Intereses Moratorios Cláusulas de Ejemplo

Intereses Moratorios. En el caso que el Estado no pague puntualmente cualquier cantidad de capital conforme al presente Contrato, se causarán intereses moratorios sobre la cantidad de capital vencido y no pagado del Crédito desde la fecha en que dicho pago debió realizarse hasta su pago total, a la Tasa de Interés Moratoria, por el periodo en que ocurra y continúe el incumplimiento. Para calcular los intereses moratorios, la Tasa de Interés Moratoria aplicable se dividirá entre 360 (trescientos sesenta) y el resultado se aplicará al saldo del capital vencido y no pagado del Crédito, resultando así el interés moratorio de cada día de retraso en el pago, hasta la total liquidación de la parte vencida.
Intereses Moratorios. “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de este Anexo. Los intereses moratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, sobre la base de trescientos sesenta (360) días por año.
Intereses Moratorios. 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
Intereses Moratorios. En caso de que el Acreditado, deje de pagar puntualmente cualquier suma proveniente del capital que estuviere obligado a cubrir conforme a este Contrato, la cantidad no pagada causará intereses moratorios (en lugar de intereses ordinarios) a partir de la fecha en que debió ser cubierta hasta la fecha de su pago total, a la tasa de interés anual que resulte de multiplicar por 2 (dos) la Tasa de Interés Ordinaria que se obtenga conforme a la presente Cláusula, vigente en la fecha en que debió realizarse el pago (la “Tasa de Interés Moratorio”). Para calcular los intereses moratorios, la Tasa de Interés Moratorio aplicable se dividirá entre 360 (trescientos sesenta), y el resultado se aplicará al capital vencido y no pagado, incluyendo en su caso, las cantidades vencidas anticipadamente, resultando así el interés moratorio de cada día, que el Estado se obliga a pagar a la vista conforme al presente Contrato.
Intereses Moratorios. LAS PARTES acuerdan que SFS podrá cobrar intereses moratorios a partir de que el crédito sea considerado Crédito Vencido para Efectos Contables; estos intereses serán cargados sobre el saldo insoluto a razón de una TASA DE INTERÉS ANUAL MORATORIO igual a la que resulte de multiplicar la Tasa de Interés Anual Ordinaria Variable aplicable y que corresponda al Producto seleccionado, por un factor de hasta 1.5 veces (la “Tasa de Interés Anual Moratorio”). Los intereses moratorios no podrán ser cobrados al CLIENTE mientras el crédito no sea considerado Crédito Vencido para Efectos Contables, en donde corresponde el cobro de una COMISIÓN POR FALTA DE PAGO o una COMISIÓN POR PAGO TARDÍO O INOPORTUNO, según sea el caso, las cuales no podrán cobrarse al mismo tiempo. En caso de hacerse exigible el saldo total de la Línea de Crédito por rescisión del Contrato y en su caso vencimiento anticipado de la Línea de Crédito, el CLIENTE se obliga a pagar intereses moratorios sobre el saldo insoluto de la Línea de Crédito de acuerdo a la Tasa de Interés Anual Moratorio establecida anteriormente. El cálculo de los intereses moratorios se realizará considerando un año de 360 (trescientos sesenta) días, y los días efectivamente transcurridos.
