Períodos de prueba. Todos los contratos de trabajo estarán sometidos a un período inicial de prueba que, superado, producirá plenos efectos. Los períodos de prueba vendrán determinados por las titulaciones requeridas para las adecuaciones y desarrollo del puesto de trabajo y la asignación a alguno de los grupos profesionales establecidos. Así, quedan determinados los siguientes: Grupos I y II: Seis meses. Grupos III, IV y V: Dos meses. En cualquier caso, todos los trabajadores con titulación media o superior estarán sometidos al período de prueba de seis meses. El desistimiento de la relación laboral durante el período de prueba no dará lugar a indemnización alguna a la otra parte. La situación de IT no interrumpirá el período de prueba.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Empresa Sociedad General Externalización
Períodos de prueba. Todos los contratos de trabajo estarán sometidos a un período inicial de prueba que, superado, producirá plenos efectos. Los períodos de prueba vendrán determinados por las titulaciones requeridas para las adecuaciones y desarrollo del puesto de trabajo y la asignación a alguno de los grupos profesionales establecidosque se establecen más adelante. Así, quedan determinados establecidos los siguientes: Grupos I 0,1 y II2: Seis Tres meses. Grupos III3, IV 4 y V5: Dos Cuatro meses. Grupos 6 y 7: Seis meses. En cualquier caso, todos los trabajadores y al amparo de cualquier circunstancia que pudiera darse, todas las personas empleadas con titulación media o superior estarán sometidos al período de prueba de seis 6 meses. El desistimiento de la relación laboral durante el período de prueba no dará lugar a indemnización alguna a la otra parte. La situación de IT no interrumpirá el período de prueba.
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Samples: www.ccoo.cat
Períodos de prueba. Todos los contratos de trabajo estarán sometidos a un período inicial de prueba que, superadosu- perado, producirá plenos efectos. Los períodos de prueba vendrán determinados por las titulaciones requeridas para las adecuaciones y desarrollo del puesto de trabajo y la asignación a alguno de los grupos profesionales profe- sionales establecidos. Así, quedan determinados los siguientes: Grupos I y II: Seis seis meses. Grupos III, IV y V: Dos dos meses. En cualquier caso, todos los trabajadores y trabajadoras con titulación media o superior estarán sometidos al período de prueba de seis meses. El desistimiento de la relación laboral durante el período de prueba no dará lugar a indemnización indem- nización alguna a la otra parte. La situación de IT no interrumpirá el período de prueba.
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Samples: www.araba.eus
Períodos de prueba. Todos los contratos de trabajo estarán sometidos a un período inicial de prueba que, superado, producirá plenos efectos. Los períodos de prueba vendrán determinados por las titulaciones requeridas para las adecuaciones y desarrollo del puesto de trabajo y la asignación a alguno de los grupos profesionales establecidosque se establecen más adelante. Así, quedan determinados establecidos los siguientes: Grupos I 0,1 y II2: Seis Tres meses. Grupos III3, IV 4 y V5 : Dos Cuatro meses. Grupos 6 y 7 : Seis meses. En cualquier caso, todos los trabajadores y al amparo de cualquier circunstancia que pudiera darse, todas las personas empleadas con titulación media o superior estarán sometidos al período de prueba de seis 6 meses. cve: BOE-A-2011-13493 El desistimiento de la relación laboral durante el período de prueba no dará lugar a indemnización alguna a la otra parte. La situación de IT no interrumpirá el período de prueba.
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Samples: www.ccoo.gal