INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA INVITACIÓN. En los presentes términos de referencia primará lo sustancial sobre lo formal, garantizando la vigencia de los principios que rigen la función pública (art. 209 de la C.P.) y en especial la contratación estatal: Transparencia, Economía, Responsabilidad y Selección Objetiva. Con la presentación de la oferta el proponente manifiesta que estudió los términos de referencia y todos los documentos de la selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en estos términos de referencia serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la Corporación no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente invitación, no se considerarán como fundamento válido de futuras reclamaciones. El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en estos términos de referencia y anexar la documentación exigida. Igualmente deberá tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones técnicas, económicas y/o financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta.
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Samples: Advertising Agency Selection Agreement, Prestación De Servicios Profesionales
INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA INVITACIÓN. En los presentes términos de referencia la presente invitación primará lo sustancial sobre lo formal, garantizando la vigencia de los principios que rigen la función pública Función Pública (art. art 209 de la C.P.C.N.) y en especial la contratación estatalContratación Estatal: Transparencia, Economía, Responsabilidad y Selección Objetiva. Con la presentación de la oferta oferta, el proponente manifiesta que estudió los términos de referencia la invitación y todos los documentos de la selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajosdel contrato, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta propuesta de manera libre, seria, precisa y coherente. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en estos términos de referencia ésta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la Corporación Institución Educativa Xxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx del Municipio de Sabaneta, Antioquia, no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho que el proponente no se informe y documente documento debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos será ejecutado el contrato objeto de la presente invitaciónInvitación, no se considerarán como fundamento válido de futuras reclamaciones. El oferente proponente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en estos términos de referencia esta Invitación Pública y anexar la documentación exigida. Igualmente Igualmente, deberá tener en cuenta el objeto a contratar, los precios, plazos, especificaciones técnicas, económicas y/o financieras, condiciones de ejecución del contrato y demás elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecución del contrato y sobre el valor de su oferta.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión