LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO. En toda prestación en la que conforme a lo prescripto en el PCP y los programas de trabajos corresponda la Certificación mensual de avance se procederá conforme a lo que se indica a continuación: Al final de cada mes calendario, el Contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección de Obra, efectuará la medición ajustándose a las normas que establezca el PCP. Conformada la mensura por la IO, el Contratista preparará, de acuerdo con ella, los Certificados, ajustándose también para ello a lo estipulado en el PCP y a las indicaciones complementarias que pudiera haber formulado la Inspección de Obra. Cada Certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la prestación hasta la fecha del Certificado o hasta el hito especificado en el PCP y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del Certificado del mes anterior. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para pagos a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente. Las formalidades y detalles de los certificados se ajustarán a lo establecido en el PCP. En caso de desacuerdo en relación con la medición, se extenderá el Certificado con los resultados obtenidos por la Inspección de Obra, haciéndose a posteriori, si correspondiera, la rectificación pertinente, o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
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Samples: Contract for Works, Reglamento De Compras Y Contrataciones
LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO. En toda prestación en la que conforme a lo prescripto en el PCP y los programas de trabajos corresponda la Certificación mensual de avance se procederá conforme a lo que se indica a continuación: Al final de cada mes calendario, el Contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección de Obra, efectuará la medición ajustándose a las normas que establezca el PCP. Conformada la mensura por la IO, el Contratista preparará, de acuerdo con ella, los Certificados, ajustándose también para ello a lo estipulado en el PCP y a las indicaciones complementarias que pudiera haber formulado la Inspección de Obra. Cada Certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la prestación hasta la fecha del Certificado o hasta el hito especificado en el PCP y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del Certificado del mes anterior. Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para pagos a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente. Las formalidades y detalles de los certificados se ajustarán a lo establecido en el PCP. En caso de desacuerdo en relación con la medición, se extenderá el Certificado con los resultados obtenidos por la Inspección de Obra, haciéndose a posteriori, si correspondierasicorrespondiera, la rectificación pertinente, o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
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Samples: Contract for Works, Contract for Works