leves. Se considerarán faltas leves las siguientes: 1. Una falta de puntualidad sin justificación en el período de un mes. 2. No notificar con carácter previo o, en su caso, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la falta, salvo caso de fuerza mayor, la razón de la ausencia al trabajo. 3. El abandono del servicio sin causa justificada, aún por breve tiempo. 4. pequeños descuidos en la conservación del material. 5. Falta de aseo o limpieza personal. 6. no comunicar a la empresa los cambios de residencia o domicilio.
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leves. Se se considerarán faltas leves las siguientes:
1. Una falta de puntualidad sin justificación en el período de un mes.
2. No notificar con carácter previo o, en su caso, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la falta, salvo caso de fuerza mayor, la razón de la ausencia al trabajo.
3. El abandono del servicio sin causa justificada, aún por breve tiempo.
4. pequeños descuidos en la conservación del material.
5. Falta de aseo o limpieza personal.
6. no comunicar a la empresa los cambios de residencia o domicilio.
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leves. Se se considerarán faltas leves las siguientes:
1. Una falta a) De una a tres faltas de puntualidad sin justificación en el período de un mes.
2. b) No notificar con carácter previo o, en su caso, dentro de las veinticuatro 24 horas siguientes a la falta, salvo caso de fuerza mayor, la razón de la ausencia al trabajo, a no ser que se pruebe la imposibilidad de haberlo hecho.
3. c) El abandono del servicio sin causa justificada, aún por breve tiempo.
4. pequeños descuidos d) el descuido en la conservación del materialo mantenimiento de las instalaciones, materiales, productos y equipos de trabajo.
5. e) Falta de aseo o limpieza personal.
6. no comunicar a la empresa los cambios de residencia o domicilio.
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leves. Se se considerarán faltas leves las siguientes:
1. Una falta a) De una a tres faltas de puntualidad sin justificación en el período de un mes.
2. b) No notificar con carácter previo o, en su caso, dentro de las veinticuatro 24 horas siguientes a la falta, salvo caso de fuerza mayor, la razón de la ausencia al trabajo, a no ser que se pruebe la imposibilidad de haberlo hecho.
3. c) El abandono del servicio sin causa justificada, aún aun por breve tiempo.
4. pequeños descuidos d) el descuido en la conservación del materialo mantenimiento de las instalaciones, materiales, productos y equipos de trabajo.
5. e) Falta de aseo o limpieza personal.
6. no comunicar a la empresa los cambios de residencia o domicilio.
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