REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS Cláusulas de Ejemplo

REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número Gxx-xx-Axx-xxx de fecha xx de xxxxxxx de 2013.
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. 28 SECCIÓN I DEFINICIONES‌
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. 20 El INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, cédula jurídica número 400000-1902-22 asegurador domiciliado en Xxxxx Rica, denominado en adelante el Instituto, expide la presente póliza de acuerdo con las Condiciones Generales y Particulares que a continuación se estipulan, con base en la solicitud de seguro, la declaración de salud y las pruebas de asegurabilidad solicitados para el Asegurado, cuando se requieran y en atención al pago xx xxxxxx convenido, los cuales integran la presente póliza. Las Condiciones Particulares aplican de forma prevalente sobre las Condiciones Generales. Esta póliza finalizará de conformidad con lo que se establece más adelante, cuando el Asegurado y/o Tomador deje de pagar las primas dentro del período xx xxxxxx establecido o cuando, dentro de un aniversario de la misma, notifique por escrito al Instituto su deseo de no continuar con la póliza.
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número XXXX de fecha XXXX. SEGURO AUTOEXPEDIBLE ASISTENCIAS COLONES INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS DIRECCIÓN DE MERCADEO Y VENTAS SEGURO AUTOEXPEDIBLE DE ASISTENCIAS Oferta de Seguro - Recibo Vigencia Desde Hasta Primer Apellido: Segundo Apellido: Nombre Completo: Tipo de Identificación: Persona física Cédula de residencia Pasaporte Permiso trabajo Estado Civil: Xxxxxxx Xxxxxx Separado Divorciado Viudo Célibe Otro : Nº de Identificación Ocupación o actividad económica: Fecha de nacimiento: Día Mes Año Nacionalidad: Género Femenino Masculino Provincia: Cantón: Distrito: Dirección exacta: Calle: Avenida: Otras señas: Apartado: Fax: Teléfono Oficina: Teléfono Domicilio: Teléfono Celular: Dirección electrónica: 1 Asistencia Médica, Asistencia Vehicular y Asistencia para el Hogar 2 Asistencia Médica y Asistencia para el Hogar 3 Asistencia Médica y Asistencia Vehicular 1 ¢21,130.00 ¢1,760.00 ¢33,000.00 ¢2,750.00 2 ¢16,315.00 ¢1,360.00 ¢28,800.00 ¢2,400.00 3 ¢10,260.00 ¢855.00 ¢22,750.00 ¢1,895.00 Tipo vehículo Año Fabricación Esta placa se encuentra al día con: RTV Derecho Circulación Interés Asegurable del vehículo: Propietario Cónyugue del Propietario Arrendatario Depositario Judicial Comodatario Otro: Nota: La existencia del interés asegurable deberá ser demostrado por el asegurado, beneficiarios o causahabientes al momento de reclamar la indemnización. La falta de la demostración indicada, libera al Instituto de sus obligaciones. Número de medidor de la vivienda del tomador de la póliza: Provincia: Cantón: Distrito: Dirección exacta: Clase de construcción: Paredes Externas Paredes Internas 1. Cemento armado, concreto, ladrillo mixto, piedra, bloque, cemento: 2. Prefabricada: 3. Madera. Tela metálica, hierro galvanizado, Bahareque o cualquier material combustible:
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. 33 ADENDA 001 COBERTURA DE PÉRDIDAS O DAÑOS CAUSADOS POR HUELGA, MOTÍN Y CONMOCIÓN CIVIL 34 ADENDA 002 COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA 35 ADENDA 003 COBERTURA DE MANTENIMIENTO AMPLIADA 36 ADENDA 005 COBERTURA POR DESVIACIÓN DEL CRONOGRAMA DE AVANCE DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN. _ 37 ADENDA 006 COBERTURA DE GASTOS ADICIONALES POR HORAS EXTRA, TRABAJO NOCTURNO, TRABAJO EN DÍAS FESTIVOS, FLETE EXPRESO 37 ADENDA 007 COBERTURA DE GASTOS ADICIONALES PARA FLETE AÉREO 38 ADENDA 013 COBERTURA PARA BIENES ALMACENADOS FUERA DEL SITIO DE LA OBRA ASEGURADA 38 ADENDA 100 COBERTURA PARA LAS OPERACIONES DE PRUEBA DE MAQUINARIA E INSTALACIONES 39 ADENDA 102 COBERTURA PARA CABLES SUBTERRÁNEOS, TUBERÍAS Y DEMÁS INSTALACIONES 40 ADENDA 113 COBERTURA A LOS BIENES ASEGURADOS DURANTE LOS TRANSPORTES NACIONALES 40 ADENDA 114 COBERTURA DE SINIESTROS EN SERIE 41 ADENDA 116 COBERTURA PARA OBRAS CIVILES ASEGURADAS RECIBIDAS O PUESTAS EN OPERACIÓN 42 ADENDA 117 COBERTURA DEL TENDIDO DE TUBERÍAS DE AGUA Y DESAGÜE 42 ADENDA 118 COBERTURA PARA TRABAJOS DE PERFORACIÓN PARA POZOS DE AGUA 43 ADENDA 119 COBERTURA PARA PROPIEDAD EXISTENTE O PROPIEDAD QUE QUEDA BAJO EL CUIDADO, LA CUSTODIA O BAJO LA SUPERVISIÓN DEL ASEGURADO (PROPIEDAD ADYACENTE) 44 ADENDA 120 COBERTURA PARA LA VIBRACIÓN, ELIMINACIÓN O EL DEBILITAMIENTO DE ELEMENTOS PORTANTES 44
