Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para la Cámara de Madrid en la anualidad 2023, asciende a la cantidad de 468.949,00 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 € y será aportada por la Dirección General de Política Comercial. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 2023, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda al presente convenio, firmada por ambas partes. Se podrán redistribuir fondos entre anualidades en el caso de que la evolución de la ejecución de los compromisos de las Cámaras participantes en el Programa así lo aconseje. La Cámara de España podrá efectuar una redistribución del número de impactos inicialmente definido, detrayendo impactos (y, por tanto, fondos) de aquellas entidades camerales con niveles de ejecución insuficientes y asignando nuevos impactos (y, por tanto, fondos) entre aquellas que hubiesen mostrado interés en aumentar su cuota de participación y presentaran niveles de ejecución satisfactorios. Para ello la Cámara de Comercio de España establecerá unos hitos intermedios de control del nivel de ejecución que comunicará a las entidades camerales.
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Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para la Cámara de Madrid Xxxxxx xx Xxxxx en la anualidad 20232022, asciende a la cantidad de 468.949,00 2.700,00 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 1.350,00 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 1.350,00 € y será aportada por la Dirección General de Política Comercial. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 50 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 50 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 20232022, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda al presente convenio, firmada por ambas partes. Se podrán redistribuir fondos entre anualidades en el caso de que la evolución de la ejecución de los compromisos de las Cámaras participantes en el Programa así lo aconseje. La Cámara de España podrá efectuar una redistribución del número de impactos inicialmente definido, detrayendo impactos (y, por tanto, fondos) de aquellas entidades camerales con niveles de ejecución insuficientes y asignando nuevos impactos (y, por tanto, fondos) entre aquellas que hubiesen mostrado interés en aumentar su cuota de participación y presentaran niveles de ejecución satisfactorios. Para ello la Cámara de Comercio de España establecerá unos hitos intermedios de control del nivel de ejecución que comunicará a las entidades camerales.
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Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para la Cámara de Madrid Xxxxxx xx Xxxxxx en la anualidad 20232022, asciende a la cantidad de 468.949,00 27.486,70 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 13.743,35 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 13.743,35 € y será aportada por la Dirección General de Política Comercial. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 50 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 50 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 20232022, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda al presente convenio, firmada por ambas partes. Se podrán redistribuir fondos entre anualidades en el caso de que la evolución de la ejecución de los compromisos de las Cámaras participantes en el Programa así lo aconseje. La Cámara de España podrá efectuar una redistribución del número de impactos inicialmente definido, detrayendo impactos (y, por tanto, fondos) de aquellas entidades camerales con niveles de ejecución insuficientes y asignando nuevos impactos (y, por tanto, fondos) entre aquellas que hubiesen mostrado interés en aumentar su cuota de participación y presentaran niveles de ejecución satisfactorios. Para ello la Cámara de Comercio de España establecerá unos hitos intermedios de control del nivel de ejecución que comunicará a las entidades camerales.
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Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para el Consejo de Cámaras de la Cámara de Madrid Comunitat Valenciana en la anualidad 2023, asciende a la cantidad de 468.949,00 73.312,00 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 35.716,11 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 37.595,89 € y será aportada por la Dirección General de Política Comercial. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 48,72 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 48,72 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 2023, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 350 73.312,00 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda al presente convenio, firmada por ambas partes. Se podrán redistribuir fondos entre anualidades en el caso de que la evolución de la ejecución de los compromisos de las Cámaras participantes en el Programa así lo aconseje. La Cámara de España podrá efectuar una redistribución del número de impactos inicialmente definido, detrayendo impactos (y, por tanto, fondos) de aquellas entidades camerales con niveles de ejecución insuficientes y asignando nuevos impactos (y, por tanto, fondos) entre aquellas que hubiesen mostrado interés en aumentar su cuota de participación y presentaran niveles de ejecución satisfactorios. Para ello la Cámara de Comercio de España establecerá unos hitos intermedios de control del nivel de ejecución que comunicará a las entidades camerales.
