PLAZO DE ADJUDICACION Cláusulas de Ejemplo

PLAZO DE ADJUDICACION. La adjudicación del contrato al licitante ganador, se dará dentro de los noventa días calendario contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas. Cada oferta deberá incluir los siguientes documentos, en caso de ser copias estas deberán presentarse autenticados:
PLAZO DE ADJUDICACION. Dos meses desde la apertura de las proposiciones. Lugar: Sala de Reuniones número 1. Rectorado. Patio de Escuelas, 1 37008 Día:25/05/2011 Hora:12:00 Lugar: Sala de Reuniones número1. Rectorado. Xxxxx xx Xxxxxxxx, 0. 00000 Xxxxxxxxx Día:1/06/2011 Hora:12:00 A cargo del adjudicatario del contrato. Salamanca, 1 xx xxxxx de 2011
PLAZO DE ADJUDICACION. La adjudicación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de terminación de la evaluación de las propuestas.
PLAZO DE ADJUDICACION. La adjudicación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de terminación de la evaluación de las propuestas.

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  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.