Common use of Procedimiento para la designación de becarios Clause in Contracts

Procedimiento para la designación de becarios. Para la designación de becarios se aplicará en todo cuanto corresponda las pautas establecidas por la AGENCIA en la cláusula 12ª del Contrato de Promoción oportunamente suscrito y lo dispuesto en el Reglamento de Becas del FONCyT vigente. En todos los casos en que se prevea la incorporación de un becario, el Investigador Responsable del proyecto deberá instrumentar un concurso que contará con la suficiente difusión a nivel nacional. Para ello deberá completar y enviar el formulario que figura en la página web de la Agencia xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx Una vez cumplido con el llamado correspondiente, se reunirá un Jurado constituido por 3 investigadores, los que deberán ser designados por el Investigador Responsable, pudiendo ser él mismo uno de los integrantes. Este jurado deberá confeccionar un acta, según el modelo que figura en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx donde deberán consignarse todos los datos que allí se solicitan. El FONCyT verificará el cumplimiento de los procedimientos previstos en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción, y aprobará la designación del becario hasta la finalización del proyecto y en función del presupuesto aprobado, solamente en los casos en que se cumpla con las condiciones previstas en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción. Una vez aprobada la designación del becario por parte del FONCyT, y comunicada la decisión a la UA correspondiente, el Investigador Responsable deberá comunicar, a través de los medios que considere conveniente, la resolución del concurso a los candidatos presentados. El inicio de las becas será en todos los casos el día primero de cada mes, posterior a la fecha de aprobación del FONCyT. Para ello deberá presentarse al FONCyT la documentación completa antes del día 20 del mes anterior al de inicio de las actividades del becario. Las presentaciones que se realicen con fecha posterior al día 20 del mes, determinará que la designación no podrá ser efectuada en el mes siguiente al de la presentación. El Investigador Responsable a través de la Unidad Administradora deberá enviar para la aprobación por parte del FONCyT, la siguiente documentación en forma completa: Acta con las firmas originales de todos los miembros xxx Xxxxxx. Curriculum Vitae del becario seleccionado. Copia del título de grado o certificado de título en trámite Constancia de inscripción al Doctorado o el compromiso del becario a inscribirse en un plazo no mayor a seis meses, cuando la beca sea de nivel inicial. La no inscripción al Doctorado dentro del plazo establecido, podrá determinar el cese de la beca. Copia de Titulo de Doctor en el caso en que la beca sea de Nivel Superior. Copia del comprobante de CUIT/CUIL. Copia del formulario de llamado a concurso publicado en la pagina Web de la AGENCIA. Nota del becario, conformada por el IR, por la que toman conocimiento del Reglamento de Becas vigente. En el caso que la documentación enviada no esté completa, no se autorizará la designación del candidato propuesto hasta tanto no se complete la información requerida. Será obligación de la UA enviar mensualmente a la AGENCIA-FONCyT-, antes del día 20 de cada mes, el listado de becarios activos, indicando Banco, denominación y CBU de las cuentas correspondientes, a fin de poder realizar el pago del estipendio mensual. El pago a los becarios estará supeditado a la presentación en tiempo y forma por parte de la UA del envío de dicha certificación. La UA deberá coordinar con la AGENCIA la apertura de las cuentas para los becarios. Gastos de Administración del Subsidio: este gasto corresponde al porcentaje que percibe la Unidad Administradora como contraprestación por las gestiones realizadas a fin de administrar los proyectos. El monto se calcula descontando el 4% del subsidio. Los gastos bancarios, de certificación por el Consejo, honorarios del contador, etc. deberán ser cubiertos con dicho porcentaje. Equipamiento: En este rubro se prevé la adquisición de equipos originalmente presupuestados o los que, durante el transcurso del proyecto sean aprobados por el FONCyT. En aquellos casos que el monto de la adquisición supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) se deberá seguir con los procedimientos de selección contemplados dentro de la normativa BID. 3Normas sobre adquisiciones Para los procedimientos de adquisiciones se aplican las políticas del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, cuyo texto completo puede consultarse en la página web de dicho organismo xxx.xxxx.xxx, específicamente los documentos titulados Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-6) y Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2350-6). Toma de Precios (TP) Concurso Público Nacional (CPN) Licitación Pública Nacional (LPN) Licitación Pública internacional (LPI) En el Anexo A, se resume la información sobre los principales procedimientos de adquisición. Es indispensable para la adecuada ejecución de un proyecto una sólida planificación y coordinación de las adquisiciones que han de requerirse con motivo de ese proyecto. Para ello, la UA debe preparar un plan general de adquisiciones. Los objetivos del Plan de Adquisiciones son: Ayudar al Investigador Responsable a programar el flujo de recursos y la realización de los procesos de contratación de las adquisiciones para satisfacer los requerimientos de la ejecución de los Proyectos. Promover la mayor competencia posible Evitar errores u omisiones en los procesos de adquisición Para el diseño del plan debe contarse como mínimo la siguiente información: Adquisiciones principales previstas para el proyecto Fuente de financiamiento (subvención o contrapartida) Procedimientos de adquisición (CD, CP, LPN, LPI, SBCC) Estado del Procedimiento (pendiente, en proceso, adjudicado y/o cancelado) 3.1Excepciones

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Procedimiento para la designación de becarios. Para la designación de becarios se aplicará en todo cuanto corresponda las pautas establecidas por la AGENCIA en la cláusula 12ª del Contrato de Promoción oportunamente suscrito y lo dispuesto en el Reglamento de Becas del FONCyT vigente. En todos los casos en que se prevea la incorporación de un becario, el Investigador Responsable del proyecto deberá instrumentar un concurso que contará con la suficiente difusión a nivel nacional. Para ello deberá completar y enviar el formulario que figura en la página web de la Agencia xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx (xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/xxxx_xxxxx/). Una vez cumplido con el llamado correspondiente, se reunirá un Jurado constituido por 3 investigadores, los que deberán ser designados por el Investigador Responsable, pudiendo ser él mismo uno de los integrantes. Este jurado deberá confeccionar un acta, según el modelo que figura en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx donde deberán consignarse todos los datos que allí se solicitan. (xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxx_xx_xxxx_xxxx_xxxxxxxx_xx_xxxx.xx El FONCyT verificará el cumplimiento de los procedimientos previstos en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción, y aprobará la designación del becario hasta la finalización del proyecto y en función del presupuesto aprobado, solamente en los casos en que se cumpla con las condiciones previstas en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción. Una vez aprobada la designación del becario por parte del FONCyT, y comunicada la decisión a la UA correspondiente, el Investigador Responsable deberá comunicar, a través de los medios que considere conveniente, la resolución del concurso a los candidatos presentados. El inicio de las becas será en todos los casos el día primero de cada mes, posterior a la fecha de aprobación del FONCyT. Para ello deberá presentarse al FONCyT la documentación completa antes del día 20 del mes anterior al de inicio de las actividades del becario. Las presentaciones que se realicen con fecha posterior al día 20 del mes, determinará que la designación no podrá ser efectuada en el mes siguiente al de la presentación. El Investigador Responsable a través de la Unidad Administradora UA deberá enviar para la aprobación por parte del FONCyT, la siguiente documentación en forma completa: Acta con las firmas originales de todos los miembros xxx Xxxxxx. Curriculum Vitae del becario seleccionado. Copia del título de grado o certificado de título en trámite Constancia de inscripción al Doctorado o el compromiso del becario a inscribirse en un plazo no mayor a seis meses, cuando la beca sea de nivel inicial. La no inscripción al Doctorado dentro del plazo establecido, podrá determinar el cese de la beca. Copia de Titulo de Doctor en el caso en que la beca sea de Nivel Superior. Copia del comprobante de CUIT/CUIL. Copia del formulario de llamado a concurso publicado en la pagina Web de la AGENCIA. Nota del becario, conformada por el IR, por la que toman conocimiento del Reglamento de Becas vigente. • Formulario para la Apertura de la cuenta bancaria. En el caso que la documentación enviada no esté completa, no se autorizará la designación del candidato propuesto hasta tanto no se complete la información requerida. La UA deberá coordinar con la AGENCIA la apertura de las cuentas para los becarios. Será obligación de la UA enviar mensualmente a la AGENCIA-FONCyT-, antes del día 20 de cada mes, el listado de becarios activos, indicando Banco, denominación y CBU de las cuentas correspondientes, a