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Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para la Cámara de Madrid Lanzarote en la anualidad 2023, asciende a la cantidad de 468.949,00 16.749,07 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 13.871,71 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 2.877,36 € y será aportada por la Dirección General de Política Comercial. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 82,82 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 82,82 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 2023, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 120 16.749,07 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda al presente convenio, firmada por ambas partes. Se podrán redistribuir fondos entre anualidades en el caso de que la evolución de la ejecución de los compromisos de las Cámaras participantes en el Programa así lo aconseje. La Cámara de España podrá efectuar una redistribución del número de impactos inicialmente definido, detrayendo impactos (y, por tanto, fondos) de aquellas entidades camerales con niveles de ejecución insuficientes y asignando nuevos impactos (y, por tanto, fondos) entre aquellas que hubiesen mostrado interés en aumentar su cuota de participación y presentaran niveles de ejecución satisfactorios. Para ello la Cámara de Comercio de España establecerá unos hitos intermedios de control del nivel de ejecución que comunicará a las entidades camerales.
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Plan financiero. El presupuesto de ejecución del Programa de Comercio Minorista para la Cámara de Madrid Xxxxxx xx Xxxxx en la anualidad 20232020, asciende a la cantidad de 468.949,00 2.700,00 €, que la Entidad Cameral se compromete a ejecutar. La aportación financiera de la Unión Europea, a través de los Fondos FEDER, gestionados financieramente a través de la Cámara de España como Organismo Intermedio, será como mínimo de 121.224,00 1.350,00 € en términos de ayuda, mientras que la cofinanciación nacional será como máximo de 347.725,00 1.350,00 € y será aportada por la Dirección General de Política ComercialComercial y Competitividad. Esta cofinanciación pública en ningún caso puede provenir de fondos de origen europeo, comprometiéndose a ello las partes firmantes. La tasa de ayuda para las actuaciones de las entidades de la red cameral será del 25,85 50 %. La tasa máxima de cofinanciación xxx XXXXX será del 25,85 50 %, este porcentaje se aplicará al gasto elegible total (público + privado), a nivel de eje, categoría de región y CCAA. El plan financiero se concreta en los términos establecidos en el plan de trabajo de la Cámara, previamente presentado a su autoridad competente en materia de comercio de su Comunidad Autónoma, que cuente con la ratificación de la Comisión de Seguimiento del Programa de Comercio Minorista. Las operaciones recogidas en este Convenio se inscriben en el Eje 1 del Programa Operativo Plurirregional de España en el que se puede certificar el gasto total subvencionable, tanto público como privado (art. 120.2 del RDC), por lo que la ayuda FEDER que finalmente se abone al beneficiario podrá aumentarse hasta alcanzar el total del gasto público efectuado por el organismo beneficiario, en caso de que así resulte de las operaciones de cierre del programa operativo. El siguiente cuadro recoge la distribución de indicadores mínimos estimados, para el ejercicio 20232020, y que la Entidad Cameral se compromete a realizar: Fases I Empresas participantes en acciones de sensibilización Presupuesto 0 2890 468.949,00 1 20 2.700,00 € Los compromisos de la Entidad Cameral suponen la ejecución tanto de los indicadores mínimos establecidos como del presupuesto reflejado en el presente convenio, lo que implicará que, si los costes unitarios de las actuaciones de la Entidad Cameral no alcanzan los máximos, ésta deba realizar más indicadores con el fin de asegurar la ejecución del presupuesto asignado. Cualquier modificación de la programación inicialmente presentada requerirá autorización por parte de la Cámara de España y, en caso necesario, se recogerá en adenda al presente convenio, firmada por ambas partes. Se podrán redistribuir fondos entre anualidades en el caso de que la evolución de la ejecución de los compromisos de las Cámaras participantes en el Programa así lo aconseje. La Cámara de España podrá efectuar una redistribución del número de impactos inicialmente definido, detrayendo impactos (y, por tanto, fondos) de aquellas entidades camerales con niveles de ejecución insuficientes y asignando nuevos impactos (y, por tanto, fondos) entre aquellas que hubiesen mostrado interés en aumentar su cuota de participación y presentaran niveles de ejecución satisfactorios. Para ello la Cámara de Comercio de España establecerá unos hitos intermedios de control del nivel de ejecución que comunicará a las entidades camerales.
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