Plan financiero Cláusulas de Ejemplo

Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para la Cámara de Madrid en la anualidad 2023, asciende a la cantidad de 468.949,00 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 € y será aportada por la Dirección General de Política Comercial. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 2023, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda...
Plan financiero. Factores a considerar: Certeza de las fuentes de financiación, proporción de recursos propios sobre total de los recursos, apoyo de inversores financieros en fondos propios (Friends & Family), capacidad para soportar y financiar pérdidas de explotación los primeros años.
Plan financiero. En la Tabla 00 xxx Xxxxx 0 se desarrolla el plan financiero del PGIRS para la presente revisión para los programas que requieren recursos del MUNICIPIO DE EL CAIRO o de otras entidades para el corto y mediano plazo. La tabla muestra la distribución porcentual por actividad, por proyecto, programa y por año de ejecución. El Municipio debe complementarlo con el ajuste del actual plan de desarrollo y con base en el decreto de adopción dejará al próximo gobierno el plan completamente desarrollado.
Plan financiero. El presupuesto previsto para la operación es el siguiente: Presupuesto total Servicios de Diagnóstico de Innovación comercial: Importe Máximo: 1.200€. Los costes de participación en el Diagnóstico de Innovación Comercial del Programa de Apoyo al Comercio Minorista incluirán el coste total de los servicios prestados por el técnico de la Cámara, con medios propios o subcontratando a los proveedores necesarios, así como todos aquellos gastos adicionales en que se incurra para la prestación del servicio, y serán prefinanciados en su totalidad por la Cámara. La tasa de financiación máxima xxx XXXXX será del 50%. El resto de la financiación será aportada por la Secretaria de Estado de Comercio. La financiación aportada por la Secretaria de Estado de Comercio se denominada financiación pública nacional y no proviene de fondos de origen europeo. Para justificar que la actuación ha sido realizada, la empresa deberá aportar la siguiente documentación (de acuerdo con la normativa europea y española aplicable): - Acta de recepción del servicio de Diagnóstico y cuestionario de satisfacción La operación, en las fases descritas previamente, deberá realizarse en las siguientes fechas: - Fecha de inicio: [Incluir fecha de resolución favorable a empresa] - Fecha fin operación: 30 de noviembre de 2019 Todo ello sin perjuicio de que las certificaciones de los gastos realizados se ajusten a los calendarios de justificación financiera comunicados por la Cámara de España, que le serán indicados desde su Cámara de Comercio.
Plan financiero. El presupuesto previsto para la operación es el siguiente: Presupuesto total Servicios de Diagnóstico de Innovación comercial: Importe Máximo: 1.200€. Los costes de participación en el Diagnóstico de Innovación Comercial del Programa Plan de Apoyo al Comercio Minorista incluirán el coste total de los servicios prestados por el técnico de la Cámara, con medios propios o subcontratando a los proveedores necesarios, así como todos aquellos gastos adicionales en que se incurra para la prestación del servicio, y serán prefinanciados en su totalidad por la Cámara. La tasa de financiación máxima xxx XXXXX será del (50%1). El resto de la financiación será aportada por la Secretaria de Estado de Comercio. La financiación aportada por la Secretaria de Estado de Comercio se denominada financiación pública nacional y no proviene de fondos de origen europeo. Para justificar que la actuación ha sido realizada, la empresa deberá aportar la siguiente documentación (de acuerdo con la normativa europea y española aplicable): - Acta de recepción del servicio de Diagnóstico y cuestionario de satisfacción La operación, en las fases descritas previamente, podrá realizarse hasta el 30 de noviembre de 2017. Todo ello sin perjuicio de que las certificaciones de los gastos realizados se ajusten a los calendarios de justificación financiera comunicados por la Cámara de España, que le serán indicados desde su Cámara de Comercio. 