fin de poder realizar el pago del estipendio mensual. El pago a los becarios estará supeditado a la presentación en tiempo y forma por parte de la UA del envío de dicha certificación. La UA deberá coordinar con la AGENCIA la apertura de las cuentas para los becarios. Gastos de Administración del Subsidio: este gasto corresponde al porcentaje que percibe la Unidad Administradora como contraprestación por las gestiones realizadas a fin de administrar los proyectos. El monto se calcula descontando el 4% del subsidio. Los gastos bancarios, de certificación por el Consejo, honorarios del contador, etc. deberán ser cubiertos con dicho porcentaje. Equipamiento: En este rubro se prevé la adquisición de equipos originalmente presupuestados o los que, durante el transcurso del proyecto sean aprobados por el FONCyT. En aquellos casos que el monto de la adquisición supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) se deberá seguir con los procedimientos de selección contemplados dentro de la normativa BID. 3Normas sobre adquisiciones Para los procedimientos de adquisiciones se aplican las políticas del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, cuyo texto completo puede consultarse en la página web de dicho organismo xxx.xxxx.xxx, específicamente los documentos titulados Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-6) y Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2350-6). Toma de Precios (TP) Concurso Público Nacional (CPN) Licitación Pública Nacional (LPN) Licitación Pública internacional (LPI) En el Anexo A, se resume la información sobre los principales procedimientos de adquisición. Es indispensable para la adecuada ejecución de un proyecto una sólida planificación y coordinación de las adquisiciones que han de requerirse con motivo de ese proyecto. Para ello, la UA debe preparar un plan general de adquisiciones. Los objetivos del Plan de Adquisiciones son: Ayudar al Investigador Responsable a programar el flujo de recursos y la realización de los procesos de contratación de las adquisiciones para satisfacer los requerimientos de la ejecución de los Proyectos. Promover la mayor competencia posible Evitar errores u omisiones en los procesos de adquisición Para el diseño del plan debe contarse como mínimo la siguiente información: Adquisiciones principales previstas para el proyecto Fuente de financiamiento (subvención o contrapartida) Procedimientos de adquisición (CD, CP, LPN, LPI, SBCC) Estado del Procedimiento (pendiente, en proceso, adjudicado y/o cancelado) 3.1Excepciones.

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Procedimiento para la designación de becarios. El llamado a concurso podrá realizarse únicamente durante el primer año de ejecución del proyecto, para los proyectos de tres años de duración y en el transcurso de los primeros seis meses de ejecución cuando la duración del proyecto sea de 2 años. No se aceptarán solicitudes de designación de becarios cuando las mismas se encuentren fuera de los plazos estipulados. Para la designación de becarios se aplicará en todo cuanto corresponda las pautas establecidas por la AGENCIA en la cláusula 12ª del el Contrato de Promoción oportunamente suscrito y lo dispuesto en el Reglamento de Becas del FONCyT vigente. En todos los casos en que se prevea la incorporación de un becario, el Investigador Responsable del proyecto deberá instrumentar un concurso que contará con la suficiente difusión a nivel nacional. Para ello deberá completar y enviar el formulario que figura en la página web Web de la Agencia xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxx_xxxxx/ El inicio efectivo de las actividades del becario no podrá ser anterior a la fecha de inicio del proyecto. Por lo tanto las solicitudes de designaciones que lleguen al FONCYT, quedarán pendientes hasta que la Unidad Administradora haya recibido el primer desembolso al proyecto. Los candidatos que se postulen a la beca deberán presentar en forma completa la documentación requerida en el concurso por los medios que el Investigador Responsable hubiera establecido a tal fin. Una vez cumplido con el llamado correspondiente, se reunirá un Jurado constituido por 3 investigadores, los que deberán ser designados por el Investigador Responsable, pudiendo ser él mismo uno de los integrantes. Este jurado deberá confeccionar un acta, según el modelo que figura en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx (xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxx_xx_xxxx_xxxx_xxxxxxxx_xx_xxxx.x oc), donde deberán consignarse todos los datos que allí se solicitan. El FONCyT verificará Si el cumplimiento de los procedimientos previstos en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción, y aprobará la designación del becario hasta la finalización del proyecto y en función del presupuesto aprobado, solamente en