Pagos netos Cláusulas de Ejemplo

Pagos netos. Todos los pagos realizados por el Acreditado al Acreditante conforme al presente Contrato, deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie, sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier Autoridad Gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en relación con los pagos mencionados.
Pagos netos. 3.17.4.1. El asegurador deberá obligarse en el sentido que los pagos que haga a la ANH deberán hacerse en pesos colombianos, libres de toda deducción por impuestos presentes y futuros, cargos, contribuciones, deducciones, tasas o retenciones, establecidos por cualquier jurisdicción competente. 3.17.4.2. El asegurador deberá obligarse en el sentido que si la ley requiere que él o cualquier entidad financiera deduzca y/o retenga cualquiera de estos rubros con respecto a cualquier suma que deba ser pagada bajo el seguro de responsabilidad civil extracontractual, la suma a pagar deberá aumentarse tanto como sea necesario de modo que, luego de hacer todas las deducciones y/o retenciones necesarias (incluyendo las deducciones y retenciones aplicables a las sumas adicionales que se deban pagar de conformidad con esta Cláusula), la ANH reciba en pesos colombianos un monto igual a la suma que hubiera recibido si tales deducciones y/o retenciones no se hubieran efectuado.
Pagos netos. El garante deberá obligarse en el sentido que los pagos que haga a la ANH deberán hacerse en pesos colombianos, libres de toda deducción por impuestos presentes y futuros, cargos, contribuciones, deducciones, tasas o retenciones, establecidos por cualquier jurisdicción competente.
Pagos netos. Todos los pagos realizados por el Suscriptor al Banco conforme al presente Xxxxxx deberán realizarse sin compensación o deducción de ninguna especie, sin retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier autoridad gubernamental respecto de dichos pagos, así como cualesquier recargos, multas, actualizaciones u otros accesorios en relación con los pagos mencionados.
Pagos netos. 1.16.5.1. El garante deberá obligarse en el sentido que los pagos que haga a la ANH deberán hacerse en la misma moneda en que fue emitida la garantía, libres de toda deducción por impuestos presentes y futuros, cargos, contribuciones, deducciones, tasas o retenciones, establecidos por cualquier jurisdicción competente. 1.16.5.2. El garante deberá obligarse en el sentido que si la ley requiere que él o cualquier entidad financiera deduzca y/o retenga cualquiera de estos rubros con respecto a cualquier suma que deba ser pagada bajo la garantía de cumplimiento, la suma a pagar deberá aumentarse tanto como sea necesario de modo que, luego de hacer todas las deducciones y/o retenciones necesarias (incluyendo las deducciones y retenciones aplicables a las sumas adicionales que se deban pagar de conformidad con esta Cláusula), la ANH reciba un monto igual a la suma que hubiera recibido si tales deducciones y/o retenciones no se hubieran efectuado.
Pagos netos. El Suscriptor pagará al Banco todas las sumas de principal e intereses, sin deducción por concepto o a cuenta de cualquier impuesto, derecho, contribución, tributo, retención, deducción, carga o cualquier otra responsabilidad fiscal que grave dichas cantidades en la actualidad o en lo futuro, pagadera en cualquier jurisdicción competente. Si en cualquier momento cualquier autoridad de cualquier jurisdicción competente con facultad para ello impone alguna carga o cobra cualquier impuesto, tributo, retención, deducción, carga u otra responsabilidad fiscal junto con intereses, sanciones, multas o cargos derivados de los mismos (en lo sucesivo a todos los impuestos, contribuciones, aprovechamientos, derechos, cargas, comisiones, cuotas, tarifas, o retenciones de cualquier naturaleza o clase, presentes o futuros, independientemente del lugar en el que sean determinados o impuestos, conjuntamente con los intereses, actualizaciones, recargos y multas derivados de dichos conceptos se les denominará “Impuestos”), sobre o respecto al presente Pagaré o a cualquier pago que se deba realizar conforme al mismo, el Suscriptor pagará oportunamente a la autoridad fiscal correspondiente, por cuenta del Banco, el monto de cualquiera de dichos Impuestos, y pagarán al Banco las cantidades adicionales que se requieran para asegurar que éste reciba la cantidad íntegra que habría recibido si no se hubiesen pagado dichos Impuestos, y entregará al Banco los recibos originales y, en su caso, otra constancia a satisfacción del Banco, del pago de cualquier Impuesto, dentro de los [●] días naturales siguientes a la fecha en que dicho Impuesto sea exigible y pagadero, conforme a las disposiciones legales aplicables.

Related to Pagos netos

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría. 2. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. 3. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta con complemento de nocturnidad.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Jurisdicción de empresas extranjeras Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

  • Licencias retribuidas Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

  • DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.

  • PLAZO DE ENTREGA “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. - -

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII