Common use of Otros Clause in Contracts

Otros. 11.1. Cualquier otra documentación exigida en su caso al adjudicatario en el apartado 30 del Cuadro Resumen Alternativamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 y 140.3 de la LCSP, la certificación de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores de presentar la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarial, tales como nombre del destinatario de trabajos efectuados o su importe, SELAE admitirá formas de acreditación alternativas de entre las previstas en el artículo 90 de la LCSP. Por lo que se refiere a los certificados comunitarios de empresarios comunitarios autorizados para contratar se estará a lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 de la LCSP. Cuando alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAE, el licitador quedará eximido de su presentación. En tal caso, deberá presentar una declaración responsable, firmada por el licitador o su representante, en la que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación alguna, indicando, en su caso, el número de expediente del procedimiento de contratación con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva el derecho a comprobar en cualquier momento la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contratación, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad con el artículo 71 y siguientes de la LCSP.

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Samples: Pliego Cu Adro Resumen

Otros. 11.1. Cualquier otra documentación exigida en su caso al adjudicatario El CONSULTOR realizará con dedicación exclusiva las tareas y actividades asignadas por la entidad contratante (emergentes de los términos de referencia y condiciones de la consultoría), en el apartado 30 horario e instalaciones establecidos en el contrato suscrito; por lo que no podrá prestar servicios de Consultoría por Producto, ni ejercer funciones como servidor público en forma paralela en otras entidades del Cuadro Resumen Alternativamentesector público o en la propia entidad donde presta sus servicios. La entidad contratante asignara al CONSULTOR el correspondiente refrigerio, no debiendo ser mayor al monto asignado al personal de planta. El CONSULTOR podrá recibir capacitación técnica, de acuerdo a las funciones a ser desempeñadas y la naturaleza de la entidad, en tanto dure la relación contractual. Esta capacitación no incluirá la formación académica de pre y post grado. CUCE: 1 8 - 0 9 5 1 - 0 0 - 8 9 4 7 4 5 - 1 - 1 (*) Se aclara que el plazo de validez de la propuesta no debe ser inferior a 30 días calendario. Sin embargo, el BCB sugiere ofertar un plazo de validez de al menos 60 días calendario. Remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos: Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo dispuesto establecido en las NB-SABS y el presente DBC. Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación. Declaro que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el artículo 96 Artículo 43 del Decreto Supremo Nº 0181, para participar en el proceso de contratación. Declaro y 140.3 garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la LCSPpropuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato. Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados por la entidad convocante al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes (no aplica para Consultoría Individual de Línea). Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la certificación de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores de presentar la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarial, tales como nombre del destinatario de trabajos efectuados o su importe, SELAE admitirá formas de acreditación alternativas de entre las previstas en el artículo 90 de la LCSP. Por lo que se refiere a los certificados comunitarios de empresarios comunitarios autorizados para contratar se estará a lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 de la LCSP. Cuando alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAE, el licitador quedará eximido de su presentación. En tal caso, deberá presentar una declaración responsable, firmada por el licitador o su representante, en la que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación alguna, indicando, en su caso, el número de expediente del procedimiento de contratación con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva entidad convocante tiene el derecho a comprobar descalificar la presente propuesta. Acepto a sola firma de este documento, que todos los formularios presentados se tienen por suscritos. Me comprometo a denunciar, posibles actos de corrupción en cualquier momento la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento el presente proceso de contratación, sin perjuicio en el marco de las consecuencias que lo dispuesto por la Ley N° 974 de ello se pudieran derivar Unidades de conformidad con el artículo 71 y siguientes de la LCSPTransparencia.

