Presentación. Los órganos de administración de las sociedades Banco Caminos, S.A. (la “Sociedad Absorbente”), Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (“LME”). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta -a través de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos: (i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME. (ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión. (iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente. (iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.
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Samples: Fusión Por Absorción
Presentación. Los órganos Las proposiciones se presentarán en la sede del Ayuntamiento en el plazo de administración quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx (BOPA). Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse al Ayuntamiento de Coaña, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del suministro y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. Transcurridos no obstante 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición está no será admitida en ningún caso. La presentación de las sociedades Banco Caminosproposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego, S.A. (así como la “Sociedad Absorbente”)de los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Anexos Técnicos y del resto de documentos contractuales. La declaración responsable se referirá a la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. Documentación.- Los candidatos deberán presentar en el citado plazo, Corporación Banco Caminosdos sobres cerrados, S.L.U. (“Corporación”)A y B, Gabinete de Estudio y Gestión Jurídicacon la documentación que luego se especifica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcamindicando en cada uno la siguiente inscripción: SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DE SUMINISTROS Y SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO INTEGRAL Y GARANTIA TOTAL DE LOS CENTROS MUNICIPALES CONSUMIDORES DE ENERGIA DEL AYUNTAMIENTO DE COAÑA, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 denominación de la Ley 3/2009Empresa, de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (“LME”). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta -a través de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital C.I.F. de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación misma, nombre y apellidos de quien firma la fusión proposición y, carácter con que lo hace. Los sobres deberán estar necesariamente firmados por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto persona que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergiaslo representa.
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Samples: Mixto De Suministros Y Servicios
Presentación. Los órganos instrumentos que se aplicaron para la elaboración del presente trabajo de administración investigación fueron la entrevista y el cuadro de xxxxxx. Para Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, le entrevista “es un intercambio verbal, que nos ayuda a reunir los datos durante un encuentro, de carácter privado y cordial, donde una persona se dirige a otra y cuenta su historia, da su versión de los hechos y responde a preguntas relacionadas con un problema específico”106. La entrevista que se realizó contiene 9 preguntas abiertas con el objetivo que los expertos entrevistados exteriorizaran su opinión sobre el tema que atiende la presente investigación con la finalidad de recopilar la información pertinente y con ello realizar el análisis jurídico. El modelo de entrevista así como su contenido fue validada por el asesor de tesis. Para la realización de las sociedades Banco Caminos, S.A. (entrevistas se obtuvo la “Sociedad Absorbente”), Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete colaboración de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”5 de los profesionales titulares. Para la realización de las entrevistas se obtuvo la colaboración de 3 de los profesionales titulares, y junto 2 suplentes. Uno de los obstáculos fue la inaccesibilidad de 2 de los profesionales restantes, debido a Corporación su cargada agenda, lo cual no permitió la accesibilidad para la realización de las entrevistas, por lo que se solicitó el auxilio de los dos profesionales suplentes propuestos. Otro instrumento empleado fue el cuadro de cotejo, definido por Xxxxxx Xxxxx: “es un instrumento en el que se indica la presencia o ausencia de un aspecto o conducta a ser observada”107. El presente trabajo de investigación cuenta con dos cuadros de cotejo, el primero referente al marco legal en Guatemala y Gabineteel segundo con base al 106 Xxxxxx Xxxxxxxx, las “Sociedades Absorbidas”)Xxxxx. Técnicas de Investigación Social Aplicadas al Análisis de los Problemas Sociales.España, han formulado este proyecto común de fusión (el “Editorial UNED. 2015. Xxx. 000 000 Xxxxx Xxxxxx. El Proyecto de Fusión”) en cumplimiento Investigación. Venezuela. Editorial Episteme. 2012. Sexta Edición. Pág 70 55 marco legal de lo establecido en Derecho extranjero de Estados Unidos de América, Colombia y Argentina, con los artículos 30.1 indicadores siguientes: Derecho de Autor y 49 Derechos Conexos, contrato consensual, contrato atípico, contrato 360 y libertad de la Ley 3/2009, de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (“LME”)contratación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta -a través de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación de la fusión Dicho instrumento fue validado por la junta general o socio único catedrática del curso de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.tesis I.
