PROGRAMA DE TRABAJO O PLANNING DE OBRA. Entre la notificación de la adjudicación y la firma del contrato debe el adjudicatario someter a la aprobación de El Consorcio un Programa de Trabajos, o Planning de Obra, indicando el orden en que ha de procederse y los métodos por los que se propone llevar a cabo las obras. El Programa de Trabajos se redactará siguiendo la técnica de programación PERT o diagrama xx xxxxxx, también conocido por método XXXXX, señalándose en el método el número de actividades que definan suficientemente las obras objeto del Contrato en cuestión. Dicho programa será parte integrante del contrato. El Programa de trabajo o Planning de obra será detallado y en él recogerá las partidas de obra que van a realizarse cada mes, indicando el porcentaje de obra ejecutada, y si el personal es propio o subcontratado. En el supuesto de que una partida sea ejecutada tanto por la empresa adjudicataria como por la empresa subcontratada, deberá reflejarse en el programa de trabajo o planning de obra la parte que será realizada por una o por otra. Se incluirá asimismo en el programa o planning de obra, un gráfico de las valoraciones de obra mensuales y al origen previstas. El Programa de Trabajos o Planning de obra será actualizado periódicamente por el adjudicatario cuantas veces sea éste requerido para ello por El Consorcio. El adjudicatario se someterá, para la redacción del Programa de Trabajos o Planning de obra inicial y para las sucesivas revisiones y actualizaciones del mismo, a las instrucciones y normas que dicte la Dirección Facultativa y El Consorcio. En especial el planning de obras se diseñará de modo que permita desarrollar las obras a la vez que se le afecte en la menor medida posible a los comercios de restauración presentes en la zona. Las revisiones del Programa de Trabajos o Planning de obra, no eximen al adjudicatario de su responsabilidad respecto de los plazos de ejecución estipulados en el contrato. El órgano de contratación acordará dentro de los quince días naturales siguientes a la presentación del programa de trabajos o planning de obra y previa conformidad por escrito del técnico de El Consorcio responsable de la obra modificaciones o determinadas prescripciones siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Una vez aceptado el programa de trabajos se incorporará al contrato practicándose en su caso el correspondiente reajuste de anualidades.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
PROGRAMA DE TRABAJO O PLANNING DE OBRA. Entre la notificación de la adjudicación y la firma del contrato debe el adjudicatario someter a la aprobación de El Consorcio un Programa de Trabajos, o Planning de Obra, PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA “RESTAURACIÓN DE LA CASA TOLOSA”- FASE I DE CONSOLIDACIÓN. 41 indicando el orden en que ha de procederse y los métodos por los que se propone llevar a cabo las obras. El Programa de Trabajos se redactará siguiendo la técnica de programación PERT o diagrama xx xxxxxx, también conocido por método XXXXX, señalándose en el método el número de actividades que definan suficientemente las obras objeto del Contrato en cuestión. Dicho programa será parte integrante del contrato. El Programa de trabajo o Planning de obra será detallado y en él recogerá las partidas de obra que van a realizarse cada mes, indicando el porcentaje de obra ejecutada, y si el personal es propio o subcontratado. En el supuesto de que una partida sea ejecutada tanto por la empresa adjudicataria como por la empresa subcontratada, deberá reflejarse en el programa de trabajo o planning de obra la parte que será realizada por una o por otra. Se incluirá asimismo en el programa o planning de obra, un gráfico de las valoraciones de obra mensuales y al origen previstas. El Programa de Trabajos o Planning de obra será actualizado periódicamente por el adjudicatario cuantas veces sea éste requerido para ello por El Consorcio. El adjudicatario se someterá, para la redacción del Programa de Trabajos o Planning de obra inicial y para las sucesivas revisiones y actualizaciones del mismo, a las instrucciones y normas que dicte la Dirección Facultativa y El Consorcio. En especial el planning de obras se diseñará de modo que permita desarrollar las obras a la vez que se le afecte en la menor medida posible a los comercios de restauración presentes en la zona. Las revisiones del Programa de Trabajos o Planning de obra, no eximen al adjudicatario de su responsabilidad respecto de los plazos de ejecución estipulados en el contrato. El órgano de contratación acordará dentro de los quince días naturales siguientes a la presentación del programa de trabajos o planning de obra y previa conformidad por escrito del técnico de El Consorcio responsable de la obra modificaciones o determinadas prescripciones siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Una vez aceptado el programa de trabajos se incorporará al contrato practicándose en su caso el correspondiente reajuste de anualidades.
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PROGRAMA DE TRABAJO O PLANNING DE OBRA. Entre la notificación de la adjudicación y la firma del contrato debe el adjudicatario someter a la aprobación de El Consorcio un Programa de Trabajos, o Planning de Obra, indicando el orden en que ha de procederse y los métodos por los que se propone llevar a cabo las obras. El Programa de Trabajos se redactará siguiendo la técnica de programación PERT o diagrama xx xxxxxx, también conocido por método XXXXX, señalándose en el método el número de actividades que definan suficientemente las obras objeto del Contrato en cuestión. Dicho programa será parte integrante del contrato. El Programa de trabajo o Planning de obra será detallado y en él recogerá las partidas de obra que van a realizarse cada mes, indicando el porcentaje de obra ejecutada, y si el personal es propio o subcontratado. En el supuesto de que una partida sea ejecutada tanto por la empresa adjudicataria como por la empresa subcontratada, deberá reflejarse en el programa de trabajo o planning de obra la parte que será realizada por una o por otra. Se incluirá asimismo en el programa o planning de obra, un gráfico de las valoraciones de obra mensuales y al origen previstas. El Programa de Trabajos o Planning de obra será actualizado periódicamente por el adjudicatario cuantas veces sea éste requerido para ello por El Consorcio. El adjudicatario se someterá, para la redacción del Programa de Trabajos o Planning de obra inicial y para las sucesivas revisiones y actualizaciones del mismo, a las instrucciones y normas que dicte la Dirección Facultativa y El Consorcio. En especial el planning de obras se diseñará de modo que permita desarrollar las obras a la vez que se le afecte en la menor medida posible a los comercios de restauración presentes en la zona. Las revisiones del Programa de Trabajos o Planning de obra, no eximen al adjudicatario de su responsabilidad respecto de los plazos de ejecución estipulados en el contrato. El órgano de contratación acordará dentro de los quince días naturales siguientes a la presentación del programa de trabajos o planning de obra y previa conformidad por escrito del técnico de El Consorcio responsable de la obra modificaciones o determinadas prescripciones siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Una vez aceptado el programa de trabajos se incorporará al contrato practicándose en su caso el correspondiente reajuste de anualidades.
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