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Samples: www.bcb.gob.bo

Otros. 11.1 Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, contar con el disponible presupuestario necesario para hacer frente a las obligaciones que se deriven de este negocio jurídico. Cualquier otra documentación exigida en su caso al adjudicatario De igual forma deberá verificar que los recursos económicos puedan utilizarse válidamente para el fin propuesto en el apartado 30 del Cuadro Resumen Alternativamente, de contrato.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 y 140.3 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la LCSPAdministración Pública, “Corresponde a la certificación Administración y al contratista garantizar, según sea el caso, el cumplimiento de inscripción los permisos, licencias, estudios y en general cualesquiera otros requisitos previstos en el Registro Oficial ordenamiento jurídico para la ejecución del objeto contractual, sin que tales aspectos sean verificados durante el trámite de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores de presentar la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarial, tales como nombre del destinatario de trabajos efectuados o su importe, SELAE admitirá formas de acreditación alternativas de entre las previstas en el artículo 90 de la LCSPrefrendo. Por lo tanto, el otorgamiento del refrendo sin que se refiere la Contraloría General de la República incluya condicionamientos o recordatorios relativos al tipo de requisitos de ejecución antes señalados, en modo alguno exime a las partes de su cumplimiento.”  Deberá tener presente la Administración el deber de fiscalización del contrato, que debe asumir en los términos del artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa. Se deberán adoptar las medidas de control interno necesarias y suficientes a fin de contar con herramientas idóneas que determinen el ajuste de la ejecución contractual a los certificados comunitarios términos fijados en el contrato y los estudios técnicos emitidos al efecto. La adecuada y oportuna fiscalización, así como el contar con el recurso humano idóneo, es una responsabilidad que debe ser asumida con el rigor que el caso exige. Así deberá velar por el adecuado uso de empresarios comunitarios autorizados para contratar los fondos públicos.  La Administración, en su calidad de fideicomitente, únicamente deberá realizar aquellas obligaciones a las cuales se estará a compromete en el contrato de fideicomiso, sin asumir obligaciones que sean propias del fiduciario.  Las modificaciones contractuales deberán ser acordes con lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 12 de la LCSP. Cuando alguno Ley de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAE, el licitador quedará eximido Contratación Administrativa y 200 de su presentaciónReglamento Se advierte que la verificación de las anteriores consideraciones, será responsabilidad exclusiva de la MBA Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en su condición de Secretaria Técnica a.i. del Consejo Nacional de Concesiones, o en su defecto de la persona que ejerza este cargo. En tal casocaso de que no resulte competente para verificarlas, deberá presentar una declaración responsableserá su responsabilidad instruir o comunicar a la dependencia que corresponda, firmada por para ejercer el licitador o su representantecontrol sobre las observaciones antes señaladas. Atentamente, en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx contiene la versión de contrato y anexos que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación algunarefrendan. EHL/KGVC/MALV/LCHA/FHB/pus NI: 35894-2015, indicando233, en su caso4187,6750,7666, el número de expediente del procedimiento de contratación con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva el derecho a comprobar en cualquier momento la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contratación7667, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad con el artículo 71 y siguientes de la LCSP.10626,1098812018,12785,1341215986,16276

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Samples: cgrfiles.cgr.go.cr

Otros. 11.1. Cualquier otra documentación exigida en su caso Justificantes correspondientes al adjudicatario en el apartado 30 del Cuadro Resumen Alternativamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 y 140.3 de la LCSP, la certificación de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores de presentar la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno pago de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarial, tales como nombre del destinatario anuncios de trabajos efectuados o su importe, SELAE admitirá formas de acreditación alternativas de entre las previstas en el artículo 90 de la LCSP. Por lo que se refiere a los certificados comunitarios de empresarios comunitarios autorizados para contratar se estará a lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 de la LCSP. Cuando alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAE, el licitador quedará eximido de su presentación. En tal caso, deberá presentar una declaración responsable, firmada por el licitador o su representante, en la que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación alguna, indicandolicitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, para la comprobación por parte de Aljarafesa del cumplimiento de los requisitos exigidos en el número Pliego de expediente Prescripciones Técnicas que rigen la presente contratación. Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, se procederá a la formalización del procedimiento correspondiente contrato dentro de contratación los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación. Durante la vigencia de este Contrato de Servicio, Aljarafesa podrá requerir al Contratista que presente cualquier otro tipo de documentación que esté vinculada al objeto del presente Contrato. En caso de no presentar el adjudicatario la documentación que se le requiera o que la misma no se entregue en los plazos establecidos en la comunicación de adjudicación que Aljarafesa verifique, así como, por otras causas imputables al mismo por las que no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aljarafesa hará suya la garantía provisional en concepto de indemnización, procediéndose entonces a recabar la misma documentación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en función al precio más bajo en segundo lugar, y así sucesivamente. Igualmente, efectuada la adjudicación, de forma previa a la firma del contrato, se comprobará por Xxxxxxxxxx, por el mecanismo que ésta estime conveniente, incluso pudiendo ir a realizar una verificación in situ, que el adjudicatario dispone de los medios, humanos y materiales, comprometidos en la oferta para la ejecución del Servicio objeto de la licitación. De no cumplimentarse este requerimiento, se revocará la adjudicación, con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva el derecho pérdida de la fianza provisional, y pasará a comprobar en cualquier momento tramitarse la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contrataciónmisma, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad para este caso, con el artículo 71 siguiente licitador mejor valorado. Durante la vigencia de este Contrato, Xxxxxxxxxx podrá requerir al contratista que acredite encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y siguientes la Seguridad Social. El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de la LCSPsu otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a Xxxxxxxxxx una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de UN (1) MES desde su formalización.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación Del Servicio De Seguridad en Las Instalaciones De Aljarfesa

