NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA Cláusulas de Ejemplo

NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA. 1 . Llevar un registro continuo e informatizado de las tensiones de salida de todas las barras, en todas las subestaciones de distribución. . Efectuar mensualmente un registro informatizado de la tensión en las barras de salida de por lo menos el 3% de los centros de transformación, durante un período no inferior a 7 días corridos.
NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA. 1 Las variaciones porcentuales de la tensión admitidas en esta etapa, con respecto al valor nominal, son las siguientes: AT -7,0% +7,0% Alimentación AEREA (MT o BT) -10,0% +10,0% Alimentación SUBTERRÁNEA (MT o BT) -7,0% +7,0% Rural -13,0% +13,0% Son obligaciones de la DISTRIBUIDORA en esta etapa:
NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA. 2 Las variaciones porcentuales de la tensión admitidas en esta etapa, medida en los puntos de suministro, con respecto al valor nominal, son las siguientes: AT -5,0% +5,0% Alimentación AEREA (MT o BT) -8,0% +8,0% Alimentación SUBTERRÁNEA (MT o BT) -5,0% +5,0% Rural -10,0% +10,0% Los niveles de tensión se determinarán al nivel de suministro mediante campañas de medición, que permitirán adquirir y procesar información sobre curvas de carga y nivel de la tensión en suministros, en distintos puntos de la red. Será implementada por la DISTRIBUIDORA, la que además procesará la información adquirida, con las directivas y la supervisión del ENTE. Se considerará que la DISTRIBUIDORA queda sujeta a la aplicación de sanciones si se verifica el incumplimiento de los niveles mencionados por responsabilidad de la misma, durante un tiempo superior al 3% del período en el que se efectúe la medición. Este período será como mínimo una semana. Las sanciones se aplicarán en la forma de bonificaciones en la facturación de cada usuario afectado por la mala calidad de la tensión. Para determinar las sanciones se calculará la energía suministrada con niveles de tensión por fuera de los rangos permitidos, y se la valorizará de acuerdo a la tabla adjunta. Para conocer la energía suministrada en malas condiciones de calidad, se deberá medir, simultáneamente con la tensión, la potencia del consumo. Tabla para la valorización de la energía suministrada en malas condiciones de calidad, en la etapa 2: MT, BT (alim. subterr.) y AT entre - (+) 5,0 % y - (+) 6,0 % : 0,013 U$S/kWh entre - (+) 6,0 % y - (+) 7,0 % : 0,026 U$S/kWh entre - (+) 7,0 % y - (+) 8,0 % : 0,039 U$S/kWh entre - (+) 8,0 % y - (+) 9,0 % : 0,052 U$S/kWh entre - (+) 9,0 % y - (+) 10,0 % : 0,070 U$S/kWh entre - (+) 10,0 % y - (+) 11,0 % : 0,086 U$S/kWh entre - (+) 11,0 % y - (+) 12,0 % : 0,100 U$S/kWh entre - (+) 12,0 % y - (+) 13,0 % : 0,300 U$S/kWh entre - (+) 13,0 % y - (+) 14,0 % : 0,700 U$S/kWh entre - (+) 14,0 % y - (+) 15,0 % : 1,100 U$S/kWh entre - (+) 15,0 % y - (+) 16,0 % : 1,400 U$S/kWh entre - (+) 16,0 % y - (+) 18,0 % : 1,800 U$S/kWh más de - (+) 18,0 % : 2,000 U$S/kWh MT y BT (alim. aérea) entre - (+) 8,0 % y - (+) 9,0 % : 0,015 U$S/kWh entre - (+) 9,0 % y - (+) 10,0 % : 0,030 U$S/kWh entre - (+) 10,0 % y - (+) 11,0 % : 0,050 U$S/kWh entre - (+) 11,0 % y - (+) 12,0 % : 0,085 U$S/kWh entre - (+) 12,0 % y - (+) 13,0 % : 0,100 U$S/kWh entre - (+) 13,0 % y - (+) 14,0 % : 0,300 U$S/kWh entre - (+) 14,0 % y - (+) 15...

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