Common use of Procedimiento de Aclaración de Cargos Clause in Contracts

Procedimiento de Aclaración de Cargos. En caso de que el Cliente no esté de acuerdo con alguno de los movimientos o cargos que aparezcan en su estado de cuenta conforme la cláusula “Cargos autorizados a la Cuenta Corriente del Cliente” podrá ponerse en contacto con el Banco a través del servicio de Banca Telefónica, o bien, presentar dentro de un plazo de (90) noventa días naturales contados a partir de la Fecha xx Xxxxx o de la realización de la operación o servicio, una solicitud de aclaración en cualquiera de las sucursales del Banco o bien, a través de la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio que compruebe fehacientemente su recepción que sea presentado en las direcciones, correo electrónico y datos de contacto de la UNE señalados en la cláusula denominada “Domicilios”, y para las aclaraciones a que se refiere el inciso b) de esta cláusula deberá acompañar copia de la Tarjeta de Crédito y de su identificación oficial; o bien, mediante Banca Telefónica o a través de los medios que el Banco ponga a su disposición, que será acusada de recibo por el Banco. De presentarse el supuesto señalado en el párrafo anterior, el Banco deberá abonar en la Cuenta Corriente del Cliente, el monto de que se trate de acuerdo a lo siguiente: a) Los cargos no reconocidos efectuados en Terminal Punto de Venta (TPV), a más tardar el segundo Día Hábil siguiente a la recepción de la reclamación.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito, Contrato Único De Personas Físicas, Contrato De Apertura De Crédito

Procedimiento de Aclaración de Cargos. En caso de que el Cliente no esté de acuerdo con alguno de los movimientos o cargos que aparezcan en su estado de cuenta conforme la cláusula “Cargos autorizados a la Cuenta Corriente del Cliente” podrá ponerse en contacto con el Banco a través del servicio de Banca Telefónica, o bien, presentar dentro de un plazo de (90) noventa días naturales contados a partir de la Fecha xx Xxxxx o de la realización de la operación o servicio, una solicitud de aclaración en cualquiera de las sucursales del Banco o bien, a través de la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio que compruebe fehacientemente su recepción que sea presentado en las direcciones, correo electrónico y datos de contacto de la UNE señalados en la cláusula denominada “Domicilios”, y para las aclaraciones a que se refiere el inciso b) de esta cláusula deberá acompañar copia de la Tarjeta de Crédito y de su identificación oficial; o bien, mediante Banca Telefónica o a través de los medios que el Banco ponga a su disposición, que será acusada de recibo por el Banco. De presentarse el supuesto señalado en el párrafo anterior, el Banco deberá abonar en la Cuenta Corriente del Cliente, el monto de que se trate de acuerdo a lo siguiente: a) Los cargos no reconocidos efectuados en por Terminal Punto de Venta (TPV), a más tardar el segundo Día Hábil siguiente a la recepción de la reclamación.

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Samples: Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios