PLAZO Y PAGO XXX XXXXXXXX.-. El Préstamo será cancelado por EL CLIENTE en los plazos y montos pactados en las Condiciones Especiales pertinentes, y en la Hoja Resumen respectiva. Los pagos xxx Xxxxxxxx se pagarán en efectivo únicamente en las agencias de ILC. La ubicación de las agencias de ILC se informan en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. 4.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS.- EL CLIENTE podrá realizar pagos por encima de la cuota exigible del periodo, ya sea a través de pagos anticipados o adelanto de cuotas, en forma total o parcial, sin cobro alguno, condiciones, limitaciones, gastos, comisiones o penalidades de ningún tipo, considerando para ello lo siguiente: (i) El Pago Anticipado conlleva a la aplicación del monto al capital del crédito, con la consiguiente reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos mayores a dos cuotas (incluyendo la exigible en el periodo) se consideran pagos anticipados. (ii) El Adelanto de cuotas supone la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo, sin que se produzca una reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos menores o iguales a dos cuotas (que incluyen aquella exigible en el período) se consideran adelanto de cuotas. EL CLIENTE sin embargo podrá requerir a ILC de que los pagos mayores a dos cuotas sean considerados un “Adelanto de Cuotas” o que los pagos menores o iguales a dos cuotas sean considerados como “Pago Anticipado”. En el caso de pagos anticipados parciales, ILC requerirá a EL CLIENTE, al momento de realizar el pago, que señale si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes o la reducción del número de cuotas. De no manifestar su decisión dentro de los 15 días de realizado el pago, ILC procederá a la reducción del número de cuotas. EL CLIENTE podrá solicitar al momento de realizar el pago anticipado un nuevo Cronograma de Pagos considerando el pago realizado y el plazo xxx Xxxxxxxx, el cual será entregado a EL CLIENTE en el plazo legal establecido. En caso el pago anticipado se realice por un tercero, el cronograma de pagos estará a disposición de EL CLIENTE en la agencia en la que solicitó el crédito. En caso el Préstamo se pacte a un plazo de hasta 30 días desde su otorgamiento (único pago), no se emitirá un cronograma de pagos.
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Samples: Préstamo Con Garantía Mobiliaria, Préstamo Multiproducto Con Garantía Mobiliaria
PLAZO Y PAGO XXX XXXXXXXX.-. El Préstamo será cancelado por plazo que otorga ILC a EL CLIENTE para el pago de su préstamo, es de 30 días calendario, a cuyo vencimiento EL CLIENTE podrá optar por alguna de las siguientes alternativas:
a. Pago total del capital xxx xxxxxxxx, así como el interés compensatorio fijo, penalidades (de ser el caso), comisiones, gastos e impuestos pactados que se devenguen hasta la fecha en los plazos que se haga efectivo el pago.
b. Pago parcial del capital xxx xxxxxxxx y montos el total del interés compensatorio fijo, penalidades (de ser el caso), comisiones, gastos e impuestos pactados que se devenguen hasta la fecha en las Condiciones Especiales pertinentesque se haga efectivo el pago.
c. Pago total del interés compensatorio fijo, y penalidades (de ser el caso), comisiones, gastos e impuestos pactados que se devenguen hasta la fecha en la Hoja Resumen respectivaque se haga efectivo el pago. Los pagos xxx Xxxxxxxx se pagarán antes señalados serán en efectivo y únicamente en las agencias de ILC. La Para acceder a la información sobre de la ubicación de nuestras agencias ingresar a la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. De optarse por las agencias alternativas b ó c, las partes fijarán un nuevo plazo de vencimiento e ILC determinará el saldo correspondiente del capital adeudado por EL CLIENTE, el cual generará un interés compensatorio fijo y en caso de incumplimiento las penalidades de ser el caso, así como las comisiones, impuestos y los gastos por los días transcurridos hasta el siguiente pago que realice EL CLIENTE. En ambos casos, se informan mantendrá vigente para todos sus efectos la Garantía Mobiliaria constituida, manteniendo ILC en su poder los bienes otorgados en garantía por EL CLIENTE. En el caso que EL CLIENTE, haya sido beneficiario de una promoción comercial otorgada por ILC, que conlleve variar el plazo de pago y/o las formas de pago indicadas en las alternativas a, b, ó c, que se indican en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
4.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS.- hoja resumen (anexo 01), éste se obliga a cumplir las condiciones establecidas para la promoción a la que se acogió, caso contrario, perderá los beneficios de dicha promoción. EL CLIENTE podrá realizar pagos por encima de la cuota exigible del periodo, ya sea a través de efectuar pagos anticipados o adelanto de cuotas, en forma total o parcial, sin cobro alguno, condiciones, limitaciones, gastos, comisiones o penalidades de ningún tipo, considerando para ello lo siguiente: (i) El Pago Anticipado conlleva a la aplicación del monto al capital del su crédito, con la consiguiente consecuente reducción de los interesesintereses compensatorios, penalidades (de ser el caso), comisiones y gastos al día del pago. Los pagos mayores a dos cuotas (incluyendo la exigible en el periodo) se consideran pagos anticipados. (ii) El Adelanto de cuotas supone la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo, sin que se produzca una reducción fecha de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos menores o iguales a dos cuotas (que incluyen aquella exigible en el período) se consideran adelanto de cuotas. EL CLIENTE sin embargo podrá requerir a ILC de que los pagos mayores a dos cuotas sean considerados un “Adelanto de Cuotas” o que los pagos menores o iguales a dos cuotas sean considerados como “Pago Anticipado”. En el caso de pagos anticipados parciales, ILC requerirá a EL CLIENTE, al momento de realizar el pago, que señale si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes o la reducción del número de cuotas. De no manifestar su decisión dentro de los 15 días de realizado el pago, ILC procederá a la reducción del número de cuotas. EL CLIENTE podrá solicitar al momento de realizar el pago anticipado un nuevo Cronograma de Pagos considerando el pago realizado y el plazo xxx Xxxxxxxx, el cual será entregado a EL CLIENTE en el plazo legal establecido. En caso el pago anticipado se realice por un tercero, el cronograma de pagos estará a disposición de EL CLIENTE en la agencia en la que solicitó el crédito. En caso el Préstamo se pacte a un plazo de hasta 30 días desde su otorgamiento (único pago), no se emitirá un cronograma de pagos.
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Samples: Loan Agreement
PLAZO Y PAGO XXX XXXXXXXX.-. El Préstamo será cancelado por EL CLIENTE en los plazos y montos pactados en las Condiciones Especiales pertinentes, y en la Hoja Resumen respectiva. Los pagos xxx Xxxxxxxx se pagarán en efectivo únicamente en las agencias de ILC. La ubicación de las agencias de ILC se informan en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
4.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS.- EL CLIENTE podrá realizar pagos por encima de la cuota exigible del periodo, ya sea a través de pagos anticipados o adelanto de cuotas, en forma total o parcial, sin cobro alguno, condiciones, limitaciones, gastos, comisiones o penalidades de ningún tipo, considerando para ello lo siguiente: (i) El Pago Anticipado conlleva a la aplicación del monto al capital del crédito, con la consiguiente reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos mayores a dos cuotas (incluyendo la exigible en el periodo) se consideran pagos anticipados. (ii) El Adelanto de cuotas supone la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo, sin que se produzca una reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos menores o iguales a dos cuotas (que incluyen aquella exigible en el período) se consideran adelanto de cuotas. EL CLIENTE sin embargo podrá requerir a ILC de que los pagos mayores a dos cuotas sean considerados un “Adelanto de Cuotas” o que los pagos menores o iguales a dos cuotas sean considerados como “Pago Anticipado”. En el caso de pagos anticipados parciales, ILC requerirá a EL CLIENTE, al momento de realizar el pago, que señale si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes o la reducción del número de cuotas. De no manifestar su decisión dentro de los 15 días de realizado el pago, ILC procederá a la reducción del número de cuotas. EL CLIENTE podrá solicitar al momento de realizar el pago anticipado un nuevo Cronograma de Pagos Xxxxx considerando el pago realizado y el plazo xxx Xxxxxxxx, el cual será entregado a EL CLIENTE en el plazo legal establecido. En caso el pago anticipado se realice por un tercero, el cronograma de pagos estará a disposición de EL CLIENTE en la agencia en la que solicitó el crédito. En caso el Préstamo se pacte a un plazo de hasta 30 días desde su otorgamiento (único pago), no se emitirá un cronograma de pagos.
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PLAZO Y PAGO XXX XXXXXXXX.-. El Préstamo será cancelado por EL CLIENTE en los plazos y montos pactados en las Condiciones Especiales pertinentes, y en la Hoja Resumen respectiva. Los pagos xxx Xxxxxxxx se pagarán harán en efectivo únicamente en las agencias de ILC, así como en los canales habilitados para tal efecto por ILC. La ubicación de las agencias y los canales de ILC pago habilitados se informan en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
4.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS.- Tratándose de obligaciones bajo el sistema de cuotas, EL CLIENTE podrá realizar pagos por encima de la cuota exigible del periodo, ya sea a través de pagos anticipados o adelanto de cuotas, en forma total o parcial, sin cobro alguno, condiciones, limitaciones, gastos, comisiones o penalidades de ningún tipo, considerando para ello lo siguiente: :
(i) El Pago Anticipado conlleva a la aplicación del monto al capital del crédito, con la consiguiente reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos mayores a dos cuotas (incluyendo la exigible en el periodo) se consideran pagos anticipados. .
(ii) El Adelanto de cuotas supone la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo, sin que se produzca una reducción de los intereses, comisiones y gastos al día del pago. Los pagos menores o iguales a dos cuotas (que incluyen aquella exigible en el período) se consideran adelanto de cuotas. EL CLIENTE sin embargo podrá requerir a ILC de que los pagos mayores a dos cuotas sean considerados un “Adelanto de Cuotas” o que los pagos menores o iguales a dos cuotas sean considerados como “Pago Anticipado”. En el caso de pagos anticipados parciales, ILC requerirá a EL CLIENTE, al momento de realizar el pago, que señale si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes o la reducción del número de cuotas. De no manifestar su decisión dentro de los 15 días de realizado el pago, ILC procederá a la reducción del número de cuotas. EL CLIENTE podrá solicitar al momento de realizar el pago anticipado un nuevo Cronograma de Pagos considerando el pago realizado y el plazo xxx Xxxxxxxx, el cual será entregado a EL CLIENTE en el plazo legal establecido. En caso el pago anticipado se realice por un tercero, el cronograma de pagos estará a disposición de EL CLIENTE en la agencia en la que solicitó el crédito. En caso el Préstamo se pacte a un plazo de hasta 30 días desde su otorgamiento (único pago), no se emitirá un cronograma de pagos.
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PLAZO Y PAGO XXX XXXXXXXX.-. El Préstamo préstamo materia de este contrato será cancelado por EL CLIENTE CLIENTE, mediante el pago total del número cuotas establecido, en los plazos y montos pactados en las Condiciones Especiales pertinentespactados, y con la frecuencia que se señala en la Hoja Resumen respectiva(ANEXO 01) y el Cronograma de Pagos (ANEXO 02) que forman parte integrante de este Instrumento. Los pagos xxx Xxxxxxxx Las cuotas señaladas en el Cronograma de Pagos se pagarán en efectivo únicamente en las agencias de ILC. La Asimismo, para obtener información acerca de la ubicación de las nuestras agencias ingresar a la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. EL CLIENTE podrá, si así lo estimara por conveniente, solicitar a ILC la remisión de ILC información relacionada a los pagos efectuados y aquellos que se informan encuentren pendientes conforme a su cronograma de pagos, dicha información se le enviará al domicilio fijado por el cliente, cuyo costo se encuentra indicado en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
4.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTO DE CUOTAS.- Hoja Resumen o, gratuitamente mediante correo electrónico que previamente comunique a ILC, dentro de los 30 días posteriores al cierre de mes en el que la información es requerida. EL CLIENTE podrá realizar pagos por encima de la cuota exigible del periodo, ya sea a través de efectuar pagos anticipados o adelanto de cuotaslas cuotas de su crédito, en forma total o parcial, sin cobro alguno, condiciones, limitaciones, gastos, comisiones o penalidades de ningún tipo, considerando para ello lo siguiente: (i) El Pago Anticipado conlleva a . Se considera pago anticipado aquel pago que trae como consecuencia la aplicación del monto al capital del crédito, con la consiguiente reducción de los intereses, las comisiones y los gastos derivados de las cláusulas contractuales al día del pago. Los pagos mayores a dos cuotas (incluyendo la exigible en el periodo) Por otro lado, se consideran pagos anticipados. (ii) El Adelanto considera adelanto de cuotas supone aquel pago que trae como consecuencia la aplicación del monto pagado a las cuotas inmediatamente posteriores a la exigible en el periodo, sin que se produzca una reducción de los intereses, las comisiones y los gastos al día del pagoderivados de las cláusulas contractuales. Los requisitos para optar por cualquiera de estas condiciones serán las siguientes:
a. Los pagos menores o iguales mayores a dos cuotas (que incluyen incluye aquella exigible en el períodoperiodo) se consideran adelanto de cuotas. EL CLIENTE sin embargo podrá requerir a ILC de que los pagos mayores a dos cuotas sean considerados un “Adelanto de Cuotas” o que los pagos menores o iguales a dos cuotas sean considerados como “Pago Anticipado”anticipados. En el caso de pagos anticipados parciales, ILC requerirá a EL CLIENTEestos casos, al momento de realizar el pago, que señale ELCLIENTE señalará si debe procederse a la reducción del monto de las cuotas restantes pero manteniendo el plazo original, o la reducción del número de cuotas con la consecuente reducción del plazo del crédito, para lo cual el CLIENTE acreditará su elección mediante la firma de un formulario proporcionado por ILC. Asimismo, ILC entregará a EL CLIENTE copia del nuevo cronograma de pagos. Sin perjuicio de lo expuesto, en estos casos, EL CLIENTE también podrá manifestar expresamente su voluntad para adelantar el pago de cuotas, procediendo ILC a aplicar el monto pagado en exceso sobre la cuota del periodo a las cuotas inmediatas siguientes. En cada oportunidad en la cual los clientes expresen su voluntad de efectuar un adelanto de cuotas, sin que se produzca la reducción de intereses, comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales, para lo cual el CLIENTE acreditará su elección mediante la firma de un formulario proporcionado por ILC.
b. Los pagos menores o iguales al equivalente de dos cuotas (que incluyen aquella exigible en el período), se consideran adelanto de cuotas. De no manifestar su decisión dentro de los 15 días de realizado el pagoEn estos casos, ILC procederá a aplicar el monto pagado en exceso sobre la reducción cuota del número periodo a las cuotas inmediatas siguientes no vencidas. Sin perjuicio de cuotas. ello, en estos casos, EL CLIENTE podrá solicitar podrán requerir, antes o al momento de realizar efectuarse el pago, que deberá procederse a la aplicación del pago anticipado como anticipado, para lo cual el CLIENTE acreditará su elección mediante la firma de un nuevo Cronograma de Pagos considerando el pago realizado y el plazo xxx Xxxxxxxx, el cual será entregado a EL CLIENTE en el plazo legal establecido. En caso el pago anticipado se realice formulario proporcionado por un tercero, el cronograma de pagos estará a disposición de EL CLIENTE en la agencia en la que solicitó el crédito. En caso el Préstamo se pacte a un plazo de hasta 30 días desde su otorgamiento (único pago), no se emitirá un cronograma de pagosILC.
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