Common use of PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN Clause in Contracts

PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN. Cláusula 23 - Toda controversia judicial que se plantee en relación al presente contrato, se substanciará a opción del Asegurado, ante los jueces competentes del domicilio del Asegurado o el lugar de ocurrencia del siniestro, siempre que sea dentro de los límites de la República Argentina.

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