Common use of Procedimiento de adquisiciones y contrataciones Clause in Contracts

Procedimiento de adquisiciones y contrataciones. El beneficiario (y el coejecutor, según si las bases del instrumento y el proyecto contempla su participación), deberá(n) utilizar el siguiente procedimiento para las adquisiciones y contrataciones que efectúen en el contexto de ejecución del proyecto con cargo a los recursos del subsidio, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas gastos de operación y gastos de inversión. Todas las adquisiciones y contrataciones que involucren montos de subsidio superiores a $10.000.000.- (diez millones de pesos) netos, deberán ser autorizadas por InnovaChile. Para este efecto, el participante deberá presentar tres cotizaciones firmadas por los proveedores respectivos. InnovaChile, en casos fundados, podrá autorizar la adquisición o contratación con dos cotizaciones o sin cotizaciones previas. La autorización mencionada deberá solicitarse a InnovaChile en forma previa a la contratación o adquisición. Si habiéndose efectuado oportunamente las tres cotizaciones no se hubiere solicitado autorización previa, InnovaChile sólo reconocerá la cotización de menor valor. InnovaChile rechazará el gasto en caso de que el participante no hubiere solicitado autorización ni efectuado las tres cotizaciones previas. No se podrán fragmentar las adquisiciones y contrataciones, con el propósito de evitar el procedimiento previamente descrito. En caso de detectarse fragmentación al momento de la revisión respectiva, InnovaChile rechazará los respectivos gastos. Este procedimiento será de aplicación general, salvo que el participante se rija por la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en cuyo caso aplicará dicha normativa. Asimismo, se deberá observar lo dispuesto en el subnumeral 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales, sobre adquisiciones y contrataciones con personas relacionadas.

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Samples: Subsidy Agreement, Convenio De Subsidio

Procedimiento de adquisiciones y contrataciones. El beneficiario (y el coejecutor, según si las bases del instrumento y el proyecto contempla su participacióncoejecutor(es), deberá(n) utilizar el siguiente procedimiento para las adquisiciones y contrataciones que efectúen en el contexto de ejecución del proyecto con cargo a los recursos del subsidio, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas gastos de operación y gastos de inversión. Todas las adquisiciones y contrataciones que involucren montos de subsidio superiores a $10.000.000.- (diez millones de pesos) netos, deberán ser autorizadas por InnovaChileXxxxx. Para este efecto, el participante deberá presentar tres cotizaciones firmadas por los proveedores respectivos. InnovaChileCorfo, en casos fundados, podrá autorizar la adquisición o contratación con dos cotizaciones o sin cotizaciones previas. La autorización mencionada deberá solicitarse a InnovaChile Corfo en forma previa a la contratación o adquisición. Si habiéndose efectuado oportunamente las tres cotizaciones no se hubiere solicitado autorización previa, InnovaChile Corfo sólo reconocerá la cotización de menor valor. InnovaChile Xxxxx rechazará el gasto en caso de que el participante no hubiere solicitado autorización ni efectuado las tres cotizaciones previas. No se podrán fragmentar las adquisiciones y contrataciones, con el propósito de evitar el procedimiento previamente descrito. En caso de detectarse fragmentación al momento de la revisión respectiva, InnovaChile Xxxxx rechazará los respectivos gastos. Este procedimiento será de aplicación general, salvo que el participante se rija por la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en cuyo caso aplicará dicha normativa. Asimismo, se deberá observar lo dispuesto en el subnumeral 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales, sobre adquisiciones y contrataciones con personas relacionadas.. Solo se podrá subcontratar o externalizar las actividades que no constituyan el objeto principal del convenio. Por lo anterior, solamente podrá subcontratarse o externalizarse actividades financiadas con cargo a la cuenta “Gastos de Operación” o “Gastos de Capacitación”, definidas en la letra b) y c) del numeral 4.6.1 de las BAG, especificadas en la versión vigente (o última versión) del proyecto en el Sistema de Gestión de Proyectos - SGP, conforme a lo señalado en el párrafo tercero de la cláusula segunda precedente, que contiene, entre otros aspectos, el detalle del presupuesto aprobado por actividad, diferenciado por fuente de financiamiento. En particular, las actividades que durante la ejecución del proyecto/programa se subcontratarán o externalizarán, por no constituir el objetivo principal del convenio, son las siguientes: 1 Servicio xx xxxxxx y Transporte 2 gestión de operaciones 3 Servicio de desarrollo de Hardware