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Samples: Contrato 360 (Multiple Right Deals)
Presentación. Los órganos de administración Proposiciones y Documentación Administrativa Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento sito en Plaza de las sociedades Banco CaminosEspaña nº 1, S.A. (en horario de atención al público, dentro del plazo de veintiséis días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la “Sociedad Absorbente”)Provincia de La Rioja y en el Perfil de contratante. Las proposiciones podrán presentarse, Corporación Banco Caminospor correo, S.L.U. (“Corporación”)por telefax, Gabinete o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (los lugares establecidos en el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 artículo 38.4 de la Ley 3/200930/1992, de 3 xx xxxxx26 de noviembre, sobre modificaciones estructurales de Régimen Jurídico de las sociedades mercantiles (“LME”)Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De conformidad con lo dispuesto Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el artículo 49 LMEmismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la medida disposición adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en que unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta -a través de otras Sociedades Absorbidas- no admisión de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el capital social empresario de las Sociedades Absorbidascláusulas del presente Xxxxxx. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la operación podrá realizarse sin necesidad denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto obras de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación)URBANIZACION DE PARTE DE LAS CALLES XXXX XXXX “XXXXXXXX” Y XXX XXXXXXXXX». La operación denominación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, los sobres es la siguiente: Con — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. — Sobre «C»: Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la operación Legislación en vigor. Dentro de fusión proyectada cada sobre, se simplificaría incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la estructura societaria personalidad jurídica del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando empresario. Deben presentarse los documentos referidos en la eficiencia y generando sinergiasClausula Sexta.
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Samples: Contract for Public Works
Presentación. Los órganos Tinsa Internacional de administración Inversiones S.L. fue constituida en junio de 1999, con objeto de llevar a cabo las actividades internacionales del grupo TINSA. La sociedad tiene por objeto la tenencia accionarial, gestión y dirección de las sociedades Banco Caminoscompañías de Tinsa que operan en el ámbito internacional, S.A. con sedes en Francia, Portugal, México, Chile, Argentina, EEUU y Perú. Todas ellas se dedican al desarrollo fuera de España de negocios vinculados al mundo inmobiliario, comprendiendo distintos servicios como la valoración, asesoría, consultoría, intermediación, etc. Tinsa México cuenta con una red de 10 delegaciones distribuidas por toda la geografía para atender a los clientes (la “Sociedad Absorbente”)entidades financieras, Corporación Banco Caminosinstituciones públicas, S.L.U. (“Corporación”)promotores, Gabinete de Estudio inversores y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”desarrolladores inmobiliarios) y Sistemcamcoordina trabajos en Centroamérica y el área del Caribe. Tinsa Portugal tiene un campo de actuación que abarca las valoraciones hipotecarias, S.A.U. (“Sistemcam”de activos, de obras de arte, patrimonio histórico-cultural, equipamientos, máquinas y junto a Corporación productos, consultoría y Gabinetevaloración de proyectos de desarrollo de inversión. Tinsa Argentina realiza todo tipo de servicios relacionados con el mundo inmobiliario. Sus servicios alcanzan igualmente al territorio de Uruguay. Dispone de una plantilla de 112 técnicos. Tinsa Chile realiza todo tipo de servicios inmobiliarios en Chile y dispone de una plantilla de 100 técnicos. Tinsa Perú ha comenzando su actividad en el año 2006, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 fruto de la Ley 3/2009, política de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (“LME”). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta -a través de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital expansión permanente de la Sociedad Absorbentecompañía. Tinsa Francia comenzó en 1999 y cuenta con un equipo de 30 técnicos para la realización de todo tipo de servicios relacionados con el mundo inmobiliario. Tinsa EEUU comenzó en 2008 y cuenta con un equipo de técnicos para la realización de todo tipo de servicios relacionados con el mundo inmobiliario. Tinsa ha llegado acuerdos con otras entidades lo que le permite ofrecer servicios de consultoría en diferentes países de Centro y Norte de América, Norte de África y Europa.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.