1 85% Canarias 80% Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura, Galicia, Melilla y Murcia 50% Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid, Navarra y País Xxxxx La empresa destinataria de los servicios mediante la firma del presente documento, queda obligada a: • Contar con la capacidad operativa para ello. • Participar activamente en la consecución de los objetivos del Programa. • Hacer el mejor uso de los servicios prestados en el marco del Programa Plan de Apoyo al Comercio Minorista en aras de una mejora de su competitividad. • Contestar a cualquier requerimiento que el Tutor, la Cámara, o la Cámara de Comercio de España le solicite, referente a su participación en el Programa. • Contestar a las encuestas u otro tipo de requerimientos por parte de los órganos control, seguimiento y evaluación del Programa Plan de Apoyo al Comercio Minorista. • Informar de la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en relación a la operación cofinanciada por el Programa. • Comunicar a l...
Plan financiero. La inversión total del Proyecto xx Xxx y Recuperación Nacional bajo este Convenio se anticipa que será de $201 millones; $166 millones en fondos de USAID sujeto a la disponibilidad de fondos y a las aprobaciones administrativas, y una contribución de contrapartida del GOES de $35 millones, incluyendo contribuciones generales de la moneda local ESF y PL-480 Título I, como se muestra en el cuadro siguiente. De los $166 millones en fondos de USAID que serán proporcionados bajo esta Donación, aproximadamente $146 millones se utilizarán para cubrir costos de moneda local. Por lo tanto, los gastos en moneda extranjera serán de aproximadamente $20 millones. La diferencia entre los $166 millones y el complemento total de apoyo para reconstrucción nacional, que se espera logrará un nivel de $250,000,000, sujeto a la disponibilidad de fondos y a las aprobaciones administrativas, incluye la asistencia proporcionada por medio de otros convenios de proyectos y actividades de moneda local. Las divisas financiarán asistencia técnica a corto y largo plazo y la compra de bienes, más los costos de apoyo, auditorías y evaluaciones del Proyecto. El financiamiento en divisas y moneda local también será proporcionado para una amplia gama de bienes y servicios utilizados en y por las diferentes agencias ejecutoras.
Plan financiero. El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx • Describa el Plan de inversiones inicial. CONCEPTO IMPORT % 1 Edificios, locales y terrenos. (Únicamente en caso de adquisición) 2 Maquinaria y Herramientas. (Todo tipo de máquinas necesarias para la producción, así como las herramientas necesarias para la actividad).
Plan financiero. El Plan Financiero abarca un periodo de cuatro años y establece las bases financieras a partir de las cuales se elaboran los presupuestos bienales. El Plan Financiero se elabora en el contexto de la Decisión 5 (Ingresos y gastos de la Unión) donde se indica, entre otras cosas, el importe de la unidad contributiva aprobada por la Conferencia de Plenipotenciarios. Está vinculado al Plan Estratégico, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 71, mediante la atribución de recursos financieros a los objetivos estratégicos de la Unión. Insumos Los insumos son recursos, por ejemplo, financieros, humanos, materiales y tecnológicos, utilizados por actividades para elaborar productos.
Plan financiero. Es un instrumento de planificación y gestión financiera donde se plasman las metas de política económica de la entidad y establecen las provisiones de ingresos y gastos, déficit y su financiación, compatible con el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) y las políticas cambiarias y monetarias.

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  • SITUACIÓN FINANCIERA La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI. El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro: Solvencia* Endeudamiento* Otro índice resuelto por la entidad contratante *

  • EQUILIBRIO ECONÓMICO FINANCIERO Las Partes reconocen que la situación de equilibrio económico financiero del Contrato, en términos de derechos, responsabilidades y riesgos asignados a las Partes, es la vigente a la Fecha de Cierre. Las Partes se comprometen a mantener el equilibrio económico financiero del Contrato durante su vigencia. La presente cláusula estipula un mecanismo de restablecimiento del equilibrio económico financiero, al cual tendrán derecho el CONCESIONARIO y el CONCEDENTE, en caso que la Concesión se vea afectada, exclusiva y explícitamente debido a cambios en las Leyes y Disposiciones Aplicables, en la medida que tenga exclusiva relación con aspectos económicos financieros vinculados a la variación de: i) costos de inversión, ii) ingresos o iii) costos de operación y mantenimiento relacionados con la prestación del Servicio. Cualquiera de las Partes que considere que el equilibrio económico financiero del Contrato se ha visto afectado, podrá invocar su restablecimiento cuando se hubiese alcanzado el porcentaje establecido en la Cláusula 15.6, proponiendo por escrito a la otra Parte y con la suficiente sustentación las soluciones y procedimientos a seguir para su restablecimiento. La copia de la solicitud será remitida al OSINERGMIN, para que emita una opinión técnico–económica con relación a lo solicitado en el plazo de veinte (20) Días, la cual será evaluada por el CONCEDENTE sin que dicha opinión sea vinculante. La Parte que recibe la solicitud deberá responderla dentro de los treinta (30) Días. En caso existan observaciones, éstas deberán ser absueltas en un plazo máximo de treinta (30) Días de recibida la notificación, debiendo comunicarse el pronunciamiento dentro de los treinta (30) Días siguientes. Si la Parte solicitante no estuviese de acuerdo con lo resuelto, podrá considerar que se ha producido una controversia no Técnica, la cual será resuelta de conformidad con la Cláusula 14. Los plazos previstos en esta cláusula podrán ser ampliados por acuerdo entre las Partes. La Parte afectada podrá invocar ruptura del equilibrio económico financiero en los siguientes momentos: Dentro de los seis (6) primeros meses contados a partir de la Puesta en Operación Comercial, para lo dispuesto en el Literal a) de la Cláusula 15.6. Después de vencidos doce (12) meses contados desde la Puesta en Operación Comercial y durante la vigencia del Contrato, para lo dispuesto en el Literal b) de la Cláusula 15.6. El restablecimiento del equilibrio económico financiero se efectuará sobre la base de los estados financieros auditados (o de la información utilizada en la elaboración de los mismos) del CONCESIONARIO del período en el que se verifiquen las variaciones de los ingresos, costos de inversión o costos de operación y mantenimiento anteriormente referidas u otra documentación que acuerden las Partes. Si el CONCESIONARIO cuenta con varias concesiones, deberá entregar la información adicional necesaria que sustente la división de ingresos o costos, como corresponda, entre sus diversas concesiones. El equilibrio económico financiero será restablecido si, como consecuencia de lo señalado en la Cláusula 15.2, y en comparación con lo que habría pasado en el mismo período si no hubiesen ocurrido los cambios a que se refiere dicha cláusula: Varíe los costos de inversión realizados por el CONCESIONARIO desde la Fecha de Cierre hasta la Puesta en Operación Comercial en un equivalente al diez por ciento (10%) o más, del Costo de la Inversión señalado en el literal b) de la Cláusula 8.1, debiendo considerarse para el restablecimiento del equilibrio económico financiero, la totalidad de la variación; o, Se afecte los ingresos o los costos de operación y mantenimiento del Servicio de manera tal que la diferencia entre los ingresos menos los costos de operación y mantenimiento del CONCESIONARIO en la explotación del Servicio, durante un período de doce (12) meses consecutivos o más, varíe en el equivalente al diez por ciento (10%) o más de la Base Tarifaria vigente. El cálculo del impacto por cambio en las Leyes y Disposiciones Aplicables se realiza en comparación con lo que habría pasado en el mismo periodo si no hubiesen ocurridos los cambios. En el supuesto del Literal b) de la Cláusula 15.6, si el cambio en Leyes y Disposiciones Aplicables tiene efectos en ejercicios posteriores, la Parte afectada podrá volver a solicitar el restablecimiento del equilibrio económico, siempre que el desequilibrio alcance el porcentaje señalado en dicho Literal. No se considerará aplicable lo indicado en esta cláusula para aquellos cambios producidos como consecuencia de las disposiciones expedidas por la Autoridad Gubernamental Competente, que fijen infracciones o sanciones, o la aplicación de penalidades que estuviesen contempladas en el Contrato o que fueran como consecuencia de actos, hechos imputables o resultado del desempeño del CONCESIONARIO. La existencia de un desequilibrio sólo podrá dar lugar a la modificación de las disposiciones contenidas en el presente Contrato para efectos de restablecer el equilibrio, mas no dará lugar a la suspensión ni a la resolución del Contrato.

  • Estados Financieros Los proponentes deberán anexar los siguientes documentos legibles, para el desarrollo de la evaluación financiera: - Estados Financieros del año 2017. - Notas a los Estados Financieros del año 2017. - Dictamen del revisor Fiscal año 2017 (Si aplica). - Declaración xx Xxxxx año 2017 y conciliación fiscal (documento requerido para verificación de cifras contables vs cifras fiscales). - Estados Financieros del año 2018. - Notas a los Estados Financieros del año 2018. - Dictamen del revisor Fiscal año 2018 (Si aplica). - Declaración xx Xxxxx año 2018 y conciliación fiscal (documento requerido para verificación de cifras contables vs cifras fiscales). - Estados Financieros provisionales con corte al mes xx xxxxx de 2019 - Certificación de variación y/o hechos ocurridos en el ejercicio 2019 que puedan afectar la situación financiera del oferente con corte al mes xx xxxxx de 2019, según el anexo H. - Copia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal. - Copia del Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador Público y del Revisor Fiscal (Vigencia de 3 meses). - Copia legible del RUT El análisis financiero se realizará en función de los dos últimos años cerrados, es decir 2017 y 2018. En caso de requerir subsanación de requerimientos financieros, el proponente tendrá hasta 3 días hábiles para entregar la documentación solicitada, de lo contrario la propuesta será inhabilitada.

