EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
Evaluación Oferta Económica El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado. Sección IV Adjudicación
Ámbito territorial Este Convenio Colectivo será de aplicación en todo el territorio del Estado español.
AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, excepto Baleares, Ca- narias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.
Circulares El Comité de Compras y Contrataciones podrá emitir Circulares de oficio o para dar respuesta a las Consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido del presente Pliego de Condiciones, formularios, otras Circulares o anexos. Las Circulares se harán de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes. Dichas circulares deberán ser emitidas solo con las preguntas y las respuestas, sin identificar quien consultó, en un plazo no más allá de la fecha que signifique el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del plazo previsto para la presentación de las Ofertas y deberán ser notificadas a todos los Oferentes que hayan adquirido el Pliego de Condiciones Específicas y publicadas en el portal institucional y en el administrado por el Órgano Rector.
SUPERVISIÓN La supervisión del Convenio será ejercida por parte del Jefe de Misión o un delegado de la LA ASOCIACIÒN SOCIO-CULTURAL Y DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO POR COLOMBIA E IBEROAMERICA ACULCO, y por parte del FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES 1. Hacer seguimiento a la ejecución física, financiera y administrativa del convenio, y recomendar la toma de medidas necesarias para el cabal cumplimiento del objeto convenido. 2. Cumplir con las obligaciones de control y vigilancia establecidas por las leyes, sus decretos reglamentarios y demás normas. 3. Verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio en las condiciones pactadas, a través de la Ficha de Proyecto aprobada en el primer Comité Técnico (marco lógico, cronograma, plan de inversión, plan de sostenibilidad y riesgos). 4. Aprobar los desembolsos de los aportes establecidos por el FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. 5. Elaborar el informe trimestral de supervisión sobre la ejecución del convenio. 6. Informar al competente contractual cualquier demora e incumplimiento en las obligaciones. 7. En caso de ser necesario, solicitar la suspensión temporal de la ejecución del convenio por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, justificando plenamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar que originan los hechos de la suspensión, ante el competente contractual mediante documento escrito, para que éste emita su autorización. 8. Solicitar las reuniones y gestiones que considere necesarias para que el objeto del presente convenio se cumpla a cabalidad. 9. Expedir el certificado de cumplimiento a la Supervisora del proceso contractual, previa verificación del cumplimiento de todas las obligaciones objeto del presente Convenio y de todos los requisitos exigidos para ello. 10. Elaborar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del convenio, el Acta de Liquidación Final del mismo. 11. Las demás que se orienten a la correcta y adecuada supervisión del Convenio. Si llegase a requerirse cambio de alguno de los supervisores por razones de fuerza mayor o caso fortuito, ausencia temporal o definitiva, o por circunstancias debidamente justificadas, el competente contractual procederá a designar un nuevo supervisor. Si el supervisor en ejercicio se encuentra en condiciones de suscribir un acta, lo hará juntamente con el designado en su reemplazo, en la cual constará: estado de ejecución del convenio, relación de documentos que entrega y observaciones que considere pertinentes. Si no es posible la suscripción conjunta, quien asuma las funciones dejará constancia del estado en que se encuentra el convenio al momento de asumirlas. • Suministrar toda la información normativa y técnica disponible para la ejecución del Convenio, así como brindar el apoyo administrativo y logístico que se requiera sin que ello implique renuncia a los privilegios e inmunidades de ACULCO. • Verificar el cumplimiento del Convenio en todas y cada una de sus partes. • Verificar mediante visitas o mediante el examen de los documentos que el supervisor considere pertinente, las condiciones de ejecución del objeto convenido sin que ello implique renuncia a los privilegios e inmunidades de ACULCO. • El supervisor por parte del Fondo Rotatorio deberá constatar a la fecha de vencimiento del Convenio su total cumplimiento. Si llegare a tener observaciones o inquietudes sobre la ejecución del mismo, no podrá expedir el certificado de cumplimiento final hasta tanto no sean clarificadas. • El supervisor por parte del Fondo Rotatorio elaborará dentro de los seis (6) meses siguientes a la terminación del Convenio, el Acta de Liquidación final del mismo, siguiendo para tal efecto el modelo suministrado por la Coordinación Grupo Interno de trabajo de Licitaciones y Contratos, el cual deberá remitirse a la Coordinación para ser revisada y aceptada por ésta y proceder al trámite de firmas. La obligación aquí establecida, sólo se entenderá cumplida por el Supervisor una vez se encuentre suscrita el Acta Final de Liquidación. • El supervisor parte del Fondo Rotatorio debe, si es necesario, solicitar la suspensión temporal de la ejecución del Convenio por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, justificando plenamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar que originan los hechos de la suspensión, ante el competente contractual mediante documento escrito, para que éste emita su autorización. • Las demás inherentes a la función asignada y las contempladas en el Manual de Contratación adoptado mediante Resolución No. 4890 del 6 xx xxxxxx de 2015, y a la Guía del Supervisor e Interventor lo cual solo aplicará al Ministerio. ACULCO aplicará sus procedimientos internos.
Régimen económico El BANCO tendrá derecho a percibir, como contraprestación por sus servicios de custodia y administración de valores, las comisiones acordadas con el CLIENTE y que figuran en el correspondiente anexo que se incorpora e este CONTRATO MARCO. El BANCO repercutirá el CLIENTE los gastos derivados de las operaciones y de los saldos de valores, cargados por los diferentes mercados, cámaras de compensación, sistemas de valores etc. La remuneración y los gastos repercutibles no superarán las tarifas recogidas en el Folleto informativo de tarifas máximas comunicado a la C.N.M.V. El BANCO hará efectivas las cantidades debidas con cargo a la cuenta de efectivo del CLIENTE asociada a la cuenta de valores. En caso de no tener liquidez en la citada cuenta, el BANCO lo pondrá en conocimiento del CLIENTE. De no producirse la regularización de esta situación en una semana desde la fecha de la comunicación (a estos efectos se admite la comunicación por fax, correo electrónico o la comunicación telefónica), el CLIENTE autoriza expresamente al BANCO a realizar, de forma unilateral, asientos de abono y adeudo, conversiones de moneda, traspasos entre cuentas del CLIENTE y, en general cuantas actuaciones sean necesarias para cubrir las cantidades adeudadas. En defecto de instrucciones del CLIENTE, podrá enajenar activos propiedad del CLIENTE, para reembolsarse, siguiendo el orden siguiente: Deuda Pública, renta fija nacional, renta variable nacional, participaciones y acciones de Instituciones de Inversión Colectiva, opciones y futuros financieros, renta fija internacional y renta variable internacional, procurando minimizar los perjuicios para el CLIENTE. Con carácter previo a la ejecución de las órdenes del CLIENTE, el BANCO podrá comprobar el saldo disponible de efectivo y/o de valores del CLIENTE ya sea en la fecha de recepción de la orden o en aquella otra posterior en que se deban tramitar y/o ejecutar y abstenerse de tramitarlas o ejecutarlas si no dispone de saldo suficiente de valores o de efectivo en la cuenta asociada a la de valores, a excepción de aquellos casos en los que el CLIENTE y el BANCO hayan suscrito estipulaciones particulares, contratos o, en general, cualesquiera acuerdos que permitan la operativa a crédito. En el supuesto de que, el BANCO, de forma unilateral y para posiciones cortas, hubiese autorizado la tramitación y/o liquidación de cualquier orden u operación sin la existencia previa de la correspondiente provisión de saldo disponible de valores, el CLIENTE acepta expresamente que el BANCO podrá realizar, sin necesidad de solicitar autorización previa del CLIENTE, cuantas actuaciones sean necesarias para regularizar los saldos de valores en descubierto del CLIENTE, ejecutando, por sí mismo u ordenando su ejecución a terceras entidades, cuantas transacciones sean necesarias para cerrar dichas posiciones cortas. Serán de cuenta del CLIENTE cuantos gastos y penalizaciones sean de aplicación, según las reglas y usos de los diferentes mercados, adicionalmente a las comisiones que el BANCO pueda percibir por dichas operaciones, y que han sido acordadas con el CLIENTE, incorporándose en anexo a este CONTRATO MARCO. El CLIENTE manifiesta, en este mismo acto, que se le ha entregado el Folleto de Tarifas Máximas vigente que, asimismo se encuentra a disposición del público en el domicilio del BANCO, en cualquiera de sus sucursales, oficinas de agentes o representantes, en su servicio de atención telefónica, así como en la página Web. ANDBANK ESPAÑA, S.A.U. • Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, xx 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 1544, R. M. de Madrid T. 31.181, F. 115, S. 8 H. M-561.208, Insc. 1
Denuncia y prórroga El presente convenio quedará automáticamente prorrogado por anualidades de no mediar denuncia expresa y por escrito del mismo. La denuncia deberá realizarse en un plazo mínimo de tres meses antes a la terminación de su vigencia. Denunciado el convenio, salvo el deber xx xxx, el mismo continuará vigente y plenamente aplicable en el resto de sus cláusulas hasta que sea sustituido por el nuevo convenio. En todo caso, el nuevo convenio colectivo que se firme no tendrá efectos retroactivos, incluidos los aspectos económicos y retributivos, que solo serán exigibles a partir de la suscripción del nuevo convenio. Si en el plazo de doce meses a contar desde la denuncia, las partes no hubiesen alcanzado un acuerdo relativo a la negociación de un nuevo convenio que sustituya al presente, decidirán, de común acuerdo, si acuden o no al procedimiento de mediación o arbitraje voluntario previsto en la legislación vigente. En todo caso, el presente convenio continuará en vigor hasta su sustitución por el nuevo convenio o por el laudo arbitral a que se llegara, en su caso.