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número G01-01-A01-235-VX del XX de XXXXXXXXX de 201X. INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS LÍNEA DEL SEGURO DE AUTOMÓVILES Primer Apellido: Segundo Apellido: Nombre Completo: Nombre o razón social: Solicitud de Seguro Tipo de Identificación: Persona Física Persona Jurídica Pasaporte Institución Autónoma Permiso Trabajo Estado Civil: Xxxxxxx Xxxxxx Separado Nº de Identificación Ocupación o Actividad Económica: Divorciado Viudo Célibe Fecha de nacimiento: Provincia: Día Mes Año Nacionalidad: Cantón: Género: Femenino Masculino Correo electrónico: Distrito: Dirección exacta de residencia: Fax: Apartado Postal: Teléfono Oficina: Teléfono Domicilio: Teléfono Celular:
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. 24 El INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, cédula jurídica número 400000-1902-22, aseguradora domiciliada en Xxxxx Rica, denominada en adelante el Instituto, expide la presente póliza de acuerdo con las Condiciones Generales y Particulares que a continuación se estipulan, con base en la solicitud de seguro, reportes del Tomador del seguro, la declaración de salud y las pruebas de asegurabilidad solicitadas para cada Asegurado, cuando se requieran, los cuales integran el presente contrato. Las Condiciones Particulares tienen prelación sobre las Condiciones Generales. Esta póliza terminará de conformidad con lo que se establece más adelante, cuando el Tomador del seguro deje de pagar las primas dentro del período xx xxxxxx establecido o cuando, dentro de un aniversario de la misma, notifique por escrito al Instituto su deseo de no continuar con el seguro o bien el Instituto se exprese contrario a la renovación, notificando por escrito al Tomador del seguro a la última dirección reportada por éste con al menos treinta (30) días naturales de antelación a la fecha de vencimiento anual o bien utilizando otros medios disponibles, tales como correo electrónico o fax proporcionados por el Asegurado y/o el Tomador del seguro.
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artículo 29, inciso d) de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el registro número Gxx-xx-Axx-xxx de fecha xx de xxxxxxx de 2013. Con la suscripción de la presente Adenda, queda entendido y convenido que, sujeto a los términos, exclusiones y condiciones contenidos en la Póliza o en ella incluidos y sujeto al pago previo de la prima extra por parte del Asegurado, así como a las Condiciones Especiales que aparecen a continuación, OCEANICA a solicitud expresa del Asegurado otorga cobertura mediante esta Adenda a esta Póliza por las pérdidas o daños causados por huelga, motín y conmociones civiles que, para los efectos de esta Adenda, significarán pérdidas o daños en los bienes asegurados que sean causados directamente por: I. actos de cualquier persona que tome parte conjuntamente con otras en actos que alteren el orden público (estén o no en conexión con una huelga o suspensión de empleo y sueldo) y que no queden comprendidos en el inciso 2 de las Condiciones Especiales detalladas más adelante; II. medidas o tentativas que para reprimir tal disturbio o para aminorar sus consecuencias tomare cualquier autoridad legalmente constituida; III. actos intencionados de cualquier huelguista o empleado suspendido para fomentar una huelga o para resistir a una suspensión de empleo y sueldo;
REGISTRO ANTE LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS. 36 El INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS, titular de la cédula jurídica 400000-1902-22 en adelante denominado el INSTITUTO se compromete con quien se suscribe en la solicitud del seguro como ASEGURADO Y/O TOMADOR, a la expedición de la presente póliza de conformidad con las Condiciones Particulares y Generales que más adelante se estipulan y sobre la base de las declaraciones hechas por el ASEGURADO Y/O TOMADOR en la solicitud que origina este contrato, la cual es parte integral del mismo. El presente es un contrato tipo donde las coberturas, exclusiones y demás términos contractuales han sido predeterminados por el Instituto con base en su experiencia y profesionalidad, sin detrimento de que las partes de común acuerdo puedan incluir bajo el principio de la libre negociación, aquellas cláusulas que se estimen convenientes según el tipo de riesgo y composición del grupo asegurado, las cuales se indican en las Condiciones Particulares y Anexos que conforman esta póliza. El suscrito firmante, en mi condición de representante legal con facultades suficientes para este acto, declaro el compromiso contractual del INSTITUTO de cumplir con los términos y condiciones de la presente póliza. SECCIÓN A. DEFINICIONES