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Samples: Collaboration Agreement
Presentación. Los órganos Siendo el lenguaje audiovisual un sistema de administración comunicación multisensorial (visual y auditivo) en el cual los contenidos icónicos prevalecen sobre los verbales, promueven un procesamiento global de la información y proporcionan al receptor una experiencia unificada del mensaje, por ello, desde la vigencia 2020, el MinTIC creó una estrategia de comunicaciones y de difusión de las sociedades Banco Caminos, S.A. (Convocatorias Audiovisuales de MinTIC otorgándole la denominación y logotipo de “Sociedad Absorbente”), Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“SistemcamAbre Cámara”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (creando una representación iconográfica mediante el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 logo de la Ley 3/2009cámara, de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales herramienta por excelencia para establecer una relación entre el logotipo y la finalidad de las sociedades mercantiles (“LME”)convocatorias MinTIC, la cual es la producción de contenidos audiovisuales. De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3, 10 y 16 del artículo 35 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 49 LME22 de la Ley 1978 de 2019 y reglamentados mediante la Resolución 2285 del 23 xx xxxxx de 2023, el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC) podrá financiar proyectos para promover el desarrollo de contenidos multiplataforma de interés público que promuevan la preservación de la cultura e identidad nacional y regional mediante el desarrollo de esquemas concursables teniendo como beneficiarios de los mismos, las compañías productoras, incluyendo las MiPymes, comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rom, así como el apoyo a los contenidos de televisión de interés público desarrollado por operadores sin ánimo de lucro. De acuerdo con lo anterior, “Abre Cámara” se ha posicionado en la medida industria audiovisual, entre los beneficiarios de las convocatorias y en los colombianos en general, como la convocatoria pública para la realización de producciones, que desde 2020 a nivel nacional ha financiado la Sociedad Absorbente es titular realización de forma directa o indirecta -a producciones audiovisuales para televisión y multiplataforma, por la calidad de estas y por alimentar las parrillas de los operadores públicos, fortaleciendo los contenidos audiovisuales de origen nacional. En el año 2020 el MinTIC, desarrolló las Convocatorias Audiovisuales- “Abre Cámara”, con la finalidad de financiar contenidos audiovisuales producidos por compañías productoras audiovisuales, comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rom, así como el apoyo a los contenidos de televisión de interés público desarrollado por operadores sin ánimo de lucro. En dicha vigencia con recursos del Fondo Único de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se financiaron las etapas para la realización completa de ochenta y dos (82) propuestas audiovisuales en diferentes formatos, entregándose un total de VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($00.000.000.000) que incentivaron el sector de la industria audiovisual con la creación de contenidos inéditos para fortalecer la programación educativa y cultural nacional y con el propósito de apoyar y brindar un alivio que permitiera la protección de los empleos del sector durante la declaración de emergencia sanitaria a causa de la pandemia del COVID – 19. Para la vigencia 2021, a través de otras Sociedades Absorbidas- las Convocatorias Audiovisuales - “Abre Cámara”, se asignaron estímulos para financiar la producción de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, contenidos por valor de VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIEN MIL PESOS M/CTE. ($00.000.000.000) que integran el capital social permitieron la realización de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª setenta y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.dos
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Samples: Condiciones De Participación
Presentación. Los órganos Se presenta la Memoria correspondiente al año 2010 del Registro de administración Contratos del Ayuntamiento de las sociedades Banco CaminosMadrid y sus Organismos Autónomos, S.A. (integrado en la “Sociedad Absorbente”)Dirección General de Contratación y Servicios, Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido dispuesto en su Reglamento de Organización y Funcionamiento. El Registro de Contratos tiene atribuida como una de sus funciones el dar publicidad periódica a los artículos 30.1 datos obrantes en el mismo. Por ello, anualmente se elabora una Memoria que tiene por objetivo difundir los contratos administrativos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid y 49 sus Organismos Autónomos al amparo de la Ley 3/200930/2007, de 3 xx xxxxx30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) y los contratos celebrados en virtud de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre modificaciones estructurales procedimientos de las sociedades mercantiles (“LME”)contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, en este caso adjudicados por la Empresa Municipal de Transportes, S.A. La Memoria del Registro permite llevar a cabo una función de análisis, conocimiento y estudio de la contratación del Ayuntamiento de Madrid. De conformidad con lo dispuesto esta forma, los datos estadísticos de carácter objetivo que se obtienen de la misma permiten mejorar la contratación pública en aplicación de los principios de economía, eficacia y eficiencia en la gestión administrativa, así como dar cumplimiento al principio de transparencia que debe regir en toda contratación pública. La presente Memoria da a conocer los contratos adjudicados entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010, e inscritos en el artículo 49 LMERegistro de Contratos desde el 1 de enero de 2010 hasta el 9 xx xxxxxx de 2011. Con carácter previo al análisis de la Memoria de 2010 se expone un resumen breve del contenido de la misma: - Se analizará la contratación administrativa desde diferentes puntos de vista. En primer lugar, desde la perspectiva de los contratos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos adjudicados conforme a la LCSP y en segundo lugar, se hará referencia a los contratos de sectores excluidos adjudicados al amparo de la medida Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa o indirecta -a través de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidaslos sectores del agua, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran energía, los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª transportes y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital los servicios postales. - Análisis comparativo de la Sociedad Absorbentecontratación administrativa de los años 2010 y 2009.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.
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Samples: Memoria Del Registro De Contratos
Presentación. Los órganos de administración de las sociedades Banco Caminos, S.A. (la “Sociedad Absorbente”), Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto La presente Memoria correspondiente al año 2017 se ha elaborado para dar cumplimiento a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (“LME”). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 LME4.4 del Decreto 16/2016, de 1 xx xxxxx, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, así como del Registro Oficial de Licitadores y del Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante Decreto 16/2016, de 1 xx xxxxx), que establece como una de las atribuciones de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, aprobar y elevar periódicamente al Consejo de Gobierno, a través del Consejero competente en materia de hacienda, una memoria sobre la gestión contractual de la Junta de Extremadura en sus aspectos administrativos, económicos y técnicos. En este mismo sentido, el artículo 6.3 del Decreto 16/2016, de 1 xx xxxxx, dice que una vez aprobada la memoria anual, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa la elevará a la Junta de Extremadura y la hará pública por los procedimientos que considere más oportunos. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura adscrita a la Consejería competente en materia de Hacienda, es el órgano consultivo en materia de contratación administrativa de la Junta de Extremadura, de sus Organismos Públicos y de las restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de la Administración autonómica. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa ejerce la función consultiva, así como la coordinación y el desempeño de las actuaciones que de acuerdo con la normativa, estatal o autonómica, en materia de contratación pública, requieran su intervención. Los artículos 3 y 4 del Decreto 16/2016, de 1 xx xxxxx, delimitan las funciones que le corresponden. La presente Memoria tiene por objeto dar a conocer la medida gestión de la contratación pública de la Junta de Extremadura durante el año 2017, para ello la información se estructura en que en cuatro grandes apartados. En primer lugar se expone la Sociedad Absorbente es titular actividad de forma directa o indirecta -a través la Junta Consultiva de otras Sociedades Absorbidas- Contratación Administrativa de todas las acciones o participaciones sociales, según correspondala Comunidad Autónoma de Extremadura, que integran constituye un órgano especializado en materia de contratación pública. A continuación se ofrece la información facilitada por el capital social Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que proporciona una visión estadística de la contratación realizada por la Administración autonómica durante el ejercicio 2017. El Registro Oficial de Licitadores de Extremadura, dependiente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, pone a disposición de todos la actividad desempeñada. Por último, se dan a conocer la actividad normativa, las Sociedades Absorbidasprevisiones de contratación del ejercicio 2017 y las funciones desarrolladas en materia de gobernanza. El Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, de conformidad con el artículo 11.2 del Decreto 16/2016, de 1 xx xxxxx, ha aprobado en su sesión de 9 de noviembre de 2018, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos Memoria sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital gestión contractual de la Sociedad AbsorbenteJunta de Extremadura del año 2017, y ha acordado su elevación al Consejo de Gobierno.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.
