Presentación Cláusulas de Ejemplo

Presentación. Los Proponentes deben presentar sus Ofertas en la plataforma del SECOP II a través del link xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, teniendo en cuenta los formatos contenidos y anexos en el presente pliego, en la fecha establecida en el Cronograma establecido para el presente proceso de selección, y acompañadas de los documentos soportes, así como de la garantía de seriedad de la Oferta a la que se refiere el presente Pliego de Condiciones. Además de lo previsto en estos pliegos de condiciones, la forma de presentar las ofertas en el SECOP II por parte de proponentes singulares y plurales están definidas en el Manual de uso del SECOP II el cual indica entre otros, los requisitos, formularios y procedimientos para crear y presentar las ofertas en línea. Para presentar oferta en Procesos de Contratación como proponente plural, se debe crear la cuenta de la unión temporal, el consorcio o la promesa de sociedad futura a través del SECOP II y realizar la manifestación de interés al igual que la presentación de oferta desde dicha cuenta. La forma de constituirse como proponente plural y presentar las ofertas en el SECOP II están definidas en la Guía de creación de proponente plural en el SECOP II y la Guía para presentar Ofertas en el SECOP II. Las Guías en desarrollo de la Ley 527 de 1999 regulan entre otros temas el envío de ofertas en forma de mensaje de datos, indicando la forma de crear ofertas, los requisitos, formularios y procedimientos para que un proponente presente una oferta en el SECOP II. De esta forma, un documento adjunto a la oferta de forma distinta a lo previsto en los Documentos del Proceso y la Guía no será tenido en cuenta, pues, en desarrollo de la Ley 527 de 1999, no hay una oferta y en consecuencia no podría ser evaluada. Xxxxxxx será tenida en cuenta la oferta de un proponente plural presentada desde la cuenta de uno de los integrantes de dicho proponente plural. Cada usuario maneja su firma electrónica, la cual permite obligarse u obligar a su representado, cuando se conforma el proponente plural en plataforma y se fija en la misma la persona que firmará el contrato está obligando desde la presentación de la oferta a cada uno de quienes componen el proponente plural. Se recomienda a los proponentes ir creando su propuesta con la anterioridad debida en el Sistema SECOP II, ya que el sistema les permitirá ir subiéndola por partes hasta el día y hora de cierre.
Presentación. LA PROCURADURÍA AGRARIA, EN CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTÍCULOS 24, 25, 26 FRACCIÓN II, 26 BIS FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN I, 29, 42 PÁRRAFO PRIMERO41, 43, 44, 45 Y 46 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; 18, 36, 77, 78 Y 81, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (DOF) EL 20 XX XXXXXX DEL 2015, MODIFICADO EL 19 DE FEBRERO DE 2016 Y 28 DE FEBRERO DE 2017; 8° DE LA LEY FEDERAL DE AUSTERIDAD REPUBLICANA; Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES VIGENTES: POR CONDUCTO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA PROCURADURIA AGRARIA EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA COMO ÁREA CONTRATANTE Y REQUIRENTE, UBICADA EN AV. XXXXX, XXXXXX 0000, XXXXXXX XXXXX, CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, C.P. 31020: “CONVOCA” A LOS POSIBLES PROVEEDORES QUE ACREDITARON SU PARTICIPACIÓN AL CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES, REQUISITOS Y CONCEPTOS ESTABLECIDOS POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (EN ADELANTE LA SHCP) DE CONFORMIDAD A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA Y QUE A SU VEZ NO SE ENCUENTREN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE SE ESTABLECEN EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, A PARTICIPAR EN LA PRESENTE “INVITACIÓN” A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA, BAJO LAS SIGUIENTES:
Presentación. Siendo el lenguaje audiovisual un sistema de comunicación multisensorial (visual y auditivo) en el cual los contenidos icónicos prevalecen sobre los verbales, promueven un procesamiento global de la información y proporcionan al receptor una experiencia unificada del mensaje, por ello, desde la vigencia 2020, el MinTIC creó una estrategia de comunicaciones y de difusión de las Convocatorias Audiovisuales de MinTIC otorgándole la denominación y logotipo de “Abre Cámara”, creando una representación iconográfica mediante el logo de la cámara, herramienta por excelencia para establecer una relación entre el logotipo y la finalidad de las convocatorias MinTIC, la cual es la producción de contenidos audiovisuales. De conformidad con los numerales 3, 10 y 16 del artículo 35 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 22 de la Ley 1978 de 2019 y reglamentados mediante la Resolución 2285 del 23 xx xxxxx de 2023, el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC) podrá financiar proyectos para promover el desarrollo de contenidos multiplataforma de interés público que promuevan la preservación de la cultura e identidad nacional y regional mediante el desarrollo de esquemas concursables teniendo como beneficiarios de los mismos, las compañías productoras, incluyendo las MiPymes, comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rom, así como el apoyo a los contenidos de televisión de interés público desarrollado por operadores sin ánimo de lucro. De acuerdo con lo anterior, “Abre Cámara” se ha posicionado en la industria audiovisual, entre los beneficiarios de las convocatorias y en los colombianos en general, como la convocatoria pública para la realización de producciones, que desde 2020 a nivel nacional ha financiado la realización de producciones audiovisuales para televisión y multiplataforma, por la calidad de estas y por alimentar las parrillas de los operadores públicos, fortaleciendo los contenidos audiovisuales de origen nacional. En el año 2020 el MinTIC, desarrolló las Convocatorias Audiovisuales- “Abre Cámara”, con la finalidad de financiar contenidos audiovisuales producidos por compañías productoras audiovisuales, comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rom, así como el apoyo a los contenidos de televisión de interés público desarrollado por operadores sin ánimo de lucro. En dicha vigencia con recursos del Fondo Único de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones...
Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica. SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Presentación. La presentación de las ofertas podrá realizarse personalmente contra recibo, o por correo, fax, en línea a través de los sitios web de Compras y Contrataciones Estatales u otros medios remotos de comunicación electrónica según lo disponga el llamado, no siendo de recibo las que llegaren fuera de las condiciones establecidas en el Pliego Particular. El resguardo de las ofertas, en todos los casos, será responsabilidad de la Administración contratante, asegurando su confidencialidad e inviolabilidad hasta el momento de la apertura.
Presentación. 23.1 La Oferta Financiera y la Oferta Técnica deberán presentarse conjuntamente y bajo sello en un mismo y único sobre, y entregadas ya sea personalmente, por servicio de mensajería o por un medio electrónico de transmisión. Si la presentación no se realiza por medios electrónicos, la Oferta Técnica y la Oferta Financiera deberán ir juntas y bajo sello en un sobre cuya parte externa deberá:
Presentación. 23.1 Los sobres que contengan la Propuesta Financiera y la Propuesta Técnica DEBERÁN ESTAR TOTALMENTE SEPARADOS y cada uno de ellos deberá ser presentado de forma individual, sellado y claramente marcado en el exterior, ya sea como “PROPUESTA TÉCNICA” o como “PROPUESTA FINANCIERA”, según corresponda. Cada sobre DEBERÁ indicar claramente el nombre del Proponente. Los sobres exteriores llevarán la dirección del PNUD tal como se especifica en la Hoja de Datos (HdD, nº 20) y deberán incluir el nombre y la dirección del Proponente, así como una advertencia con el siguiente texto: “No abrir antes de la hora y fecha fijadas para la apertura de la Propuesta”, tal como se especifica en la Hoja de Datos (HdD, nº 24). El Proponente deberá asumir la responsabilidad por el extravío o la apertura prematura de las Propuestas debido al inadecuado sellado o etiquetado por parte del Proponente.
Presentación. Este protocolo pretende dar respuesta al contexto normativo y a la necesidad de contar con un instrumento que permita prevenir situaciones de acoso psicológico, sexual o por razón de sexo y disponer de un procedimiento a seguir en los casos en los que se produzcan este tipo de actuaciones dentro del Grupo Las Xxxxx. El procedimiento fijado en este protocolo de actuación se desarrollará bajo los principios de la rapidez y la confidencialidad, garantizando y protegiendo la intimidad y la dignidad de las personas objeto de acoso. Asimismo, se garantizarán y se respetarán en todo momento, los derechos de las personas implicadas en el procedimiento. El protocolo requiere para su aplicación, de la designación de un órgano encargado de la tramitación del proceso, que pasará a denominarse COMISIÓN INSTRUCTORA DE TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO EN EL TRABAJO. En el caso del Grupo Las Xxxxx, las personas designadas son las siguientes: - ESPECIALISTAS EN RIESGOS PSICOSOCIALES ADSCRITOS AL SERVICIO DE PREVENCION. - REPRESENTANTE DEL SERVICIO DE PREVENCION. - REPRESENTANTE DEL DEPARTAMENTO DE PERSONAL. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS. Las Empresas afectadas por el convenio colectivo asumen el compromiso de velar porque en el seno de las empresas exista un ambiente laboral exento de violencia y acoso, estableciendo y dando a conocer el procedimiento acordado para prevenir, controlar y sancionar todo tipo de actuaciones que se produzcan. Asimismo, reconoce que ser tratado con dignidad es un derecho de toda persona; por ello las empresas del grupo Las Xxxxx se comprometen a mantener un entorno laboral donde se respete la dignidad del conjunto de personas que trabajen en su ámbito, evitando y persiguiendo aquellas conductas vulneradoras de los derechos fundamentales protegidos por la Constitución Española y el resto del ordenamiento jurídico, específicamente los de igualdad, integridad física y moral, y dignidad. Las Empresas afectadas por el ámbito de aplicación de este convenio divulgarán el contenido de dicho procedimiento de tratamiento de situaciones de acoso a todos los equipos de modo que tengan acceso a la información y los procedimientos establecidos en el mismo. INDICE
Presentación. No se habilita la presentación de ofertas electrónicamente.