalente al importe de la cuota vigente del servicio de Fibra Óptica multiplicada por los meses trascurridos desde la firma del contrato hasta la activación del servicio contratado. En todo caso para el pago de la indemnización será precisa la reclamación escrita por parte del CLIENTE. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del ClienteCLIENTE se realizará razonablemente según las in- dicaciones del CLIENTE, para lo cual será absolutamente necesario aunque por razones técnicas el desplazamiento OPERADOR se reserva el derecho a determinar en función de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al las mismas la ubicación de los puntos de conexión y el trazado de los cables. El OPERADOR procurará causar las mínimas molestias posibles durante la instalación del servicio y equipo y se compromete a reparar cualquier daño que pudiera ocasionar. El CLIENTE facilitará, en horas hábiles, el acceso a su domicilio del Cliente personal del OPERADOR o de sus empresas colaboradoras, debidamente autorizado e identificado por aquélla, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte del CLIENTE de todas las obligaciones estipuladas en estas condiciones generales, así como para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, localización o reparación de averías, comunicándole las anomalías que procederá observe en el plazo más breve posible. Asimismo facilitará el acceso a fin de retirar, si fuera necesario, el material a la fecha de terminación del contrato y en cuantos casos proceda, legal o contractualmente. El OPERADOR podrá introducir, notificándolo previamente al CLIENTE, cambios en los sistemas, instalaciones y numeración de CLIENTES y los que exija la organización y necesidades del ser- vicio o la conveniencia y condicionamientos técnicos y/o legales y de progreso. En su caso, la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio realizada por el OPERADOR en el domicilio del Cliente y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita CLIENTE tiene una garantía de un técnico a su domicilio para reali- zar año desde la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio activación del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente quedando excluidos de dicha garantía los daños y desperfectos causa- dos por incumplimiento del compromiso hechos ajenos al OPERADOR, por el uso indebido o fuera de permanencia. Una vez realizada lo normal de la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La la manipula- ciones, modificaciones o reparaciones de terceros no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención autorizados por el Cliente o por terceros OPERADOR, negligencia, accidentes, inundación, sobretensiones eléctricas, rayos y causas de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Clientefuerza mayor.

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Samples: Condiciones Generales De Servicio

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para EUSKALTEL establecerá la prestación conexión al servicio en el plazo de sesenta días naturales desde la firma del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas con- trato. EUSKALTEL acordará con el CLIENTE la fecha de instalación de los servicios. En el supuesto en que, por causas únicamente imputables a EUSKALTEL, la instalación del servicio no se rea- lizara una vez pasado el plazo de 60 días desde la firma del contrato, EUSKALTEL se compromete a abonar al CLIENTE la cantidad equivalente al importe de la cuota vigente del servicio de Fibra Óptica multiplicada por los meses trascurridos desde la firma del contrato hasta la activación del servicio contratado. En todo caso para el pago de la indemnización será precisa la reclamación escrita por parte del CLIENTE. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del ClienteCLIENTE se realizará razonablemente según las indica- ciones del CLIENTE, para lo cual será absolutamente necesario aunque por razones técnicas EUSKALTEL se reserva el desplazamiento derecho a determinar en función de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al las mismas la ubicación de los puntos de conexión y el trazado de los cables. EUSKALTEL procurará causar las mínimas molestias posibles durante la instalación del servicio y equipo y se compromete a reparar cualquier daño que pudiera ocasionar. El CLIENTE facilitará, en horas hábiles, el acceso a su domicilio del Cliente personal de EUSKALTEL o de sus empresas colaboradoras, debidamente autorizado e identificado por aquélla, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte del CLIENTE de todas las obligaciones estipuladas en estas condiciones generales, así como para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, localización o reparación de averías, comunicándole las anomalías que procederá observe en el plazo más breve posible. Asimismo facilitará el acceso a fin de retirar, si fuera necesario, el material a la fecha de terminación del contrato y en cuantos casos proceda, legal o contractualmente. EUSKALTEL podrá introducir, notificándolo previamente al CLIENTE, cambios en los sistemas, instalaciones y numeración de CLIENTES y los que exija la organización y necesidades del servicio o la conveniencia y condicionamientos técnicos y/o legales y de progreso. En su caso, la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio realizada por EUSKALTEL en el domicilio del Cliente y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita CLIENTE tiene una garantía de un técnico a su domicilio para reali- zar año desde la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio activación del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose quedando excluidos de dicha garantía los daños y desperfectos causados por hechos ajenos a facturar la pe- nalización correspondiente EUSKALTEL, por incumplimiento del compromiso el uso indebido o fuera de permanencia. Una vez realizada lo normal de la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La la manipulaciones, modificaciones o reparaciones de terceros no aceptación parte del Cliente autorizados por EUSKALTEL, negligencia, accidentes, inunda- ción, sobretensiones eléctricas, rayos y causas de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Clientefuerza mayor.