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número Gxx-xx-Axx-xxx de fecha xx de xxxxxxx de 2013.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Documento PE-01 Carta compromiso de la proposición. Documento PE-02 Especificaciones generales y especificaciones particulares. Documento PE-03 Análisis detallado de precios unitarios. Documento PE-04 Catálogo de conceptos. Los licitantes que presentan su propuesta de manera impresa, deberán acompañar copia del escrito de participación al procedimiento de contratación generado por el sistema COMPRANET 5.0 el cual les fue enviado vía correo electrónico por el propio sistema. Deberá presentar debidamente formulado el formato Anexo 1. El LICITANTE deberá presentar copia de su Acta constitutiva, así como todas y cada una de las modificaciones al capital social. No deberá presentar documentos originales del acta constitutiva, actas modificatorias e identificaciones. Adicionalmente, el LICITANTE deberá anexar copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas xxxxxxx, de su representante legal que firme la proposición, debiendo anexar copia de su poder notarial. Documento con el que comunicará la dirección del correo electrónico del licitante. Será causa de desechamiento el incumplimiento de lo solicitado en el presente documento. Deberá formular los formatos Anexos 2, 3 y 4, correspondientes a los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad. La falta de presentación de dichos documentos en la proposición, será motivo para desecharla. Adicionalmente, el LICITANTE, anexará, los presentes Requisitos de Licitación, a excepción del DOCUMENTO PE-02.- ESPECIFICACIONES, GENERALES Y ESPECIFICACIONES PARTICULARES, el que se deberá integrar en el propio documento PE-02. El LICITANTE presentará en hojas con el membrete de su empresa, la descripción de la Planeación Integral para el desarrollo y organización de los trabajos previos a su inicio, y en documento por separado, la descripción detallada del Procedimiento de Ejecución de los Trabajos, así como los sistemas que propone para llevar a cabo la ejecución de los trabajos. El LICITANTE deberá considerar, en su caso, las restricciones técnicas que procedan conforme a los trabajos, así como los tiempos de ejecución, los recursos materiales, humanos y de equipo, necesarios, e indicará especialmente, la cronología de la utilización de los mismos. El procedimiento deberá desarrollarse, siguiendo un proceso ordenado y lógico. Este documento, deberá ser congruente especialmente, con el documento solicitado en estas bases a saber: el Documento PE-02 "ESPECIFICACIONES…". Este documento deberá ser congruente con los documentos de la propuesta técnica y económica. En caso de discrepancia entre el catálogo de conceptos, especificaciones y planos de proyecto, el orden de prioridades será el siguiente: Circulares Aclaratorias. Especificaciones Particulares. Especificaciones generales. Planos de Proyecto ó croquis. Catalogo de conceptos. Normas Documento PT-04 Programa de montos Semanales de ejecución de los trabajos. Debidamente formulado en el formato Anexo 5, dividido en partidas y sub partidas; donde cada uno de los montos asentados en las columnas correspondientes a las Semanas comprendidas en el periodo de ejecución por concepto, de acuerdo a lo contenido en el Documento PE-04.- CATALOGO DE CONCEPTOS, deberá corresponder a la cantidad Semanal de los trabajos por ejecutar expresada por el LICITANTE, multiplicado por el precio unitario por concepto, consignado por el LICITANTE en el Documento PE-04.- CATALOGO DE CONCEPTOS y cuya suma por xxxxxxx, deberá corresponder al monto consignado en la columna del subtotal por partida y/o concepto en el presente documento. A su vez los montos consignados por el LICITANTE en la columna del subtotal por concepto, deberán ser el resultado de multiplicar las cantidades del concepto por ejecutar de acuerdo con el Documento PE-04.- CATÁLOGO DE CONCEPTOS, por sus correspondientes precios unitarios consignados por el LICITANTE en el mismo; En la parte inferior se deberán señalar los montos parciales y acumulados Semanalmente, hasta llegar al monto total de la propuesta, mismo que deberá ser congruente con los correspondientes que el LICITANTE consigne en los documentos PE-01.- CARTA COMPROMISO DE LA PROPOSICIÓN, y PE-04.- CATÁLOGO DE CONCEPTOS. El programa se estructurará de forma Semanal, dividido en partidas y sub partidas, y cuyo sub total por concepto será la suma por renglón de cada periodo Semanal. Este documento deberá ser congruente con los documentos DOCUMENTO PT-03 PLANEACIÓN INTEGRAL Y PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS., DOCUMENTO PE-01 CARTA COMPROMISO DE LA PROPOSICIÓN Y DOCUMENTO PE-04 CATÁLOGO DE CONCEPTOS. Para la realización de estos trabajos, se permitirá la subcontratación únicamente (Art. 31, fracción XXI de la LEY y Artículo 44), de los servicios de laboratorio para control de calidad y/o arrendamiento de maquinaria y equipo de construcción a través de una empresa especializada. La cual podrá pertenecer al LICITANTE o ser subcontratada; La información deberá ser congruente con lo que corresponda en el Documento PT-01. Para asegurar la calidad de los trabajos, el licitante deberá considerar e incluir en su propuesta la subcontratación únicamente de un laboratorio de control de calidad en la construcción, cuyo Jefe de laboratorio e instalaciones, deberán ser avalados por la Unidad General de Servicios Técnicos del Centro SCT Colima y presentar la constancia vigente de dicha acreditación. Lo anterior previo al inicio de los trabajos. Se hace la aclaración que previo al inicio de los trabajos, el LICITANTE ganador deberá presentar la calificación aprobatoria por parte del Centro SCT Colima, del Jefe del laboratorio y de las instalaciones y equipo del propio laboratorio para control de calidad propuesto, de acuerdo con lo establecido en la Norma N•CAL•2•05•001/02.- Aprobación de laboratorios. El costo por esta calificación deberá ser considerado por el LICITANTE e incluirlo en su propuesta (No aplica). Si el Laboratorio es del Licitante: Presentar un escrito en papel con el membrete del LICITANTE, donde relacionará el equipo de laboratorio de su propiedad por utilizar y manifestará su compromiso a llevar a cabo correctamente, todas las pruebas, servicios, estudios, análisis y/o trabajos de laboratorio para control de calidad que se requieran. Maquinaria propiedad del Licitante: Presentará un escrito en papel con el membrete del LICITANTE, donde relacionará la maquinaria y equipo de su propiedad y manifestará su compromiso de trasladarlos al lugar de los trabajos. Si el LICITANTE opta por subcontratar el laboratorio para control de calidad: En el caso de que el LICITANTE opte por subcontratar los servicios de laboratorio para control de calidad deberá presentar totalmente elaborado por el LICITANTE y el prestador de servicios de laboratorio, un Contrato Promesa a que se refieren los artículos 2243 al 2247 del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en Materia Federal, debidamente firmado por los representantes legales de ambas partes, de quienes se anexará copia de su identificación oficial y de los instrumentos notariales respectivos, donde comprueben las facultades para comprometer a su representada. El Contrato Promesa celebrado entre el LICITANTE y el prestador de servicios elegido, para la realización de los trabajos motivo de la presente Licitación, deberá especificar cuáles son los equipos por utilizar, y anexará copia de las facturas de los mismos, a nombre del prestador de servicios o endosados al mismo (Artículo 44 numeral V de la LEY). Si el LICITANTE opta por arrendar maquinaria y equipo adicional al de su propiedad: En caso de que el LICITANTE opte por rentar maquinaria y equipo adicional al de su propiedad, deberá presentar totalmente elaborado por el LICITANTE y el arrendador de la maquinaria y equipo, un Contrato Promesa a que se refieren los artículos 2243 al 2247 del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en Materia Federal, debidamente firmado por los representantes legales de ambas partes, de quienes se deberá anexar copia de la identificación oficial y de sus instrumentos notariales respectivos, donde comprueben las facultades para comprometer a su representada (Artículo 44 numeral V de la LEY). El Contrato Promesa celebrado entre el LICITANTE y el arrendador de maquinaria y equipo elegido, para la realización de los trabajos de la obra motivo de la presente Licitación, deberá especificar cuáles son los equipos por arrendar, y anexará copia de las facturas de los mismos, a nombre del arrendador o endosados al mismo. Se anexan los formatos 6 y 7, que deberán ser utilizados para la integración de la propuesta. Se verificará, en caso de adjudicación, que la empresa subcontratista especializada o maquinaria arrendada propuesta, sea la que efectivamente se presente en el sitio de la obra, para la ejecución de los trabajos. Debidamente formulada, firmada conforme al formato Anexo 8, el