PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS. (Art. 154 TRLCSP) 27.1. La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil de Contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación. 27.2. Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma. 27.3. Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
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Samples: Contrato De Obras, Contrato De Obras
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27.1. 27.1.- La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil perfil de Contratante contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. 27.2.- Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil 100.000 euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. 27.3.- Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, armonizada el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
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Samples: Contrato De Servicio
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27.1. 28.1.- La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil perfil de Contratante contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. 28.2.- Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil 100.000 euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. 28.3.- Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, armonizada el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
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Samples: Servicio De Vigilancia en La Salud
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27.1. La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil de Contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.. FIRMADO POR: NIF: P0200300B
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Samples: Contrato De Obras
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27.1. 28.1.- La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil perfil de Contratante contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. 28.2.- Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil 100.000 euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. 28.3.- Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, armonizada el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.. FIRMADO POR: NIF: P0200300B
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Samples: Servicio De Contratación
PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS. (Art. 154 TRLCSP)) 37 FIRMADO POR: NIF: P0200300B
27.1. 27.1.- La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil perfil de Contratante contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. 27.2.- Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil 100.000 euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
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Samples: Suministro De Instrumentos Musicales
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27.1. 26.1.- La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil perfil de Contratante contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. 26.2.- Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil 100.000 euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. 26.3.- Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, armonizada el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.. NIF: P0200300B
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Samples: Suministro
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27.1. 27.1.- La formalización de los contratos cuya cuantía sea igual o superior a las cantidades indicadas en el art. 138.3 se publicará en el Perfil perfil de Contratante contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
27.2. 27.2.- Cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a cien mil 100.000 euros (100.000,00.- €) o, en el caso de contratos de gestión de servicios públicos, cuando el presupuesto de gastos de primer establecimiento sea igual o superior a dicho importe o su plazo de duración exceda de cinco años, deberá publicarse, además, en el «Boletín Oficial del Estado» o en los respectivos Diarios o Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha formalización, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de la misma.
27.3. 27.3.- Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada, armonizada el anuncio deberá enviarse en el plazo señalado en el párrafo anterior, al Diario Oficial de la unión Europea y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.. FIRMADO POR: NIF: P0200300B
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Samples: Contrato De Obras