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Samples: Condiciones Generales De Servicio

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra par de cobre en la modalidad de par vacante, es necesario que SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico de Telefónica de España, S.A.U. enviado por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR al domicilio del Cliente. Cuando el Cliente que solicite la prestación del Servicio a través de la modalidad de par vacante sobre par de cobre, EL PROVEEDOR procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán comprenderán los siguientes elementos: 1 el Punto roseta telefónica y 10 metros de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONTcableado interno. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR dará derecho a SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR a resolver el presente Contrato de forma in- mediatainmediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Cliente.teléfono

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Samples: Telecommunications

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico de enviado por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR al domicilio del Cliente que procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán comprenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO)roseta óptica, y la instalación y configu- ración configuración inicial de la ONTlos equipos ONT y Router WiFI Fibra. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR se pondrá en contac- to contacto con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar realizar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, no resulta posible realizar la instala- ción instalación en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización penalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR dará derecho a SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR a resolver el presente Contrato de forma in- mediatainmediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var preservar la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Cliente.medios

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Samples: Telecommunications

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra par de cobre en la modalidad de par vacante, es necesario que SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico de Telefónica de España, S.A.U. enviado por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR al domicilio del Cliente. Cuando el Cliente que solicite la prestación del Servicio a través de la modalidad de par vacante sobre par de cobre, EL PROVEEDOR procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán comprenderán los siguientes elementos: 1 el Punto roseta telefónica y 10 metros de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONTcableado interno. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR dará derecho a SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR a resolver el presente Contrato de forma in- mediatainmediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOMEL PROVEEDOR, quebranten el secreto elsecreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var preservar la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM EL PROVEEDOR pone a su disposición medios para restringir las facili- dades facilidades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Cliente.

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INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para EUSKALTEL establecerá la prestación conexión al servicio en el plazo de sesenta días naturales desde la firma del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas contrato. EUSKALTEL acordará con el CLIENTE la fecha de instalación de los servicios. En el supuesto en que, por causas únicamente imputables a EUSKALTEL, la instalación del servicio no se realizara una vez pasado el plazo de 60 días desde la firma del contrato, EUSKALTEL se com- promete a abonar al CLIENTE la cantidad equivalente al importe de la cuota vigente del servicio de Fibra Óptica multiplicada por los meses trascurridos desde la firma del contrato hasta la activación del servicio contratado. En todo caso para el pago de la indemnización será precisa la reclamación escrita por parte del CLIENTE. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del ClienteCLIENTE se realizará razonablemente según las indicaciones del CLIENTE, para lo cual será absolutamente necesario aunque por razones técnicas EUSKALTEL se reserva el desplazamiento derecho a deter- minar en función de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al las mismas la ubicación de los puntos de conexión y el trazado de los cables. EUSKALTEL procurará causar las mínimas molestias posibles durante la instalación del servicio y equipo y se compromete a reparar cualquier daño que pudiera ocasionar. El CLIENTE facilitará, en horas hábiles, el acceso a su domicilio del Cliente personal de EUSKALTEL o de sus empresas colaboradoras, debidamente autorizado e identificado por aquélla, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte del CLIENTE de todas las obligaciones estipuladas en estas condi- ciones generales, así como para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, localización o reparación de averías, comunicándole las anomalías que procederá observe en el plazo más breve posible. Asimismo facilitará el acceso a fin de retirar, si fuera necesario, el material a la fecha de terminación del contrato y en cuantos casos proceda, legal o contractualmente. EUSKALTEL podrá introducir, notificándolo previamente al CLIENTE, cambios en los sistemas, instalaciones y nume- ración de CLIENTES y los que exija la organización y necesidades del servicio o la conveniencia y condicionamientos técnicos y/o legales y de progreso. En su caso, la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio realizada por EUSKALTEL en el domicilio del Cliente CLIENTE tiene una garantía de un año desde la activación del servicio, quedando excluidos de dicha garantía los daños y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 desperfec- tos causados por hechos ajenos a EUSKALTEL, por el Punto uso indebido o fuera de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial lo normal de la ONT. El precio insta- lación, la manipulaciones, modificaciones o reparaciones de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación terceros no autorizados por EUSKALTEL, negligencia, accidentes, inundación, sobretensiones eléctricas, rayos y causas de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de usuarios y con el fin de preser- var la identidad de sus Clientes, SEROSENSE TELECOM pone a su disposición medios para restringir las facili- dades de identificación de línea llamante y de línea conectada. El Cliente podrá disponer de dicha información en el manual de usuario y en el Servicio de Atención al Clientefuerza mayor.

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