Intereses Moratorios. Endoso inflacionario del 5% Cláusula de prelación. Cláusula de no-adhesión En el proyecto de póliza, la Compañia de Xxxxxxx deberá incluir sus condiciones generales, como las de convenio expreso así como las de este anexo técnico, incluyendo las exclusiones de sus contratos facultativos y de adhesión, en caso de que apliquen. Claúsula de recuperación de bienes como obra de arte ó de dificl ó imposible reposición, propiedad del inbal y/o donde tenga interes asegurable. Cuando se trate de reclamaciones declaradas como perdida total por robo, saquéo, hurto, y que la compañía de seguros haya indemnizado al inbal despues de haberse presentado la documentación necesaria para acreditar la propiedad dentro del marco de la ley, así como para garantizar la transmisión de la propiedad a la compañía de seguros, en caso de que aún no estando vigente la póliza y tiempo despues independientemente de que sean días ó años, y se logre encontrar ó recuperar los bienes indemnizados, deberán ser devueltos en forma inmediata al inbal, y posteriormente se harán las gestiones administrativas para efectuar las devoluciones que correspòndan, En caso de no hacer la inmediata devolución de los bienes al inbal, la compañía de seguros incirriria en responsabilidades por los daños y perjuicios que se ocasionarán en la demora de la devolución oportuna. Los valores de los bienes que se proporcionan, son Indexados al mes de Noviembre de 2008, de acuerdo a los costos de adquisición los cuales sé reexpresan a Valor de Reposición. Con los Indicadores Económicos del Banco de México. El Límite máximo de Responsabilidad para el Primer Riesgo en cada caso se obtuvo de la Perdida Máxima Probable sobre un porcentaje de los Valores Totales, considerando entre otros elementos, la mayor acumulación de riesgos y bienes expuestos a mayor riesgo, en la zona sísmica mas adversa. Se puede resumir que los tipos constructivos son todos macizos y se cuenta con extinguidores e hidrantes en todas las instalaciones propias y arrendadas, conforme al Reglamento de Protección Civil Vigente. Los inmuebles arrendados se cubrirán bajo la cobertura de Responsabilidad Civil Arrendatario, con excepción de aquellos que por contrato del “INBAL”, se tenga que cubrirlos como propios (en caso de siniestro se presentaran los contratos o convenios bajo los cuales se reconozca la responsabilidad civil legal ), (Se anexan relaciones de Xxxxxxxxx, Propios, Arrendados, los que están bajo su responsabilidad, de forma indicativa y no...
Intereses Moratorios. En caso de que la Aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la Reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización dentro de los 30 días naturales siguientes a haber recibido la totalidad de la información, la Aseguradora deberá pagar el interés moratorio que resulte aplicable en los términos de la ley de la materia. Lo dispuesto anteriormente no es aplicable en los casos a que se refiere la Ley de Protección y defensa al Usuario de Servicios Financieros, en los que deberá estarse a lo establecido por dicha ley y por el artículo 277 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
Intereses Moratorios. En caso de que "EL CLIENTE" no pague puntualmente alguna cantidad que debe cubrir en favor de "CIBANCO" conforme al presente Contrato, dicha cantidad devengará intereses moratorios desde la fecha de su vencimiento hasta que se pague totalmente, los intereses que se devengarán diariamente, que se pagarán a la vista y conforme a una tasa anualizada igual al resultado de multiplicar la tasa de interés ordinaria por 2 (DOS). Para calcular los intereses moratorios, la tasa anualizada de interés moratorio aplicable se dividirá entre 360 (TRESCIENTOS SESENTA) y el cociente se aplicará a los saldos insolutos y vencidos, resultando así el interés moratorio de cada día, que se ha obligado a pagar "EL CLIENTE" en términos de este Contrato.
Intereses Moratorios. En caso de que el Cliente no cubra oportunamente los pagos mensuales señalados como Pago Mínimo, o en general cualquier incumplimiento de pago derivado de este Contrato y solo si el Banco no cobra la comisión por gastos de cobranza señalada en el Contrato y en el Anexo de Comisiones, el Cliente deberá pagar al Banco intereses moratorios calculados sobre el total de las cantidades en atraso (incluidas en el Pago Mínimo), conforme a la tasa anual que resulte de multiplicar por 1.2 (uno punto dos) veces la tasa de intereses ordinarios. Los intereses moratorios se causarán durante todo el tiempo en que permanezcan insolutas las cantidades a cargo del Cliente. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. El Banco, en todo momento podrá optar por cobrar la Comisión por gastos de cobranza o por cobrar los intereses moratorios al Cliente. Las Tasas de Interés señaladas en la presente cláusula, serán dadas a conocer al Cliente a través de la Carátula respectiva del Contrato.
Intereses Moratorios. A partir del Día siguiente al último Día del Periodo de Disposición de la GPO, cualquier monto de principal, incluidos aquellos conceptos que se hubieran capitalizado y que formen parte de ese importe, que no sea íntegramente pagado en la Fecha de Pago en que deba cubrirse conforme a lo previsto en la Cláusula Décima del presente Contrato, devengará intereses moratorios a razón de una tasa anual igual a 1.5 (uno punto cinco) veces la tasa de interés ordinaria vigente en la fecha en que se presentó el incumplimiento. Los intereses moratorios que, en su caso, se generen: (i) se calcularán bajo una mecánica similar a la prevista en el numeral 9.1.1., únicamente en el Periodo de Amortización de la GPO sobre capital vencido, por cada mes transcurrido o fracción que corresponda desde la fecha de su vencimiento y hasta su total liquidación al Garante, y