  • CAPACIDAD FINANCIERA El oferente deberá presentar junto con la propuesta, los siguientes documentos en forma legible, en español y las cifras deben estar representadas en Pesos Colombianos: Balance General y Estado de Resultados con corte de ejercicio al 30 de septiembre de 2016, los estados financieros requeridos deben estar firmados por el Representante Legal y Contador. Adicional deben estar avalados por el Revisor Fiscal cuando la ley lo exija. Se debe anexar la copia de la tarjeta profesional del Contador y Revisor Fiscal, la certificación sobre su vigencia expedida por la Junta Central de Contadores, no debe tener fecha de expedición anterior a un (1) mes a la fecha de presentación de la oferta. Los interesados en participar en este proceso, deberán demostrar que cumplen con los indicadores financieros de acuerdo a la información establecida en la documentación solicitada. La verificación del cumplimiento de la capacidad financiera mínima exigida por Fiduagraria S.A. es un requisito habilitante para la participación de la propuesta en el proceso de selección. La Fiduciaria realizará la verificación de los requisitos habilitantes financieros de los proponentes o los integrantes de consorcios o uniones temporales con la información financiera actualizada a 30 de septiembre de 2016. La verificación de la capacidad financiera señalada en el numeral 38.1 no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores. Las cuentas definidas para obtener el Activo Corriente, Activo Fijo, Otros Activos, Activo Total, Pasivo Corriente, Pasivo Mediano y Largo Plazo, Pasivo Total, Total Patrimonio, Utilidad Operacional y Gastos de Intereses deberán ser tomadas de los Estados Financieros. La omisión del ANEXO pertinente, y los errores en él contenido serán subsanables. En ningún caso se podrán acreditar circunstancias o hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación. No cumplir con todos y cada uno de los requisitos de carácter financiero establecidos dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO CUMPLE. NOTA 1: La verificación de los indicadores financieros y de capacidad organizacional se realizará tomando como referencia dos decimales, prescindiendo de cualquier fórmula de redondeo o aproximación.

  • INFORMACIÓN FINANCIERA Con el fin de actualizar el Documento de Registro, se incluye a continuación el balance de situación consolidado y la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada de Unicaja Banco a 31 de diciembre de 2011, que a fecha de registro del presente Folleto de Base, están pendientes de auditar. Debido a que Unicaja Banco es una entidad de reciente creación, no se dispone de información financiera histórica. No obstante, se recoge a continuación el balance de situación consolidado auditado y la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada auditada de Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén (Unicaja) a 31 de diciembre de 2010 y a 31 de diciembre de 2009, a efectos comparativos, dado que la segregación de Unicaja a Unicaja Banco se ha realizado al 99,6% del total activo. Estos datos han sido elaborados según los modelos, principios contables y normas de valoración establecidos por la Circular 4/2004 de Banco de España, de aplicación a partir del 1 de enero de 2005. La circular 4/2004 fue modificada por la Circular 6/2008, de 26 de noviembre, por el Banco de España y por la Circular 3/2010, de 29 xx xxxxx, entre otras. Según la nota 1.5 de las Cuentas Anuales consolidadas de “Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén”, las cifras correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 incorporan los saldos procedentes de la entidad fusionada “Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén”. En el análisis comparativo de los saldos, ha de considerarse, que los saldos relativos al ejercicio 2009 hacen referencia exclusivamente a aquellos incluidos en las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2009 de “Xxxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera” (entidad absorbente), de acuerdo con la normativa que resulta de aplicación. A 31 de diciembre de 2009 los activos totales consolidados y patrimonio neto consolidado de “Caja Provincial de Ahorros xx Xxxx” representaban un 2,87% y un 2,14%, respectivamente sobre los activos totales consolidados y sobre el patrimonio neto consolidado de “Xxxxx xx Xxxxxx y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén”. BALANCE DE SITUACIÓN CONSOLIDADO DE UNICAJA BANCO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 CON RESPECTO A UNICAJA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009 CAJA Y DEPÓSITOS EN BANCOS CENTRALES 707.949 336.925 928.838 371.024 110,12% CARTERA DE NEGOCIACIÓN 52.513 45.711 137.174 6.802 14,88% Depósitos en entidades de crédito - - - - - Crédito a la clientela - - - - - Valores representativos de deuda 44.632 43.732 135.268 900 2,06% Instrumentos de capital 3.675 - 267 3.675 100,00% Derivados de negociación 4.206 1.979 1.639 2.227 112,53% Pro-memoria: Prestados o en garantía 9.233 - - 9.233 100,00% OTROS ACTIVOS FINANCIEROS A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN PÉRDIDAS Y GANANCIAS - - - - -