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Samples: Memoria 2017
Presentación. Los órganos de administración de las sociedades Banco Caminos, S.A. (la “Sociedad Absorbente”), Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 El día 10 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (“LME”). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 LMExxxxx del año 2005 se procedió, en la medida ciudad de Madrid, España, a la firma de los Acuerdos correspondientes a la VI Comisión Mixta de Cooperación, prevista en el Acuerdo Complementario General de Cooperación del Convenio Básico de Cooperación Científico-Técnica suscrito entre el Xxxxx de España y la República Dominicana el 8 xx xxxxx de 1988. Los presentes Acuerdos recogen las principales líneas de actuación que, en materia de cooperación y ayuda al desarrollo, serán llevadas a cabo entre ambos países en el periodo 2005-2008. Por parte dominicana suscribió los Acuerdos la Excma. Sra. Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Subsecretaria Técnica de la Presidencia para la Cooperación Internacional, quien estuvo acompañada en el acto por el Excmo. Sr. X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Pons, Embajador de la República Dominicana en España. Por parte española suscribió los Acuerdos el Excmo. Sr. X. Xxxx Xxxxx de Laiglesia y Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional (en adelante, AECI), quien estuvo acompañado por la Ilma. Xxx. Xx Xxxxxx Díaz-Rato Revuelta, Directora General de Cooperación con Iberoamérica de la Agencia Española de Cooperación Internacional. El listado completo de ambas Delegaciones figura como Anexo 1 a la presente Acta. La reunión dió inicio con una cordial bienvenida de la Delegación española a la Delegación dominicana. Ambas Partes coincidieron en resaltar las excelentes relaciones históricas y de amistad existentes entre ambos países, que se ampliaron en 1987 al ámbito de la Sociedad Absorbente es titular cooperación al desarrollo y que experimentan un constante fortalecimiento mediante la existencia de numerosos y muy fluidos canales de dialogo y cooperación política, la intensificación de las relaciones económicas bilaterales y el incremento de las inversiones españolas en la República Dominicana. A continuación tuvo lugar un diálogo político abierto con distintos miembros del Gobierno dominicano y una evaluación del grado de cumplimiento de los Acuerdos suscritos en la V Comisión Mixta que se consideró globalmente, por ambas partes, como muy satisfactorio. Durante su vigencia (años 2001-2004) y con respecto al período inmediatamente anterior (1997-1999), se registró un sensible incremento de la media anual de fondos no reembolsables españoles a la República Dominicana. - El objetivo de incrementar los recursos destinados a Ayuda no Reembolsable hasta llegar al 0,5% del PIB al final de la actual legislatura. - La calificación de la República Dominicana como país prioritario y, por tanto, objeto de una especial concentración de recursos españoles destinados a actividades de cooperación. - La obligatoriedad, derivada de esa calificación, de preparar un Documento Estratégico País (DEP) para la República Dominicana por lo cual, los principales actores de la cooperación española con la República Dominicana elaborarán, de forma directa o indirecta -a través consensuada, un Documento Estratégico de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones sociales, según corresponda, que integran el capital social país (DEP) tomando como marco los presentes Acuerdos. - La definición de las Sociedades Absorbidas, siguientes prioridades horizontales para la operación podrá realizarse sin necesidad Cooperación Española en este periodo: a) Lucha contra la pobreza; b) Defensa de que concurran los siguientes requisitos:
(iderechos humanos; c) La inclusión en el presente Proyecto Equidad de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(iiGénero; d) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.Sostenibilidad medioambiental y
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Samples: Cooperation Agreement
Presentación. Los órganos Tasaciones Inmobiliarias S.A. (TINSA) es la mayor empresa de administración España en tasaciones inmobiliarias, tanto en número de valoraciones realizadas como en número de tasadores y tecnología utilizada. Fue fundada en 1985 a iniciativa de la Confederación Española xx Xxxxx de Ahorros y actualmente participan en su capital la CECA y 36 Cajas de Ahorro, si bien sus servicios se dirigen a todo tipo de clientes, entidades financieras, empresas públicas y privadas, inmobiliarias, aseguradoras, bufetes, organismos de Administraciones Públicas y particulares. Su objeto social es la valoración de toda clase de bienes, principalmente inmuebles (viviendas, locales, naves, terrenos, hoteles, explotaciones agropecuarias, etc.) Es líder en el segmento de las sociedades Banco Caminos, S.A. (la “Sociedad Absorbente”), Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”valoraciones inmobiliarias, y junto a Corporación tiene más de 20 años de experiencia lo que le avalan un gran conocimiento xxx xxxxxxx español, disponiendo de una constante y Gabinetecontinua alimentación y explotación de bases de datos, las “Sociedades Absorbidas”)constituyendo una referencia para instituciones públicas y financieras. Ante todo se caracteriza por su independencia no interviniendo en la intermediación inmobiliaria. Durante el año 2006 se realizaron en conjunto más de 450.000 informes de tasación, han formulado este proyecto común 18.070 tasaciones de fusión (el “Proyecto terrenos urbanos o urbanizables sectorizados y 4.750 terrenos urbanizables no sectorizados y no urbanizables; 17.870 edificios de Fusión”) uso residencial de primera residencia, 1.399 edificios de uso residencial de segunda residencia, 368 edificios de oficinas, 1.277 edificios de uso comercial, 7.126 naves industriales y 3.234 edificios no catalogados en cumplimiento de lo establecido en los artículos 30.1 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 xx xxxxx, sobre modificaciones estructurales alguna de las sociedades mercantiles (“LME”)categorías anteriores; 174.554 viviendas situadas en edificios o bloques, 88.106 viviendas unifamiliares, 1.687 oficinas, 14.862 locales comerciales y 1.574 otros; 65 fondos de comercio, activos inmateriales, opciones, derechos y otros; 67.856 valoraciones intermedias de obra; y 2.035 valoraciones de patrimonio. De conformidad TINSA está organizada en Departamentos y Unidades. Cuenta con una plantilla de 384 profesionales y con más de 1.400 tasadores que operan por toda España, lo dispuesto cual le permite estar muy cerca del cliente. Dispone de 30 delegaciones en el artículo 49 LME, España y concretamente en la medida Comunidad Valenciana dispone en que la Sociedad Absorbente es titular Valencia y Alicante. Igualmente dispone de forma directa o indirecta -a través presencia y presta sus servicios en Europa, Norte de otras Sociedades Absorbidas- de todas las acciones o participaciones socialesÁfrica, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión en el presente Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª Norteamérica y 10.ª del artículo 31 LMELatinoamérica.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergias.
