Common use of Jornada Clause in Contracts

Jornada. 1. La duración de la jornada ordinaria de trabajo será de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, que se corresponderá, en general, con 40 horas ordinarias de trabajo efectivo a la semana, tanto en horario partido como continuado. La distribución de la jornada se realizará, exclusivamente, en cómputo semanal, no siendo posible distribuir tal jornada en periodos de cómputos superiores a éste, sin perjuicio de lo que se establecerá más adelante en materia de distribución irregular de jornada en el apartado 8.

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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería

Jornada. 1. La duración de la jornada ordinaria de trabajo efectivo será de 1.800 mil setecientas once (1.711) horas anuales de trabajo efectivoen cómputo anual. La jornada semanal será, que se corresponderá, en con ca- rácter general, con 40 horas ordinarias de 37,5 horas, distribuidas de lunes a viernes, salvo que no lo permita la organización del trabajo efectivo a la semana, tanto en horario partido como continuado. La distribución de la jornada se realizará, exclusivamente, en cómputo semanal, no siendo posible distribuir tal jornada en periodos de cómputos superiores a éste, sin perjuicio de lo que se establecerá más adelante en materia de distribución irregular de jornada en el apartado 8cada centro.

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Samples: www2.fe.ccoo.es, ccoomadrid.com

Jornada. 1. La duración de la jornada ordinaria de trabajo será de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, que se corresponderá, en general, con 40 horas ordinarias de trabajo efectivo a la semana, tanto en horario hora- rio partido como continuado. La distribución de la jornada se realizará, exclusivamente, en cómputo cóm- puto semanal, no siendo posible distribuir tal jornada en periodos de cómputos superiores a éste, sin perjuicio de lo que se establecerá más adelante en materia de distribución irregular de jornada en el apartado 8este.

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Samples: malaga.cnt.es

Jornada. 1. La duración de la jornada ordinaria de trabajo será de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, que se corresponderá, en general, con 40 horas ordinarias de trabajo efectivo a la semanasema- na, tanto en horario partido como continuado. La distribución de la jornada se realizará, exclusivamente, en cómputo semanal, no siendo posible distribuir tal jornada en periodos de cómputos superiores a éste, sin perjuicio de lo que se establecerá más adelante en materia de distribución irregular de jornada en el apartado 8.. CVE: 20180823-05720-2018 - verificable en xxx.xxxxxxxxx.xx/xxx.xxx

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Jornada. 1La jornada ordinaria será de 1.800 horas de trabajo efectivo en cómputo anual. La duración de la jornada ordinaria de trabajo en la Empresa será de 1.800 horas anuales de trabajo efectivo, que se corresponderá, en general, con 40 horas ordinarias semanales de trabajo efectivo a la semanaen promedio anual, tanto en horario partido como continuadoprestadas de lunes x xxxxxxx. La distribución jornada máxima ordinaria será de 9 horas diarias. Entre el final de una jornada y el principio de la jornada se realizarásiguiente mediarán, exclusivamentecomo mínimo, en cómputo doce horas. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, no siendo posible distribuir tal jornada en periodos acumulable por períodos de cómputos superiores a éstehasta 14 días, sin perjuicio de dos días ininterrumpidos. Como regla general, y siempre que la organización de la Empresa lo permita, se procurará que se establecerá más adelante en materia de distribución irregular de jornada en coincidan con el apartado 8sábado y el domingo.

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Samples: www.carm.es