Contratistas Independientes Cláusulas de Ejemplo

Contratistas Independientes. La relación entre las partes es la de contratistas independientes y no de sociedad, empresa conjunta, empleo, franquicia o agencia. Ninguna parte puede incurrir en obligaciones en nombre de la otra sin el consentimiento previo por escrito de la otra, excepto si está expresamente indicado aquí.
Contratistas Independientes. El presente Contrato no constituirá el hecho de que alguna de las partes sea agente de la otra o la creación de una asociación, Joint Venture, UT y/o empresa conjunta o relación similar entre las partes y ninguna de ellas tendrá el poder de obligar a la otra de modo alguno. En todos los aspectos, cada parte actuará en todo momento como contratista independiente para todos los efectos del presente Contrato.
Contratistas Independientes. Las partes son consideradas contratistas independientes y ninguna de las estipulaciones del presente instrumento serán consideradas como una coinversión (Joint Venture), o relación de agente, mandatario, patrón o empleado entre las partes, sus filiales, matrices o subsidiarias.
Contratistas Independientes. Las Partes son contratistas independientes, GP Technology, y el Afiliado actuarán como contratistas independientes y ninguno de ellos, ni sus empleados (incluyendo, sin limitar cualquier personal subcontratado) serán considerados empleados, agentes, funcionarios o representantes de cualquiera de las Partes del presente Contrato distinta de la Parte correspondiente. Ninguna disposición del presente Contrato deberá ser interpretada en el sentido de (a) crear cualquier asociación, empresa en participación, relación de agencia o sociedad entre las Partes, o imponer cualquier obligación o responsabilidad relacionada a cualquier Parte; o (b) otorgar a cualquier Parte cualquier derecho, poder o autoridad para celebrar cualquier contrato o instrumento, o para actuar como agente o representante de, o de cualquier otra forma obligar a la otra Parte.
Contratistas Independientes. DSM y el Cliente son partes independientes, y la relación creada por la presente no se considerará como la de principal y agente. Ninguna venta u obligación de cualquiera de las partes con respecto a un tercero obligará de ninguna manera a la otra parte.
Contratistas Independientes. El Vendedor es un contratista independiente. Todas las personas a las que el Vendedor encargue la prestación de servicios son empleados del Vendedor. Nada de lo que se contiene en este Pedido de Compras, y ninguna conducta, comunicación, práctica comercial o desarrollo de transacciones, se interpretarán y se considerarán que crean cualquier sociedad comanditaria, .joint venture., relación de agencia o fiduciaria entre las partes o sus filiales o afiliadas.
Contratistas Independientes. Las partes no pretenden que la Orden de Compra constituya, cree, dé efecto o reconozca de otro modo una empresa conjunta, una sociedad o una organización comercial formal de cualquier tipo. Cada parte actuará como un contratista independiente, y ninguna actuará como agente de la otra para ningún propósito. Ninguna de las partes tiene autoridad para asumir o crear ninguna obligación, expresa o implícita, en nombre de la otra.
Contratistas Independientes. Este acuerdo no constituye a una parte como el agente de la otra; no crea una alianza, ni una iniciativa conjunta, ni una relación similar entre las partes y ninguna tendrá el poder de obligar o comprometer a la otra o crear una obligación para con la otra de ninguna manera, ni con ningún propósito distinto al estipulado expresamente en este acuerdo. Las partes de este acuerdo deberán actuar como contratistas independientes en todos los aspectos.
Contratistas Independientes. Las Partes actuarán como contratistas independientes para todos los efectos previstos en estos Términos de Venta. Estos Términos de Venta, no se crea ninguna agencia, sociedad o empresa conjunta.
Contratistas Independientes. Las partes al presente Acuerdo son contratistas independientes. Ninguna de las partes es agente, representante, o socio de la otra. Ninguna de las partes tendrá ningún derecho, poder o autoridad de celebrar ningún acuerdo por o a nombre de, ni a incurrir en ninguna obligación o responsabilidad de, o de otra forma vincular, a la otra parte. El presente Acuerdo no será interpretado como que crea una asociación o sociedad de personas entre las partes ni impondrá ninguna obligación u obligación de sociedad sobre ninguna de las partes. Cada una de las partes asumirá sus propios costos y gastos en la ejecución del presente Acuerdo.