Common use of Lactancia Clause in Contracts

Lactancia. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumu- larlo en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que am- bos trabajen.

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Sources: Convenio Colectivo Del Sector De Profesionales De La Danza, Circo, Variedades Y Folklore

Lactancia. Las trabajadorasEn los supuestos de nacimiento de hijo, por adopción, acogi- miento o guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artí- culo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, para la lactancia de un hijo del menor de has- ta que este cumpla nueve meses, tendrán la trabajadora tendrá el derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumu- larlo en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. No obstante ésta podrá sustituir este derecho por una reducción de su jorna- da en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas con el límite de 14 días laborables. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente indis- tintamente por la madre o el padre en caso de que am- bos ambos trabajen.

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Sources: Convenio Colectivo Estatal Para Las Industrias De Elaboración Del Arroz

Lactancia. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sus- tituir sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumu- larlo acumularlo en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que am- bos ambos trabajen.

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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo

Lactancia. Las trabajadorasLos trabajadores, hombres o mujeres, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del puesto de trabajo, que podrá dividir en dos fraccionesfracciones de media hora. La mujerDel mismo modo, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho podrá sustituirse por una reducción de su jornada en media una hora con la misma finalidad finalidad, o acumu- larlo acumularse en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes 15 días naturales a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración disfrutar inmediatamente después del usufructo del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Este por maternidad; este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre o en el padre caso de que ambos trabajen. Todo ello en los términos previstos en el artículo 37.4 del ET. El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de que am- bos trabajenparto o adopción o acogimiento múltiple.

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Sources: Convenio Colectivo

Lactancia. Las trabajadorasLos trabajadores, hombres o mujeres, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del puesto de trabajo, que podrá dividir en dos fraccionesfracciones de media hora. La mujerDel mismo modo, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho podrá sustituirse por una reducción de su jornada en media una hora con la misma finalidad finalidad, o acumu- larlo acumularse en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes 15 días naturales a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración disfrutar inmediatamente después del usufructo del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Este por maternidad; este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre o en el padre caso de que ambos trabajen. Todo ello en los términos previstos en el artículo 37.4 del ET. El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de que am- bos trabajenparto o adopción o acogimiento múltiples.

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Sources: Iii Convenio Colectivo Marco Estatal Del Sector Ocio Educativo Y Animación Sociocultural

Lactancia. Las trabajadoras, personas por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá podrán dividir en dos fracciones. La mujerduración del permiso se incrementará proporcio- nalmente en los casos de parto múltiple. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumu- larlo acumular la hora de ausencia diaria en jornadas completas pudiendo acumular en los tér- minos previstos en el total de horas correspondientes acuerdo a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde llegue con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltipleempresario. Este permiso sólo podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso uno de los progenitoresen elcaso de que am- bos ambos trabajen.

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Sources: Convenio Laboral

Lactancia. Las trabajadorasLa empleada, por lactancia de un hijo menor de nueve 9 meses, tendrán tendrá derecho a una hora por jornada laboral, de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho por una reducción correspondiendo al trabajador la elección y designación del momento u horario para el disfrute de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumu- larlo en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltipletal permiso. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en el caso de que am- bos ambos trabajen. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de una hora en la jornada laboral, la cual se podrá aplicar al inicio o final de la jornada. Asimismo, la empleada que, por razones personales, lo solicite podrá optar por acumular las horas de lactancia, calculándolos en días, al permiso por maternidad, a fin de disfrutarlo a continuación del mismo.

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Sources: Convenio Colectivo

Lactancia. Las trabajadoras, trabajadoras por lactancia de un hijo niño menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del puesto de trabajo, que podrá dividir en dos fraccionesfracciones de media hora. La mujerDel mismo modo, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho podrá sustituirse por una reducción de su jornada en media una hora con la misma finalidad finalidad, o acumu- larlo acumularse en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes 15 días naturales a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración disfrutar inmediatamente después del usufructo del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiplepor maternidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre o en el padre caso de que ambos trabajen. El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de que am- bos trabajenparto o adopción o acogimiento múltiple.

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Sources: Convenio Colectivo

Lactancia. Las trabajadorasLos trabajadores, hombres o mujeres, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del puesto de trabajo, que podrá dividir en dos fraccionesfracciones de media hora. La mujerDel mismo modo, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho podrá sustituirse por una reducción de su jornada en media una hora con la misma finalidad finalidad, o acumu- larlo acumularse en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes 15 días naturales a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración disfrutar inmediatamente después del disfrute del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Este por maternidad; este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre o en el padre caso de que ambos trabajen. Todo ello en los términos previstos en el artículo 37.4 del ET. El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de que am- bos trabajenparto o adopción o acogimiento múltiple. Se estará a lo establecido en la normativa vigente en cada momento.

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Sources: Convenio Colectivo Del Sector De Ocio Educativo Y Animación Sociocultural

Lactancia. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve doce meses, tendrán tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo, trabajo que podrá podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sus- tituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumu- larlo en jornadas completas pudiendo acumular el total de horas correspondientes a este permiso para ser disfrutadas de forma ininterrumpida durante tres semanas a continuación de la suspensión por maternidad o la que se acuerde con el empresario respetando, en su caso, la prevista en este Convenio. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este de- recho por una reducción de media hora de la jornada laboral, o acumularlo en jornadas completas. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre padre, en caso de que am- bos ambos trabajen.

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Sources: Convenio Colectivo