concurso fuere declarado “Desierto” deberá comunicarse este resultado al FONCYT. En todos los casos en que se cumpla con las condiciones previstas en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción. Una vez aprobada la designación del becario por parte del FONCyT, y comunicada la decisión a la UA correspondiente, el Investigador Responsable deberá comunicarcomunicar a los postulantes presentados al concurso, el Acta con el resultado del mismo. El IR deberá remitir al FONCyT, a través de los medios que considere convenientesu Unidad Administradora, la resolución del concurso a los candidatos presentados. El inicio de las becas será en todos los casos el día primero de cada mes, posterior a la fecha de aprobación del FONCyT. Para ello deberá presentarse al FONCyT la documentación completa antes del día 20 del mes anterior al para obtener, de inicio de las actividades del becario. Las presentaciones que se realicen con fecha posterior al día 20 del mes, determinará que la designación no podrá ser efectuada en el mes siguiente al de la presentación. El Investigador Responsable a través de la Unidad Administradora deberá enviar para la aprobación por parte del FONCyTcorresponder, la siguiente documentación en forma completa: Acta con las firmas originales de todos los miembros xxx Xxxxxx. Curriculum Vitae no objeción del becario seleccionado. Copia del título de grado o certificado de título en trámite Constancia de inscripción al Doctorado o el compromiso del becario a inscribirse en un plazo no mayor a seis meses, cuando la beca sea de nivel inicial. La no inscripción al Doctorado dentro del plazo establecido, podrá determinar el cese de la beca. Copia de Titulo de Doctor en el caso en que la beca sea de Nivel Superior. Copia del comprobante de CUIT/CUIL. Copia del formulario de llamado a concurso publicado en la pagina Web de la AGENCIA. Nota del becario, conformada por el IR, por la que toman conocimiento del Reglamento de Becas vigente. En el caso que la documentación enviada no esté completa, no se autorizará la designación del candidato propuesto hasta tanto no se complete la información requerida. Será obligación de la UA enviar mensualmente a la AGENCIA-FONCyT-, antes del día 20 de cada mes, el listado de becarios activos, indicando Banco, denominación y CBU de las cuentas correspondientes, a fin de poder realizar el pago del estipendio mensual. El pago a los becarios estará supeditado a la presentación en tiempo y forma por parte de la UA del envío de dicha certificación. La UA deberá coordinar con la AGENCIA la apertura de las cuentas para los becarios. Gastos de Administración del Subsidio: este gasto corresponde al porcentaje que percibe la Unidad Administradora como contraprestación por las gestiones realizadas a fin de administrar los proyectos. El monto se calcula descontando el 4% del subsidio. Los gastos bancarios, de certificación por el Consejo, honorarios del contador, etc. deberán ser cubiertos con dicho porcentaje. Equipamiento: En este rubro se prevé la adquisición de equipos originalmente presupuestados o los que, durante el transcurso del proyecto sean aprobados por el FONCyT. En aquellos casos que el monto de la adquisición supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) se deberá seguir con los procedimientos de selección contemplados dentro de la normativa BID. 3Normas sobre adquisiciones Para los procedimientos de adquisiciones se aplican las políticas del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, cuyo texto completo puede consultarse en la página web de dicho organismo xxx.xxxx.xxx, específicamente los documentos titulados Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-6) y Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2350-6). Toma de Precios (TP) Concurso Público Nacional (CPN) Licitación Pública Nacional (LPN) Licitación Pública internacional (LPI) En el Anexo A, se resume la información sobre los principales procedimientos de adquisición. Es indispensable para la adecuada ejecución de un proyecto una sólida planificación y coordinación de las adquisiciones que han de requerirse con motivo de ese proyecto. Para ello, la UA debe preparar un plan general de adquisiciones. Los objetivos del Plan de Adquisiciones son: Ayudar al Investigador Responsable a programar el flujo de recursos y la realización de los procesos de contratación de las adquisiciones para satisfacer los requerimientos de la ejecución de los Proyectos. Promover la mayor competencia posible Evitar errores u omisiones en los procesos de adquisición Para el diseño del plan debe contarse como mínimo la siguiente información: Adquisiciones principales previstas para el proyecto Fuente de financiamiento (subvención o contrapartida) Procedimientos de adquisición (CD, CP, LPN, LPI, SBCC) Estado del Procedimiento (pendiente, en proceso, adjudicado y/o cancelado) 3.1Excepcionespropuesto:

