Prevalencia. De conformidad con lo establecido en los artículos 54, penúltimo párrafo del “Reglamento” y 105, fracción IV de las “POBALINES”, la convocatoria, la junta de aclaraciones, el fallo y el contrato, son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones; las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria y la junta de aclaraciones; en caso de discrepancia prevalecerá lo establecido en éstas.
Prevalencia. Las Partes acuerdan que en caso de que hubiere conflictos entre lo establecido en cualquier OC, factura y/o cualquier otro documento emitido por Racklatina o el Comprador, y las disposiciones de estos Términos y Condiciones, prevalecerán y se aplicarán siempre los términos del presente, salvo que Racklatina hubiere aceptado en forma expresa, por escrito, y en particular dicha modificación, y hubiere manifestado expresamente que se trata de una excepción.
Prevalencia. El presente contrato deja sin efecto cualquier otro acuerdo anterior o contenido clausular existente, ya sea escrito o verbal; que se haya generado para el desarrollo del objeto contractual, y se entiende
Prevalencia. El presente contrato deja sin efecto cualquier otro acuerdo anterior o contenido clausular existente, ya sea escrito o verbal; que se haya generado para el desarrollo del objeto contractual. El presente contrato se entiende celebrado entre ENCARGA LOGISTICA EMPRESARIAL SAS. Y el USUARIO o REMITENTE, en la fecha de la imposición del envío conforme al contenido de la información a que se refiere la guía que ampara el envío del objeto postal.
Prevalencia. Estas condiciones prevalecen sobre cualquier otro documento anterior, y sólo podrán perder vigencia si son reemplazadas por acuerdos específicos posteriores escritos que estén suscritos por un representante legal de las dos partes.
Prevalencia. Este contrato sustituye y deja sin efectos cualquier otro contrato suscrito entre las partes en relación con el mismo objeto. Las ofertas y demás comunicaciones escritas cruzadas entre las partes servirán para interpretar el contrato, pero no podrán contradecir ni prevalecer sobre lo dispuesto en este documento.
Prevalencia. Las estipulaciones del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil que contradigan lo previsto en el presente Contrato se tendrán por no escritas y el INCO podrá, en cualquier momento durante la ejecución del presente Contrato, solicitar la modificación del mismo para ajustarlo a lo previsto en este Contrato.
Prevalencia. Estas Condiciones seguirán vigentes tras el vencimiento o la rescisión del Acuerdo y el cese de las transacciones comerciales entre el Cliente y Guardian, y las obligaciones del Cliente en virtud del Acuerdo permanecerán en pleno vigor y efecto según sea necesario para el cumplimiento de estas Condiciones.
Prevalencia. Los principios rectores son obligatorios y prevalecen sobre cualquier otra disposición de este código. Serán utilizados como fundamento de interpretación
Prevalencia. Se conferirá prevalencia a las cláusulas particulares sobre las generales, en la hipótesis de divergencia entre ambas.