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Samples: Collaboration Agreement
Presentación. Los órganos Se presenta la Memoria correspondiente a 2012 del Registro de administración Contratos del Ayuntamiento de las sociedades Banco CaminosMadrid y sus Organismos Autónomos, S.A. (integrado en la “Sociedad Absorbente”)Dirección General de Contratación y Servicios, Corporación Banco Caminos, S.L.U. (“Corporación”), Gabinete de Estudio y Gestión Jurídica, S.A. (“Gabinete”) y Sistemcam, S.A.U. (“Sistemcam”, y junto a Corporación y Gabinete, las “Sociedades Absorbidas”), han formulado este proyecto común de fusión (el “Proyecto de Fusión”) en cumplimiento de lo establecido previsto en su Reglamento de Organización y Funcionamiento. El Registro de Contratos tiene atribuida como una de sus funciones el dar publicidad periódica a los artículos 30.1 datos obrantes en el mismo. Por ello, anualmente se elabora una Memoria que tiene por objeto difundir información estadística sobre los contratos administrativos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid y 49 sus Organismos Autónomos, al amparo del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 3/2009de Contratos del Sector Público, (en adelante TRLCSP) y los contratos celebrados en virtud de la Ley 31/2007, de 3 xx xxxxx30 de octubre, sobre modificaciones estructurales procedimientos de las sociedades mercantiles (“LME”)contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, en este caso adjudicados por la Empresa Municipal de Transportes, S.A. La Memoria del Registro de Contratos permite llevar a cabo una función de análisis, conocimiento y estudio de la contratación del Ayuntamiento de Madrid. De conformidad con lo dispuesto esta forma, los datos estadísticos de carácter objetivo que se obtienen de la Memoria permiten realizar un análisis de la contratación pública que conlleva una mejora de la misma en aplicación de los principios de economía, eficacia y eficiencia en la gestión administrativa, garantizando también el cumplimiento del principio de transparencia que debe regir en toda contratación pública. La presente Memoria da a conocer los contratos adjudicados entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2012. Con carácter previo al análisis de la Memoria de 2012, se expone un resumen breve del contenido de la misma: - Se analizará en primer lugar la contratación administrativa del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos desde la doble perspectiva del gasto y de los ingresos. En este punto se considerarán los contratos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos adjudicados conforme al TRLCSP. - En otro apartado, se hará referencia a los contratos de sectores excluidos adjudicados al amparo de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. - Esta Memoria, al igual que la elaborada en el artículo 49 LMEejercicio anterior, incorpora el análisis comparativo de la contratación administrativa de los tres últimos años, esto es, 2010, 2011 y 2012, garantizando así un amplio análisis sobre la evolución de la contratación pública. En cuanto a su contenido, es necesario destacar que la contratación pública del año 2010 del Ayuntamiento de Madrid estuvo, en parte, determinada por la medida aprobación del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Conviene recordar que el objetivo del fondo de 2010 consistía en que la Sociedad Absorbente es titular aportación de forma directa o indirecta -a través créditos extraordinarios para atender a la realización por los Ayuntamientos de otras Sociedades Absorbidas- inversiones generadoras de todas las acciones o participaciones socialesempleo y sostenibilidad económica, según corresponda, que integran el capital social de las Sociedades Absorbidas, la operación podrá realizarse sin necesidad de que concurran los siguientes requisitos:
(i) La inclusión y ambiental. Estas aportaciones tuvieron reflejo tanto en el presente Proyecto ámbito de Fusión los contratos de las menciones 2.ªobras, 6.ªcomo en los contratos de servicios y suministros. Para poder realizar una comparativa con criterios homogéneos, 9.ª y 10.ª del artículo 31 LME.
(ii) Los informes de administradores y expertos sobre en el Proyecto de Fusión.
(iii) El aumento de capital de la Sociedad Absorbente.
(iv) La aprobación de la fusión por la junta general o socio único de las Sociedades Absorbidas (análisis plurianual se excluye los planes citados anteriormente, si bien está previsto que la operación sea sometida a su aprobación). La operación de fusión por absorción proyectada, sujeta al cumplimiento de la condición suspensiva descrita se tiene en cuenta en el apartado 10 siguiente, implicará la integración de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente, mediante la transmisión en bloque análisis del patrimonio de las primeras en beneficio de la segunda y la extinción de las primeras sin liquidación. La estructura del capital social de las sociedades intervinientes en la operación de fusión es, a fecha xx xxx, la siguiente: Con la operación de fusión proyectada se simplificaría la estructura societaria del Grupo, reduciéndose costes y gastos, mejorando la eficiencia y generando sinergiasgasto global.
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Samples: Registro De Contratos