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Procedimiento para la designación de becarios. El llamado a concurso podrá realizarse únicamente durante el primer año de ejecución del proyecto, para los proyectos de tres años de duración y en el transcurso de los primeros seis meses de ejecución cuando la duración del proyecto sea de 2 años. No se aceptarán solicitudes de designación de becarios cuando las mismas se encuentren fuera de los plazos estipulados. Para la designación de becarios se aplicará en todo cuanto corresponda las pautas establecidas por la AGENCIA en la cláusula 12ª del el Contrato de Promoción oportunamente suscrito y lo dispuesto en el Reglamento de Becas del FONCyT vigente. En todos los casos en que se prevea la incorporación de un becario, el Investigador Responsable del proyecto deberá instrumentar un concurso que contará con la suficiente difusión a nivel nacional. Para ello deberá completar y enviar el formulario que figura en la página web Web de la Agencia xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxx_xxxxx/ El inicio efectivo de las actividades del becario no podrá ser anterior a la fecha de inicio del proyecto. Por lo tanto las solicitudes de designaciones que lleguen al FONCYT, quedarán pendientes hasta que la Unidad Administradora haya recibido el primer desembolso al proyecto. Los candidatos que se postulen a la beca deberán presentar en forma completa la documentación requerida en el concurso por los medios que el Investigador Responsable hubiera establecido a tal fin. Una vez cumplido con el llamado correspondiente, se reunirá un Jurado constituido por 3 investigadores, los que deberán ser designados por el Investigador Responsable, pudiendo ser él mismo uno de los integrantes. Este jurado deberá confeccionar un acta, según el modelo que figura en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx_xxxxx.xxx (xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxx_xx_xxxx_xxxx_xxxxxxxx_xx_xxxx.xx c), donde deberán consignarse todos los datos que allí se solicitan. El FONCyT verificará Si el cumplimiento de los procedimientos previstos en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción, y aprobará la designación del becario hasta la finalización del proyecto y en función del presupuesto aprobado, solamente en concurso fuere declarado “Desierto” deberá comunicarse este resultado al FONCYT. En todos los casos en que se cumpla con las condiciones previstas en el Reglamento de Becas y en el Contrato de Promoción. Una vez aprobada la designación del becario por parte del FONCyT, y comunicada la decisión a la UA correspondiente, el Investigador Responsable deberá comunicarcomunicar a los postulantes presentados al concurso, el Acta con el resultado del mismo. El IR deberá remitir al FONCyT, a través de los medios que considere convenientesu Unidad Administradora, la resolución del concurso a los candidatos presentados. El inicio de las becas será en todos los casos el día primero de cada mes, posterior a la fecha de aprobación del FONCyT. Para ello deberá presentarse al FONCyT la documentación completa antes para obtener, de corresponder, la no objeción del día 20 becario propuesto: • Copia del mes anterior al de inicio de las actividades formulario del becario. Las presentaciones que se realicen con fecha posterior al día 20 del mes, determinará que llamado a concurso publicado en la designación no podrá ser efectuada en el mes siguiente al página WEB de la presentaciónAgencia. El Investigador Responsable a través • Acta del concurso (Anexo I) con la firma en original de la Unidad Administradora deberá enviar para la aprobación por parte del FONCyT, la siguiente documentación en forma completa: Acta con las firmas originales de todos los miembros xxx Xxxxxx. Curriculum Vitae xxxxxx • Currículo del becario seleccionadoseleccionado (el cual deberá contar como mínimo con la información requerida en el Modelo de CV, Anexo III del Reglamento de Becas). Copia del título Título de grado Grado o certificado de título Título en trámite trámite. • Copia del Comprobante de CUIL/CUIT/CDI (para el caso de becarios extranjeros) • Constancia de inscripción Inscripción al Doctorado o el compromiso del becario a inscribirse en un plazo no mayor a seis meses, cuando la beca sea de nivel inicial. La no inscripción al Doctorado dentro • Copia del plazo establecido, podrá determinar el cese de la beca. Copia de Titulo de Doctor Doctor, en el caso en que la beca sea de Nivel Superiornivel superior. Copia del comprobante de CUIT/CUIL. Copia del formulario de llamado a concurso publicado en • Formulario para la pagina Web apertura de la AGENCIAcuenta bancaria (Anexo II) • Plan de trabajo firmado por el Becario y el Director de beca. Nota del becario, conformada por Becario con el aval