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Samples: Subsidy Agreement

Procedimiento de adquisiciones y contrataciones. El beneficiario (y el coejecutor, según si las bases del instrumento y el proyecto contempla su participación), deberá(n) utilizar el siguiente procedimiento para las adquisiciones y contrataciones que efectúen en el contexto de ejecución del proyecto con cargo a los recursos del subsidio, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas gastos de operación y gastos de inversión. Todas las adquisiciones y contrataciones que involucren montos de subsidio superiores a $10.000.000.- (diez millones de pesos) netos, deberán ser autorizadas por InnovaChile. Para este efecto, el participante deberá presentar tres cotizaciones firmadas por los proveedores respectivos. InnovaChile, en casos fundados, podrá autorizar la adquisición o contratación con dos cotizaciones o sin cotizaciones previas. La autorización mencionada deberá solicitarse a InnovaChile en forma previa a la contratación o adquisición. Si habiéndose efectuado oportunamente las tres cotizaciones no se hubiere solicitado autorización previa, InnovaChile sólo reconocerá la cotización de menor valor. InnovaChile rechazará el gasto en caso de que el participante no hubiere solicitado autorización ni efectuado las tres cotizaciones previas. No se podrán fragmentar las adquisiciones y contrataciones, con el propósito de evitar el procedimiento previamente descrito. En caso de detectarse fragmentación al momento de la revisión respectiva, InnovaChile rechazará los respectivos gastos. Este procedimiento será de aplicación general, salvo que el participante se rija por la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en cuyo caso aplicará dicha normativa. Asimismo, se deberá observar lo dispuesto en el subnumeral 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales, sobre adquisiciones y contrataciones con personas relacionadas. Solo se podrá subcontratar o externalizar las actividades que no constituyan el objeto principal del convenio. Por lo anterior, solamente podrá subcontratarse o externalizarse actividades financiadas con cargo a la cuenta “Gastos de Operación”, definida en la letra b), del numeral 4.6.1 de las BAG, especificadas en la versión vigente (o última versión) del proyecto en el Sistema de Gestión de Proyectos - SGP, conforme a lo señalado en el párrafo tercero de la cláusula segunda precedente, que contiene, entre otros aspectos, el detalle del presupuesto aprobado por actividad, diferenciado por fuente de financiamiento. En particular, las actividades que durante la ejecución del proyecto se subcontratarán o externalizarán, por no constituir el objetivo principal del convenio, son las siguientes: N° Nombre de actividad 1 Identificar las características de cada una de las fuentes de datos a utilizar.

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Samples: Convenio De Subsidio

Procedimiento de adquisiciones y contrataciones. El beneficiario (y el coejecutor, según si las bases del instrumento y el proyecto contempla su participación), deberá(n) utilizar el siguiente procedimiento para las adquisiciones y contrataciones que efectúen en el contexto de ejecución del proyecto con cargo a los recursos del subsidio, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas gastos de operación y gastos de inversión. Todas las adquisiciones y contrataciones que involucren montos de subsidio superiores a $10.000.000.- (diez millones de pesos) netos, deberán ser autorizadas por InnovaChile. Para este efecto, el participante deberá presentar tres cotizaciones firmadas por los proveedores respectivos. InnovaChile, en casos fundados, podrá autorizar la adquisición o contratación con dos cotizaciones o sin cotizaciones previas. La autorización mencionada deberá solicitarse a InnovaChile en forma previa a la contratación o adquisición. Si habiéndose efectuado oportunamente las tres cotizaciones no se hubiere solicitado autorización previa, InnovaChile sólo reconocerá la cotización de menor valor. InnovaChile rechazará el gasto en caso de que el participante no hubiere solicitado autorización ni efectuado las tres cotizaciones previas. No se podrán fragmentar las adquisiciones y contrataciones, con el propósito de evitar el procedimiento previamente descrito. En caso de detectarse fragmentación al momento de la revisión respectiva, InnovaChile rechazará los respectivos gastos. Este procedimiento será de aplicación general, salvo que el participante se rija por la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en cuyo caso aplicará dicha normativa. Asimismo, se deberá observar lo dispuesto en el subnumeral 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales, sobre adquisiciones y contrataciones con personas relacionadas.. Sólo se podrá subcontratar o externalizar las actividades que no constituyan el objeto principal del convenio. Por lo anterior, solamente podrá subcontratarse o externalizarse actividades financiadas con cargo a la cuenta “Gastos de Operación”, definida en la letra b), del numeral 4.6.1 de las BAG, especificadas en la versión vigente (o última versión) del proyecto en el Sistema de Gestión de Proyectos - SGP, conforme a lo señalado en el párrafo tercero de la cláusula segunda precedente, que contiene, entre otros aspectos, el detalle del presupuesto aprobado por actividad, diferenciado por fuente de financiamiento. En particular, las actividades que durante la ejecución del proyecto se subcontratarán o externalizarán, por no constituir el objetivo principal del convenio, son las siguientes: N° Nombre de actividad 1 Desarrollo de campañas de marketing

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Samples: Convenio De Subsidio

Procedimiento de adquisiciones y contrataciones. El beneficiario (y el coejecutor, según si las bases del instrumento y el proyecto contempla su participación), deberá(n) utilizar el siguiente procedimiento para las adquisiciones y contrataciones que efectúen en el contexto de ejecución del proyecto con cargo a los recursos del subsidio, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas gastos de operación y gastos de inversión. Todas las adquisiciones y contrataciones que involucren montos de subsidio superiores a $10.000.000.- (diez millones de pesos) netos, deberán ser autorizadas por InnovaChile. Para este efecto, el participante deberá presentar tres cotizaciones firmadas por los proveedores respectivos. InnovaChile, en casos fundados, podrá autorizar la adquisición o contratación con dos cotizaciones o sin cotizaciones previas. La autorización mencionada deberá solicitarse a InnovaChile en forma previa a la contratación o adquisición. Si habiéndose efectuado oportunamente las tres cotizaciones no se hubiere solicitado autorización previa, InnovaChile sólo reconocerá la cotización de menor valor. InnovaChile rechazará el gasto en caso de que el participante no hubiere solicitado autorización ni efectuado las tres cotizaciones previas. No se podrán fragmentar las adquisiciones y contrataciones, con el propósito de evitar el procedimiento previamente descrito. En caso de detectarse fragmentación al momento de la revisión respectiva, InnovaChile rechazará los respectivos gastos. Este procedimiento será de aplicación general, salvo que el participante se rija por la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en cuyo caso aplicará dicha normativa. Asimismo, se deberá observar lo dispuesto en el subnumeral 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales, sobre adquisiciones y contrataciones con personas relacionadas.. Sólo se podrá subcontratar o externalizar las actividades que no constituyan el objeto principal del convenio. Por lo anterior, solamente podrá subcontratarse o externalizarse actividades financiadas con cargo a la cuenta "Gastos de Operación", definida en la letra

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Samples: Subsidy Agreement