Pago Parcial Cláusulas de Ejemplo

Pago Parcial. Si el Banco recibe en cualquier momento una cantidad inferior a la cantidad total de cualquier Pago xxx Xxxxxxxx en ese momento vencido, deberá tener el derecho de asignar y aplicar la cantidad recibida en cualquier forma y para tales fines bajo el Convenio xx Xxxxxxxx como lo determine a su entera discreción.
Pago Parcial. Modalidad de pago mediante la cual el empleador del afiliado, subsidia un porcentaje del valor total de la afiliación del beneficiario del convenio corporativo. En esta modalidad de pago el saldo en cabeza del afiliado podrá ser cancelado a través de pago directo o de descuento de nómina, según el caso.
Pago Parcial. En cuanto a una pérdida cubierta por la presente Póliza, se entiende y acuerda que la Compañía permitirá un pago parcial del reclamo conforme a las disposiciones de esta Póliza. Para obtener el pago parcial de ese reclamo, el Asegurado debe presentar la declaración jurada del daño con la documentación sustentatoria. El Asegurado podrá lícitamente presentar un reclamo por los costos reales incurridos para efectuar reparaciones o reemplazos. Asimismo, se acuerda que los deducibles aplicables de conformidad con la presente Póliza deberán efectuarse antes de dar lugar a dicho pago parcial.
Pago Parcial. El Colegio aceptará sumas inferiores a la suma total adeudada solamente como pagos a cuenta. Cualquier cargo por pagos atrasados se aplicará a minorar los saldos de tasas pendientes en su xxxx.
Pago Parcial. La Concesionaria estará obligada a aceptar el pago parcial, siempre que el importe no sea menor al 80% (ochenta por ciento) del monto total de la factura global. Dicho pago será considerado como pago a cuenta, no cancelatorio, mientras que el saldo sufrirá los recargos e interés respectivos hasta el efectivo pago. Los pagos parciales se efectivo pago. Los pagos parciales se efectuarán antes de la fecha de vencimiento en las oficinas de la Concesionaria. Esta tendrá derecho de iniciar acciones judiciales a todos los propietarios en su conjunto, por los saldos adeudados. La Concesionaria no estará obligada a recibir más de un pago parcial, por lo que en caso de recibir un segundo, sin estar cancelado el primero tendrá derecho al corte de suministro en los términos del Art.:27 II)
Pago Parcial. Si en algún momento el Banco recibe una cantidad menor al monto total de cualquier Pago xxx Xxxxxxxx vencido, tendrá derecho a asignar y aplicar el monto así recibido de cualquier manera y para los fines del Acuerdo xx Xxxxxxxx, según lo determine a su entera discreción.
Pago Parcial. Si El Deudor realiza un abono al capital, superior al 50 % del balance pendiente, pagará al Banco la misma penalidad estipulada en el párrafo que antecede.
Pago Parcial. El Banco podrá pagar el cheque hasta el monto que alcance los fondos disponibles, no pudiendo el tenedor rechazar el pago parcial. En la práctica es usual que sea el propio xxxxxxx quien exige al Banco el pago parcial. En este caso el Banco deberá anotar en el mismo cheque la constancia del pago, en cuanto al monto, fecha y la persona a quien se le paga, quien a la vez deberá firmar el recibo correspondiente. El Art. 211.2 de la Ley de Títulos Valores establece que cuando el tenedor exija que se deje constancia de la causa que motiva la falta de pago, de ser el caso, el Banco girado estará obligado a realizar en forma previa el pago parcial con los fondos que hubiera y el tenedor está obligado a recibirlo. Por la diferencia, el Banco extenderá la constancia de falta de pago. Una vez protestado el cheque, no procederá el pago parcial del mismo, salvo que se pague en su totalidad. El Banco no está obligado a pagar los cheques en los siguientes casos:
Pago Parcial. Que el Arrendador acepte el pago parcial del alquiler y otros cobros vencidos no significará, bajo ninguna circunstancia, que renuncia a derecho legal alguno o que le conceda este Contrato de Arriendo, ni alterará ningún aviso de un proceso jurídico dado o en marcha por la tenencia de los Predios Arrendados.
Pago Parcial. Antes del cobro por jurisdicción coactiva el Tesorero Municipal previo concepto de la Secretaría de Hacienda Municipal y del Contralor Municipal puede autorizar la liquidación y pago parcial del impuesto dejando constancia de tal actuación en acta cuya copia se anexará al expediente.