Movilidad entre centros de trabajo. 1. En los supuestos de reducción de actividad o reestructuraciones administrativas efectuadas por la Administración, ésta podrá modificar la ubicación de los puestos de trabajo dentro de la misma localidad, la cual comportará la mov- ilidad del personal que ocupa los puestos afectados, respetándose, en todo caso, sus condiciones de trabajo. 2. Asimismo, por necesidades del servicio y con carácter temporal, por un período no superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, la Administración podrá acordar la movilidad de un trabajador o trabajadora sin cambio de funciones a otro centro de trabajo en su misma localidad. 3. En los casos de movilidad entre centros de trabajo se cursará comunicación a la representación legal del personal laboral.
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Movilidad entre centros de trabajo. 1. En los supuestos de reducción de actividad o reestructuraciones administrativas efectuadas por la Administración, ésta podrá modificar la ubicación de los puestos de trabajo dentro de la misma localidad, la cual comportará la mov- ilidad movilidad del personal que ocupa los puestos afectados, respetándose, en todo caso, sus condiciones de trabajo.. a comunicación á
2. Asimismo, por necesidades del servicio y con carácter temporal, por un período no superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, la Administración podrá acordar la movilidad de un trabajador o trabajadora sin cambio de funciones a otro centro de trabajo en su misma localidad.. dad entr
3. En los casos de movilidad entre centros de trabajo se cursará comunicación a la representación movili legal del personal laboral.. e cent la representación ajo se cursar ab ros de tr
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Samples: Convenio Colectivo
Movilidad entre centros de trabajo. 1. En los supuestos de reducción de actividad o reestructuraciones administrativas efectuadas por la Administración, ésta podrá modificar la ubicación de los puestos de trabajo dentro de la misma localidad, la cual comportará la mov- ilidad movilidad del personal que ocupa los puestos afectados, respetándose, en todo caso, sus condiciones de trabajo.
2. Asimismo, por necesidades del servicio y con carácter temporal, por un período no superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, la Administración podrá acordar la movilidad de un trabajador o trabajadora sin cambio de funciones a otro centro de trabajo en su misma localidad.
3. En los casos de movilidad entre centros de trabajo se cursará comunicación a la representación legal del personal laboral.
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Movilidad entre centros de trabajo. 1. En los supuestos de reducción de actividad o reestructuraciones administrativas efectuadas por la AdministraciónAd- ministración, ésta podrá modificar la ubicación de los puestos de trabajo dentro de la misma localidad, la cual comportará la mov- ilidad movilidad del personal que ocupa los puestos afectados, respetándose, en todo caso, sus condiciones de trabajo.
2. Asimismo, por necesidades del servicio y con carácter temporal, por un período no superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, la Administración podrá acordar la movilidad de un trabajador o trabajadora sin cambio de funciones a otro centro de trabajo en su misma localidad.
3. En los casos de movilidad entre centros de trabajo se cursará comunicación a la representación legal del personal laboral.
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