del IR, por la que toman declaran el conocimiento y aceptación del Reglamento de Becas vigenteBecas, así como de las obligaciones y derechos que emanan del mismo. En Copia del Pasaporte y trámite de Residencia Temporal (sólo para los postulantes extranjeros no residentes en el país) El FONCyT verificará el cumplimiento del procedimiento previsto en el Reglamento de Becas, en el presente Manual y en el Contrato de Promoción, y en su caso que comunicará a la documentación enviada Unidad Administradora la no esté completa, no se autorizará objeción a la designación del candidato propuesto hasta tanto becario, por parte de la Institución Beneficiaria, pudiendo dar inicio a la beca a partir del día 01 del mes posterior a la fecha de envío de la documentación. La documentación que se presente con fecha posterior al día 20 de cada mes, o que habiéndose presentado en término esté incompleta, determinará que pase al circuito de liquidación del mes siguiente. Notificada la no se complete objeción, la información requeridaInstitución Beneficiaria designará al becario, debiendo otorgar cobertura al mismo bajo el sistema de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Es obligación de la Unidad Administradora contar con la designación formal del becario por parte de la IB, como documentación respaldatoria, para ser presentada ante los auditores de la Agencia y/o del BID; y, asimismo, es obligación de la Unidad Administradora contar con el comprobante de inscripción a la ART al momento de realizar la certificación mensual de beca. La UA deberá coordinar con la AGENCIA la apertura de las cuentas para los becarios. Será obligación de la UA enviar mensualmente a la AGENCIA-AGENCIA- FONCyT-, antes del día 20 de cada mes, el listado de becarios activosactivos y/o su inclusión en el Sistema Emerix Web, según corresponda, indicando Banco, denominación el número de inscripción a la ART y CBU el nombre de las cuentas correspondientesla empresa, a fin de poder realizar el pago del estipendio mensual. El pago a los becarios estará supeditado a la presentación en tiempo y forma por parte de la UA del envío de dicha certificación. La UA deberá coordinar con inclusión de los becarios en la AGENCIA certificación mensual implica la apertura previa notificación por parte del IR del cumplimento de las cuentas para los becarios. Gastos de Administración actividades del Subsidio: este gasto corresponde al porcentaje que percibe la Unidad Administradora como contraprestación por las gestiones realizadas a fin de administrar los proyectos. El monto se calcula descontando becario y el 4% del subsidio. Los gastos bancarios, de certificación por el Consejo, honorarios del contador, etc. deberán ser cubiertos con dicho porcentaje. Equipamiento: En este rubro se prevé la adquisición de equipos originalmente presupuestados o los que, durante el transcurso del proyecto sean aprobados por el FONCyT. En aquellos casos que el monto pago mensual de la adquisición supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) se deberá seguir con los procedimientos de selección contemplados dentro ART por parte de la normativa BIDIB. 3Normas sobre adquisiciones Para los procedimientos de adquisiciones se aplican las políticas del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, cuyo texto completo puede consultarse En ningún caso la UA podrá incluir en la página web de dicho organismo xxx.xxxx.xxx, específicamente los documentos titulados Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-6) y Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2350-6). Toma de Precios (TP) Concurso Público Nacional (CPN) Licitación Pública Nacional (LPN) Licitación Pública internacional (LPI) En el Anexo A, se resume la información sobre los principales procedimientos de adquisición. Es indispensable para la adecuada ejecución de un proyecto una sólida planificación y coordinación de las adquisiciones que han de requerirse con motivo de ese proyecto. Para ello, la UA debe preparar un plan general de adquisiciones. Los objetivos del Plan de Adquisiciones son: Ayudar al Investigador Responsable a programar el flujo de recursos y la realización de los procesos de contratación de las adquisiciones para satisfacer los requerimientos de la ejecución de los Proyectos. Promover la mayor competencia posible Evitar errores u omisiones en los procesos de adquisición Para el diseño del plan debe contarse como mínimo la siguiente información: Adquisiciones principales previstas certificación mensual para el proyecto Fuente de financiamiento (subvención o contrapartida) Procedimientos de adquisición (CD, CP, LPN, LPI, SBCC) Estado pago del Procedimiento (pendiente, en proceso, adjudicado y/o cancelado) 3.1Excepcionesestipendio a becarios que no reúnan las condiciones mencionadas.

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