Licitante registrará su firma completa y su rúbrica o firma abreviada. Este documento deberá ser congruente con el documento PT-04. Debidamente firmadas de conocimiento. Este documento norma los conceptos de los trabajos contenidos en el documento denominado DOCUMENTO PE-04 CATÁLOGO DE CONCEPTOS, en lo particular y en general a la propuesta. Deberá presentarse totalmente elaborado por el LICITANTE, en hojas con el membrete de su empresa. Se deberán presentar los análisis de precios unitarios detallados de todos y cada uno de los conceptos de trabajo contenidos en el documento denominado DOCUMENTO PE-04 CATÁLOGO DE CONCEPTOS. El precio unitario se integrará con los costos directos correspondientes al concepto de trabajo, los costos indirectos, el costo por financiamiento, el cargo por la utilidad del Contratista y los cargos adicionales, siendo el precio unitario correspondiente al concepto el que se incluya en el documento denominado DOCUMENTO PE-04 CATÁLOGO DE CONCEPTOS. El costo directo incluirá los cargos por conceptos de percepciones del personal, materiales, maquinaria, equipo de construcción, de instilación permanente y herramienta, consignados en los documentos correspondientes a datos básicos de: percepciones del personal, materiales y costo de maquinaria y equipo, respectivamente, con sus correspondientes rendimientos. El costo indirecto estará representado como un porcentaje del costo directo y de conformidad a los Artículos 211 a 213 del REGLAMENTO. El costo de financiamiento de los trabajos, estará representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 214 al 218 del REGLAMENTO. Los cargos adicionales no deberán ser afectados por los porcentajes determinados para los costos indirectos y de financiamiento ni por el cargo de utilidad. Cada cargo adicional deberá agregarse al precio unitario después de la utilidad, y solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen, establezcan un incremento o decremento para los mismos. Los análisis no deberán contener lotes por concepto de materiales, personal, equipo, ni destajos por concepto de estos dos últimos. Los rendimientos que se consignen en los análisis de precios unitarios deberán ser congruentes con el DOCUMENTO PT-04 PROGRAMA DE MONTOS Semanales DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS y en general con toda la propuesta. Por ningún motivo se aceptarán alteraciones posteriores a los precios unitarios propuestos, excepto en el supuesto previsto en los Artículos 56, 57 y 58 de la LEY. Debidamente formulado y firmado, en el formato Anexo 9 en las bases de licitación. Se anotará la descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, sub partida, concepto y del total de la proposición. Este documento formará el presupuesto de los trabajos que servirá para formalizar el contrato o pedido correspondiente; En caso de encontrarse errores en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcto el producto de las cantidades de obra anotadas por API y los precios unitarios anotados con letra por el LICITANTE. Se verificará que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deberán ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho análisis. Igualmente se verificará que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones. De acuerdo con las correcciones que en su caso se hagan, se modificarán los importes de los conceptos y el monto total de la proposición que resulte será el monto corregido para efectos de la adjudicación, en su caso. La suma de los importes totales de todos los conceptos, representará el monto total de la proposición, la que deberá anotarse con número y letra en la última hoja de este documento, así como el Impuesto al Valor Agregado en el porcentaje que corresponda según lo disponga la LEY en la Materia, y la suma que resulte de los dos importes anteriores en el lugar asignado para ello. El LICITANTE deberá considerar que las cantidades de obra anotadas en este DOCUMENTO PE-04 CATÁLOGO DE CONCEPTOS, son aproximadas. Si por necesidades propias de la obra o por cualquier otra causa fuese preciso efectuar menor o mayor volumen que el inicialmente considerado, el CONTRATISTA se obliga a ejecutar los nuevos volúmenes sin derecho a modificación en los costos directos, indirectos, de financiamiento y utilidad originalmente pactados. Únicamente se pagarán los volúmenes realmente ejecutados, a los precios originalmente propuestos. Este documento deberá ser congruente con los documentos DOCUMENTO PE-03 ANÁLISIS DETALLADO DE PRECIOS UNITARIOS.