Otros. 11.1. Cualquier otra documentación exigida en su caso Justificantes correspondientes al adjudicatario en el apartado 30 del Cuadro Resumen Alternativamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 y 140.3 de la LCSP, la certificación de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores de presentar la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno pago de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarial, tales como nombre del destinatario anuncios de trabajos efectuados o su importe, SELAE admitirá formas de acreditación alternativas de entre las previstas en el artículo 90 de la LCSP. Por lo que se refiere a los certificados comunitarios de empresarios comunitarios autorizados para contratar se estará a lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 de la LCSP. Cuando alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAE, el licitador quedará eximido de su presentación. En tal caso, deberá presentar una declaración responsable, firmada por el licitador o su representante, en la que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación alguna, indicandolicitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, para la comprobación por parte de Aljarafesa del cumplimiento de los requisitos exigidos en el número Pliego de expediente Prescripciones Técnicas que rigen la presente contratación. Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, se procederá a la formalización del procedimiento correspondiente contrato dentro de contratación los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación. Durante la vigencia de este Contrato de Servicio, Aljarafesa podrá requerir al Contratista que presente cualquier otro tipo de documentación que esté vinculada al objeto del presente Contrato. En caso de no presentar el adjudicatario la documentación que se le requiera o que la misma no se entregue en los plazos establecidos en la comunicación de adjudicación que Aljarafesa verifique, así como, por otras causas imputables al mismo por las que no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, Aljarafesa hará suya la garantía provisional en concepto de indemnización, procediéndose entonces a recabar la misma documentación al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en función al precio más bajo en segundo lugar, y así sucesivamente. Igualmente, efectuada la adjudicación, de forma previa a la firma del contrato, se comprobará por Xxxxxxxxxx, por el mecanismo que ésta estime conveniente, incluso pudiendo ir a realizar una verificación in situ, que el adjudicatario dispone de los medios, humanos y materiales, comprometidos en la oferta para la ejecución del Servicio objeto de la licitación. De no cumplimentarse este requerimiento, se revocará la adjudicación, con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva el derecho pérdida de la fianza provisional, y pasará a comprobar en cualquier momento tramitarse la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contrataciónmisma, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad para este caso, con el artículo 71 siguiente licitador mejor valorado. . Durante la vigencia de este Contrato, Xxxxxxxxxx podrá requerir al contratista que acredite encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y siguientes la Seguridad Social. El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de la LCSPsu otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a Xxxxxxxxxx una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de UN (1) MES desde su formalización.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación Del Servicio De Comprobación De Fugas Y Fraudes en Las Redes De Abastecimiento Que Gestiona La Empresa Mancomunada Del Aljarafe

Otros. 11.1. Cualquier otra documentación exigida en su caso al adjudicatario en el apartado 30 del Cuadro Resumen Alternativamente, de conformidad Cumpliendo con lo dispuesto establecido en el artículo 96 y 140.3 4 de la LCSPley N° 19.628, la certificación CND autoriza a Natura a tratar sus datos personales para la ejecución de inscripción este Contrato y el desarrollo de su actividad para que de esta manera Natura pueda brindarle un mejor servicio. Natura informa a la CND que tiene mecanismos automatizados que registran su interacción en el Registro Oficial Sitio. Natura sólo registrará y analizará esta información en forma estadística, con la finalidad de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores usarla para mejorar sus servicios, procedimientos de presentar atención e iniciativas comerciales. Con la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse finalidad indicada precedentemente, esta información será procesada directamente por Natura o por terceros proveedores de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarialésta, tales como nombre Raccoon, Salesforce, Gigya, Fidelizador, Criteo, Chaordic, , Mindshare y Xyclon , velando por que se apliquen adecuados estándares de confidencialidad. Lo anterior es sin perjuicio del destinatario deber de trabajos efectuados Natura de informar a terceros algunos de estos datos, de acuerdo con la normativa vigente o su importea requerimiento de una autoridad competente. Se deja expresa constancia que la CND goza de todos los derechos que les confieren la Ley N°19.628, SELAE admitirá formas y en particular cuenta con la posibilidad de acreditación alternativas ejercer los derechos de información, cancelación o bloqueo de datos personales en conformidad con esta Ley. Natura dispondrá de procedimientos rápidos y eficaces para permitir tales ejercicios e informará de forma adecuada el estado de los requerimientos de las CNDs. En el evento de que alguna cláusula de este Contrato o parte de ella sea declarada nula o ineficaz, por cualquier causa, dicha nulidad o falta de eficacia no afectará la validez del Contrato ni de ninguna otra disposición en él contenida. Este Contrato no podrá cederse total ni parcialmente por ninguna de las partes, sin previa y expresa autorización por escrito de la otra. La CND no podrá subcontratar los servicios objeto de este Contrato, sin la aceptación previa y por escrito de Natura. El presente contrato y sus anexos contienen el acuerdo íntegro entre las previstas en partes y sustituyen a cualquier otro acuerdo, contrato o negociaciones anteriores entre las mismas. Este contrato sólo podrá ser modificado por escrito y no reemplaza ni revoca el artículo 90 contrato de la LCSP. Por lo que se refiere a los certificados comunitarios de empresarios comunitarios autorizados para contratar se estará a lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 de la LCSP. Cuando alguno de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAEConsultor Comisionista Independiente, el licitador quedará eximido de su presentación. En tal caso, deberá presentar una declaración responsable, firmada por el licitador o su representante, en la que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación alguna, indicando, en su caso, el número de expediente del procedimiento de contratación con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva el derecho a comprobar en cualquier momento la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contratación, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad con el artículo 71 y siguientes de la LCSPmantiene plenamente vigente.

