NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA Cláusulas de Ejemplo

NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA. 2 Las variaciones porcentuales de la tensión admitidas en esta etapa, medida en los puntos de suministro, con respecto al valor nominal, son las siguientes: AT -5,0% +5,0% Alimentación AEREA (MT o BT) -8,0% +8,0% Alimentación SUBTERRÁNEA (MT o BT) -5,0% +5,0% Rural -10,0% +10,0% Los niveles de tensión se determinarán al nivel de suministro mediante campañas de medición, que permitirán adquirir y procesar información sobre curvas de carga y nivel de la tensión en suministros, en distintos puntos de la red. Será implementada por la DISTRIBUIDORA, la que además procesará la información adquirida, con las directivas y la supervisión del ENTE. Se considerará que la DISTRIBUIDORA queda sujeta a la aplicación de sanciones si se verifica el incumplimiento de los niveles mencionados por responsabilidad de la misma, durante un tiempo superior al 3% del período en el que se efectúe la medición. Este período será como mínimo una semana. Las sanciones se aplicarán en la forma de bonificaciones en la facturación de cada usuario afectado por la mala calidad de la tensión. Para determinar las sanciones se calculará la energía suministrada con niveles de tensión por fuera de los rangos permitidos, y se la valorizará de acuerdo a la tabla adjunta. Para conocer la energía suministrada en malas condiciones de calidad, se deberá medir, simultáneamente con la tensión, la potencia del consumo. Tabla para la valorización de la energía suministrada en malas condiciones de calidad, en la etapa 2: MT, BT (alim. subterr.) y AT entre - (+) 5,0 % y - (+) 6,0 % : 0,013 U$S/kWh entre - (+) 6,0 % y - (+) 7,0 % : 0,026 U$S/kWh entre - (+) 7,0 % y - (+) 8,0 % : 0,039 U$S/kWh entre - (+) 8,0 % y - (+) 9,0 % : 0,052 U$S/kWh entre - (+) 9,0 % y - (+) 10,0 % : 0,070 U$S/kWh entre - (+) 10,0 % y - (+) 11,0 % : 0,086 U$S/kWh entre - (+) 11,0 % y - (+) 12,0 % : 0,100 U$S/kWh entre - (+) 12,0 % y - (+) 13,0 % : 0,300 U$S/kWh entre - (+) 13,0 % y - (+) 14,0 % : 0,700 U$S/kWh entre - (+) 14,0 % y - (+) 15,0 % : 1,100 U$S/kWh entre - (+) 15,0 % y - (+) 16,0 % : 1,400 U$S/kWh entre - (+) 16,0 % y - (+) 18,0 % : 1,800 U$S/kWh más de - (+) 18,0 % : 2,000 U$S/kWh MT y BT (alim. aérea) entre - (+) 8,0 % y - (+) 9,0 % : 0,015 U$S/kWh entre - (+) 9,0 % y - (+) 10,0 % : 0,030 U$S/kWh entre - (+) 10,0 % y - (+) 11,0 % : 0,050 U$S/kWh entre - (+) 11,0 % y - (+) 12,0 % : 0,085 U$S/kWh entre - (+) 12,0 % y - (+) 13,0 % : 0,100 U$S/kWh entre - (+) 13,0 % y - (+) 14,0 % : 0,300 U$S/kWh entre - (+) 14,0 % y - (+) 15...
NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA. 1 Las variaciones porcentuales de la tensión admitidas en esta etapa, con respecto al valor nominal, son las siguientes: AT -7,0% +7,0% Alimentación AEREA (MT o BT) -10,0% +10,0% Alimentación SUBTERRÁNEA (MT o BT) -7,0% +7,0% Rural -13,0% +13,0% Son obligaciones de la DISTRIBUIDORA en esta etapa:
NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA. 1 . Llevar un registro continuo e informatizado de las tensiones de salida de todas las barras, en todas las subestaciones de distribución. . Efectuar mensualmente un registro informatizado de la tensión en las barras de salida de por lo menos el 3% de los centros de transformación, durante un período no inferior a 7 días corridos.

Related to NIVELES DE TENSION EN LA ETAPA

  • Construcción de las Obras por el Contratista 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.

  • VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El valor del contrato es de xxxxxxxxxxxxx y todos los tributos que se generen con ocasión a la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Parágrafo 1. Forma de Pago. La UNIVERSIDAD pagará al CONTRATISTA un anticipo del 25% del valor total del contrato una vez se hayan realizado todos los tramites de legalización del contrato y se hayan presentado la correspondiente cuenta, el 75% restante del valor del contrato mediante la presentación de actas parciales de obra, refrendadas por el Contratista y el Interventor, avalada por el Supervisor y el comité técnico del CONVENIO MARCO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN No. 202002852, anexando el seguimiento al Programa de Inversiones del correspondiente mes. Cada pago debe estar precedido de recibido a satisfacción expedido por el interventor del contrato y avalado por el supervisor del mismo, el cual debe incluir: memorias de cálculo, registro fotográfico, bitácora, resultados de laboratorio realizados (si se requirieron), informe de gestión social y planos. La UNIVERSIDAD, pagará al contratista, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de presentación de la factura y/o cuenta de cobro en debida forma. Adicionalmente, deberá acreditar cada vez que solicite el pago, que se encuentra al día con los pagos al Sistema Integral de Seguridad Social y aportes parafiscales del personal vinculado laboralmente con el CONTRATISTA. La acreditación de estos aportes se requerirá para la realización de cada pago derivado del presente contrato. Las cantidades de obra y valores consignados en las respectivas Actas de obra son de responsabilidad exclusiva del Interventor y del Contratista. Como requisito para la presentación de la última Acta de obra, se debe anexar el Acta de entrega y recibo definitivo de obra, debidamente firmada por los participantes. Parágrafo 2. Modificación del valor del contrato. Las partes, podrán modificar el valor del contrato sujetándose a las disposiciones establecidas en el Estatuto de Contratación de la Universidad del Atlántico aprobado mediante Acuerdo Superior No 000006 del 6 de octubre de 2009..

  • PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

  • Terminación de las Obras en la fecha prevista 17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación.

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.

  • Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.

  • CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO ETAPAS DEL PROCESO CRONOGRAMA ÁREA RESPONSABLE

  • DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Si el contenido de la Póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la Póliza. Transcurrido este plazo, se considerarán aceptadas las estipulaciones de la Póliza o de sus modificaciones.

  • Extensión de la cobertura 1. La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará a las mismas personas y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguro a efectos de la cobertura de los riesgos ordinarios. 2. En las pólizas de seguro de vida que de acuerdo con lo previsto en el contrato, y de conformidad con la normativa reguladora de los seguros privados, generen provisión matemática, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se referirá al capital en riesgo para cada asegurado, es decir, a la diferencia entre la suma asegurada y la provisión matemática que la entidad aseguradora que la hubiera emitido deba tener constituida. El importe correspondiente a la provisión matemática será satisfecho por la mencionada entidad aseguradora.

  • MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El monto establecido para ejecutar la obra objeto del presente contrato, es valioso por la cantidad de: $1´683,230.40 (UN MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA PESOS 40/100 M.N. incluye el impuesto al valor agregado, con cargo a la partida municipal, aprobada mediante el convenio para el otorgamiento de subsidios, traslado, aplicación, destino, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio de los recursos económicos que celebran por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, para la ejecución de la Obra Pública contemplado en las reglas de operación de recursos federales del “FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO FINANCIERO PARA LA INVERSIÓN 2017 CONVENIO F” con cargo al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas del Presupuesto de Egresos de la Federación Ejercicio Fiscal 2017; aprobado mediante Sesión Extraordinaria del Comité Dictaminador de Obra Pública del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco, celebrada el día 22 veintidós de Diciembre del año 2017 dos mil diecisiete y de conformidad con la Sesión Pública Extraordinaria de Ayuntamiento número 53 cincuenta y uno de fecha 22 veintidós de Diciembre del año 2017 dos mil diecisiete, en el punto A) El importe comprende todos los gastos de “EL CONTRATISTA” por concepto de materiales, equipo, herramientas, transporte de materiales, mano de obra, limpieza de obra, dirección, administración, impuestos, materias primas, seguros y en general todos los gastos directos e indirectos necesarios y suficientes para cumplir con todas y cada una de las obligaciones que asume en el presente contrato, así como su utilidad.