Common use of Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación Clause in Contracts

Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación. Si así está previsto en el apartado P del Cuadro–Resumen, el contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que establece el artículo 210 de la Ley de Contratos del Sector Público. El porcentaje máximo que se puede subcontratar será el fijado en el apartado P, en caso de no fijarse ninguno, el mismo no podrá exceder del 60% del importe de adjudicación. El Órgano de contratación si así se indica en el mismo apartado P podrá imponer al contratista la subcontratación de determinadas partes de la prestación de acuerdo con lo previsto en el artículo 210.7 de la Ley de Contratos del Sector Público. En este supuesto el licitador aportará la documentación que se especifica en la cláusula 9 del sobre nº uno. Asimismo, el Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratista (artículo 210.2x Xxx de Contratos del Sector Público). En ese caso el licitador deberá incluir la declaración que se especifica en la cláusula 10 del sobre nº uno. La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 210 y 211 de la Ley de Contratos del Sector Público, así como al régimen de prohibiciones para contratar establecido en la ley.

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Samples: www.bajocinca.es

Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación. Si así está previsto en el apartado P 11 del Cuadro–Cuadro – Resumen, el contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que establece el artículo 210 de la Ley de Contratos del Sector Público. El porcentaje máximo que se puede subcontratar será el fijado en el apartado P11, en caso de no fijarse ninguno, el mismo no podrá exceder del 60% del importe de adjudicación. El Órgano de contratación si así se indica en el mismo apartado P 11 podrá imponer al contratista la subcontratación de determinadas partes de la prestación de acuerdo con lo previsto en el artículo 210.7 de la Ley de Contratos del Sector Público. En este supuesto el licitador aportará la documentación que se especifica en el apartado 9 de la cláusula 9 del sobre nº unodocumentación administrativa de su solicitud de participación. Asimismo, Asimismo el Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratista (artículo Artículo 210.2x Xxx de Contratos del Sector Público). En ese caso el licitador deberá incluir la declaración que se especifica en apartado 10 de la cláusula 10 del sobre nº unodocumentación administrativa de su solicitud de participación. La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 210 y 211 de la Ley de Contratos del Sector Público, así como al régimen de prohibiciones para contratar establecido en la ley.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Cuadro Resumen

Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación. Si así está previsto en el apartado P 12 del Cuadro–Cuadro – Resumen, el contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que establece el artículo 210 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP. El porcentaje máximo que se puede subcontratar será el fijado en el apartado P12, en caso de no fijarse ninguno, el mismo no podrá exceder del 60% del importe de adjudicación. El Órgano de contratación contratación, si así se indica en el mismo apartado P 12, podrá imponer al contratista la subcontratación de determinadas partes de la prestación de acuerdo con lo previsto en el artículo 210.7 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP. En este supuesto el licitador aportará la documentación que se especifica en la cláusula 9 del 2.2.4.1, punto 8º ( sobre nº unoUNO). Asimismo, Asimismo el Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratista (artículo 210.2x Xxx de Contratos del Sector PúblicoArtículo 210.2.a LCSP). En ese caso el licitador deberá incluir la declaración que se especifica en la cláusula 10 del 2.2.4.1, punto 9º ( sobre nº uno. UNO).. La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 210 y 211 de la Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, así como al régimen de prohibiciones para contratar establecido en la ley. El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Cuadro Resumen

Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación. Si así está previsto en el apartado P O del Cuadro–Cuadro – Resumen, el contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que establece el artículo 210 de la Ley de Contratos del Sector Público. El porcentaje máximo que se puede subcontratar será el fijado en el apartado PO, en caso de no fijarse ninguno, el mismo no podrá exceder del 60% del importe de adjudicación. El Órgano de contratación si así se indica en el mismo apartado P O podrá imponer al contratista la subcontratación de determinadas partes de la prestación de acuerdo con lo previsto en el artículo 210.7 de la Ley de Contratos del Sector Público. En este supuesto el licitador aportará la documentación que se especifica en la cláusula 9 del sobre nº uno. Asimismo, Asimismo el Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratista (artículo 210.2x Xxx Artículo 210.2ª) Ley de Contratos del Sector Público). En ese caso el licitador deberá incluir la declaración que se especifica en la cláusula 10 días del sobre nº uno. La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 210 y 211 de la Ley de Contratos del Sector Público, así como al régimen de prohibiciones para contratar establecido en la ley.

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Samples: Contrato De Obras