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la cláusula 21.2 de condiciones específicas del contrato. Solvencia económica y financiera Respuesta

  • Solvencia económica, financiera y técnica Incorporación de cláusulas sociales, ambientales y de innovación como criterios de selección: No procede. Como criterios sociales Como criterios ambientales Como criterios de innovación Acreditación de la solvencia económica y financiera: Los licitadores deberán acreditar un volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, deberá ser al menos una vez y media: • El valor estimado del contrato (o de los lotes a que se licite) cuando su duración no sea superior a un año. • O el valor anual medio del contrato (o de los lotes a que se licite) cuando su duración sea superior al año. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1203015106077041439096 El propuesto adjudicatario deberá acreditar esta solvencia con la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Si por razones justificadas el licitador no está en condiciones de presentar la referencia solicitada, podrá acreditar su solvencia mediante: Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a una anualidad del presupuesto máximo de licitación. *Se deberá acreditar esta solvencia con una declaración expresa responsable del licitador; y el propuesto adjudicatario deberá acreditar esta solvencia con la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (o de los lotes a los que licite) Los suministros efectuados se acreditarán mediante la presentación de un mínimo de tres certificados dentro de los últimos tres años, indicando importes, expedidos o visados por el órgano competente, cuyo importe cubra el 70% como mínimo del valor estimado del contrato (o de los lotes a los que licite). La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1203015106077041439096 Para acreditar que los suministros tienen igual naturaleza, los certificados indicaran los tres primeros dígitos del CPV. Si por razones justificadas documentalmente (ausencia de actividad en todos o alguno de los tres últimos ejercicios fiscales) un empresario no puede facilitar la declaración exigida, en los párrafos anteriores, la acreditará mediante cualquiera de los siguientes medios: Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales: NO

  • OTROS SERVICIOS 2.1.3.1. El contratista deberá ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones dentro del área de cobertura del proyecto, que su solución tecnológica permita brindar de manera convergente. Los ingresos por estos servicios deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del proyecto. 2.1.3.2. La subvención asignada a los proyectos está afectada a la existencia de un déficit, por lo que es una obligación de los oferentes promover diseños de red, uso de tecnologías y modelos de negocio para hacer el uso más eficiente de dichos recursos. El oferente se obliga a maximizar las inversiones aprovechando todas las posibilidades de explotación de la red subvencionada y todas las oportunidades de negocios posibles, aprovechándose de las economías de escala y de alcance. La oferta debe plantear un modelo de negocio orientado a la explotación de todos los tipos de servicios posibles. Esta obligación de eficiencia del uso de recursos públicos comprende concretar en la oferta la mayor rentabilización de los recursos, con lo cual se promueva una más pronta rentabilidad del proyecto (ingresos adicionales) y, sobre todo, una mayor cobertura de todo tipo de servicios rentables para los habitantes de las zonas cubiertas por el proyecto (economía de alcance). 2.1.3.3. Debido al carácter de fondos públicos (por la subvención), que los proyectos son actividades inherentes al Estado, así como las ventajas de ejecución de un proyecto subvencionado en una zona no rentable; el operador adjudicado no puede perjudicar las oportunidades de rentabilización del proyecto ni lesionar de ninguna forma el fin último al que está afectado la subvención que recibe y, sobre todo, en detrimento del derecho de los habitantes de las zonas cubiertas por el proyecto a beneficiarse del uso eficiente de la subvención y del proyecto en general. 2.1.3.4. El operador se compromete y obliga a no tomar ninguna decisión de negocio o realizar alguna conducta que perjudique al proyecto subvencionado, como pero no limitado a: competir con el proyecto subvencionado de servicio universal con proyectos o despliegues de redes separados, sin ninguna justificación suficiente y viable, tanto técnica, financiera como jurídicamente. Es por ello, que las ofertas deben plantearse con diseños de red, uso de tecnologías y modelos de negocio que permitan prever el cumplimiento del uso más eficiente de los recursos y a través de la maximización de la explotación de las redes (economías de escala), sea para ofrecer todo tipo de servicios posibles (economías de alcance) sin restringirse a los servicios mínimos indicados en el cartel. Se exceptúan los proyectos que sean de acceso universal, servicio universal y solidaridad.

  • MONTO AFIANZADO La institución de fianzas, en los términos de la legislación aplicable a la materia, se compromete a pagar al beneficiario, hasta el monto de esta póliza, que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del contrato indicado en la carátula de esta póliza, más la indemnización por xxxx que, en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.