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Samples: Contrato De Consultor(A)

Otros. 11.1Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, contar con el disponible presupuestario necesario para hacer frente a las obligaciones que se deriven de este negocio jurídico. Cualquier otra documentación exigida en su caso al adjudicatario De igual forma deberá verificar que los recursos económicos puedan utilizarse válidamente para el fin propuesto en el apartado 30 del Cuadro Resumen Alternativamente, de contrato. • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 y 140.3 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la LCSPAdministración Pública, “Corresponde a la certificación Administración y al contratista garantizar, según sea el caso, el cumplimiento de inscripción los permisos, licencias, estudios y en general cualesquiera otros requisitos previstos en el Registro Oficial ordenamiento jurídico para la ejecución del objeto contractual, sin que tales aspectos sean verificados durante el trámite de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores de presentar la documentación correspondiente a los datos que figuren en dicho Registro. Esta certificación deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador o su representante en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la correspondiente certificación no han experimentado variación. Cuando por razones de confidencialidad no pueda aportarse alguno de los datos incluidos en la documentación anteriormente citada, en particular datos referidos a la solvencia técnica o empresarial, tales como nombre del destinatario de trabajos efectuados o su importe, SELAE admitirá formas de acreditación alternativas de entre las previstas en el artículo 90 de la LCSPrefrendo. Por lo tanto, el otorgamiento del refrendo sin que se refiere la Contraloría General de la República incluya condicionamientos o recordatorios relativos al tipo de requisitos de ejecución antes señalados, en modo alguno exime a las partes de su cumplimiento.” • Deberá tener presente la Administración el deber de fiscalización del contrato, que debe asumir en los términos del artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa. Se deberán adoptar las medidas de control interno necesarias y suficientes a fin de contar con herramientas idóneas que determinen el ajuste de la ejecución contractual a los certificados comunitarios términos fijados en el contrato y los estudios técnicos emitidos al efecto. La adecuada y oportuna fiscalización, así como el contar con el recurso humano idóneo, es una responsabilidad que debe ser asumida con el rigor que el caso exige. Así deberá velar por el adecuado uso de empresarios comunitarios autorizados para contratar los fondos públicos. • La Administración, en su calidad de fideicomitente, únicamente deberá realizar aquellas obligaciones a las cuales se estará a compromete en el contrato de fideicomiso, sin asumir obligaciones que sean propias del fiduciario. • Las modificaciones contractuales deberán ser acordes con lo dispuesto en el artículo 97 y 140.3 12 de la LCSP. Cuando alguno Ley de los documentos señalados en los apartados anteriores hubiera sido presentado con anterioridad a SELAE, el licitador quedará eximido Contratación Administrativa y 200 de su presentaciónReglamento Se advierte que la verificación de las anteriores consideraciones, será responsabilidad exclusiva de la MBA Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en su condición de Secretaria Técnica a.i. del Consejo Nacional de Concesiones, o en su defecto de la persona que ejerza este cargo. En tal casocaso de que no resulte competente para verificarlas, deberá presentar una declaración responsableserá su responsabilidad instruir o comunicar a la dependencia que corresponda, firmada por para ejercer el licitador o su representantecontrol sobre las observaciones antes señaladas. Atentamente, en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx contiene la versión de contrato y anexos que manifieste que tanto el documento en sí como todos los datos expresados en el mismo continúan siendo plenamente vigentes y no se ha producido modificación algunarefrendan. EHL/KGVC/MALV/LCHA/FHB/pus NI: 35894-2015, indicando233, en su caso4187,6750,7666, el número de expediente del procedimiento de contratación con motivo del cual se presentó el documento. SELAE se reserva el derecho a comprobar en cualquier momento la veracidad de lo declarado y a solicitar cuanta justificación documental o aclaraciones complementarias considere precisas sobre los datos declarados. La falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar a SELAE cualesquiera otros datos conllevará la exclusión del licitador del procedimiento de contratación7667, sin perjuicio de las consecuencias que de ello se pudieran derivar de conformidad con el artículo 71 y siguientes de la LCSP.10626,1098812018,12785,1341215986,16276

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Samples: cgrfiles.cgr.go.cr