OTROS DATOS Cláusulas de Ejemplo
OTROS DATOS. INFORMACIÓN
OTROS DATOS. Previo al inicio de la acción formativa, el beneficiario podrá solicitar hasta un máximo del 25 por 100 del importe concedido. Una vez acreditado el inicio y antes de su finaliza- ción, podrá solicitar hasta un 35 por 100 adicional del importe concedido. No obstante se podrán unificar las solicitudes de anticipo en una única del 60 por 100 de la subvención concedida de cada acción formativa una vez acreditado el inicio de la mis- ma y antes de su finalización. Madrid, a 7 de septiembre de 2018. La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ BOCM-20180919-8 ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇ BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 El artículo 28.1.12 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la Comunidad de Madrid la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral, dentro de la cual se incluye la formación para el empleo. El Real Decreto 2534/1998, de 27 de noviembre, traspasó a la Comunidad de Madrid las funciones en materia de gestión de la formación profesional ocupacional que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, y en particular la ejecución del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional. La autenticidad de este documento se puede comprobar en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇ mediante el siguiente código seguro de verificación: 0889060179848691407916 La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, introduce numerosas e importantes novedades en el sistema de formación profesional para el empleo, en particular en materia de planificación y financiación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, en la programación y ejecución de las acciones formativas, y en el control, seguimiento y régimen sancionador, así como el sistema de información, la evaluación, la calidad y la gobernanza del sistema. El Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, desarrolla la Ley 30/2015, y en él se establece que en tanto no se establezcan unas bases reguladoras, será de aplicación la Orden TAS/718/2008, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇, mediante el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, con observancia en todo caso a lo establecido en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre y en el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio. Por todo ello, y al objeto ...
OTROS DATOS. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la Resolución de convocatoria. Sevilla, a la fecha certificada, 00144431 El Director General de Economía Social y Trabajo Autónomo, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Vegas.
OTROS DATOS. Todas las preguntas que se deseen realizar sobre los Pliegos o la documentaci n que rige el expediente de contrataci n, deberÆn formularse de forma telemÆtica a travØs de la propia licitaci n alojada en el Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico.
OTROS DATOS. Se deberán situar así mismo los hitos kilométricos de carreteras, ferrocarriles y canales, las líneas eléctricas, telegráficas, telefónicas, gaseoductos etc., con la rotulación de sus siglas identificativas.
OTROS DATOS. NATURALEZA DE LA INSTALACIÓN
OTROS DATOS. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇., e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Mérida, 17 de septiembre de 2019. El Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo (PD, Resolución de 13 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2019. DOE núm. 98 de 23 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2019), El Secretario General de Empleo (PA, Decreto 87/2019, de 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. DOE n.º 150, de 5 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇), ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ DECRETO 69/2017, de 23 ▇▇ ▇▇▇▇, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral. (2017040077) El Servicio Extremeño Público de Empleo ha venido gestionando las ayudas reguladas en el Decreto 116/2012, de 29 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral de las perso- nas trabajadoras autónomas y empleadores de las personas empleadas de hogar, se aprueba la primera convocatoria de dichas subvenciones y se modifica el Decreto 90/2008, de ▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (DOE n.º 129, de 5 de julio). El Decreto 116/2012, de 29 ▇▇ ▇▇▇▇▇, ha sido modificado en tres ocasiones, por el Decreto 8/2013, de ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇ ▇▇▇. ▇▇, ▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇) el Decreto 129/2013, de ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ (▇▇▇ ▇▇▇. ▇▇▇, ▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇) y Decreto 204/2014, de 2 de septiembre (DOE núm. 173, de 9 de septiembre). El ámbito de la conciliación ha sido ampliado más allá de las tareas familiares que tradicio- nalmente han estado en el origen de la desigual participación de las mujeres en el espacio público. De este modo, el ámbito privado que debe conciliarse con el tiempo de trabajo lo confor- man la familia, pero también el tiempo dedicado al enriquecimiento personal mediante ocupaciones de libre elección, como el ocio o la mejora de las competencias y capacida- des personales. La corresponsabilidad social va un paso más allá del concepto original de la conciliación, incorporando la idea de que mujeres y hombres compartan presencia, responsabilida- des, derechos y obligaciones tanto en el ámbito público como en el privado implicando a las personas en el reparto de las responsabilidades domésticas y familiares, especial- mente los hombres, para extenderse a otros agentes sociales e instancias públicas y privadas. Las medidas de conciliación se han dirigido fund...
OTROS DATOS. Fecha de alta de la persona empleada de hogar en el Sistema Especial de Empleados de Hogar: Fecha de inicio de la contratación con el empleadorƒa solicitante: DIRECCIÓN GERENCIA DEL SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD EN EL EMPLEO. Avenida de la Hispanidad, 6 ▇▇▇▇▇ − CACERES Código de identificación del órgano gestor: A11016258 Nombre y apellidos: N.I.F. Teléfono Móvil Correo electrónico: Domicilio: C.P.: Localidad: Provincia
OTROS DATOS. Las ayudas contempladas en este decreto tienen la finalidad de fomentar la contratación de seguros agrarios en los principales sectores productivos, para permitir que los productores se encuentren en una situación más favorable frente las posibles pérdidas económicas originadas por los fenómenos naturales no controlables, tales como la meteorología adversa, plagas o enfermedades. Toledo, 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022 El Presidente ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇-PAGE ▇▇▇▇▇▇▇ El Consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ El sistema español de seguros agrarios está configurado por la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados (BOE nº 11, de 12/01/79), y el reglamento que la desarrolla, aprobado a través del Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre (BOE nº 242, de 09/10/79), constituyendo para los agricultores y ganaderos un eficaz instrumento que permite salvaguardar las rentas de sus explotaciones ante los fenómenos naturales no controlables, tales como la meteorología adversa, plagas o enfermedades, y que les producen pérdidas económicas que pueden llegar a ser, en algunas ocasiones, de dimensiones catastróficas. De acuerdo a la citada Ley, el Consejo de Ministros aprueba anualmente el Plan de Seguros Agrarios Combinados en el que se regula todas las líneas de aseguramiento que se pueden suscribir, así como los porcentajes de subvención aplicables a cada una de ellas. Según lo establecido en la legislación vigente, la suscripción de los seguros agrarios se realiza exclusivamente por las entidades aseguradoras privadas encuadradas en Agroseguro; entidad que tiene por objeto administrar, por cuenta de dichas aseguradoras accionistas, los seguros agrarios contratados. Con este objeto, controla y procesa las declaraciones de seguro, emite los recibos a los tomadores y gestiona su cobro, recibe las declaraciones de siniestro de los asegurados y realiza los trámites de peritación, valoración y pago de los siniestros cubiertos por el sistema por cuenta de las coaseguradoras, que participan en los riesgos asumidos en la misma medida de su participación en el capital social de la Agrupación. Con fecha 22 de diciembre de 2016, se publicó la Orden de 14/12/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la contratación colectiva de seguros agrarios. Mediante esta orden, se retoma la colaboración con Agroseguro, interrumpida durante los añ...
OTROS DATOS. La previsi n del apartado 6 de que en el presente contrato no se contemplan plazos parciales debe entenderse referida œnica y exclusivamente a fases de ejecuci n de partes de la obra que pudieran ser objeto de recepci n parcial conforme a lo establecido en el art culo 243.5 LCSP, y no a los plazos parciales de ejecuci n previstos en el programa de trabajo, los cuales s que resultan de aplicaci n al presente contrato, tal como queda establecido en la clÆusula 11 de este pliego, siendo de obligado cumplimiento para el contratista.
