PÉRDIDA O ROBO DE LA TARJETA. SEGURIDAD. En caso de pérdida o robo de alguna de las Tarjetas, el TITULAR o cualquiera de los Titulares Adicionales deberán comunicarlo al BANCO, sin demora indebida en cuanto se tenga conocimiento de ello, por cualquiera de los medios, ya sean propios del BANCO, de alguna de las Redes o de terceras entidades con las que existan acuerdos para recibir dichas comunicaciones. Por razones de seguridad, la utilización de las Tarjetas está sujeta a las restricciones antes señaladas.
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Samples: Financial Services Agreement, Marco De Productos Y Servicios Financieros, Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros
PÉRDIDA O ROBO DE LA TARJETA. SEGURIDAD. En caso de pérdida o robo de alguna de las Tarjetas, el TITULAR o cualquiera de los Titulares Adicionales deberán comunicarlo al BANCO, BANCO sin demora indebida en cuanto se tenga conocimiento de ello, por cualquiera de los medios, ya sean propios del BANCO, de alguna de las Redes o de terceras entidades con las que existan acuerdos para recibir dichas comunicaciones. Por razones de seguridad, la utilización de las Tarjetas está sujeta a las restricciones antes señaladas. El BANCO ha puesto a disposición del CLIENTE canales de comunicación gratuitos para la comunicación de estos extremos, así como para solicitar su desbloqueo en los términos normativamente previstos, y que constan recogidos en las Estipulaciones Generales.
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Samples: Marco De Productos Y Servicios Financieros, Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros, Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros
PÉRDIDA O ROBO DE LA TARJETA. SEGURIDAD. En caso de pérdida o robo de alguna de las Tarjetas, el TITULAR o cualquiera de los Titulares Adicionales deberán comunicarlo al BANCO, BANCO sin demora indebida en cuanto se tenga conocimiento de ello, por cualquiera de los medios, ya sean propios del BANCO, de alguna de las Redes o de terceras entidades con las que existan acuerdos para recibir dichas comunicaciones. Por razones de seguridad, la utilización de las Tarjetas está sujeta a las restricciones antes señaladas.
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Samples: Financial Services Agreement, Marco De Productos Y Servicios Financieros, Marco De Productos Y Servicios Financieros
PÉRDIDA O ROBO DE LA TARJETA. SEGURIDAD. En caso de pérdida o robo de alguna de las Tarjetas, el TITULAR o cualquiera de los Titulares Adicionales deberán comunicarlo al BANCO, sin demora indebida en cuanto se tenga conocimiento de ello, por cualquiera de los medios, ya sean propios del BANCO, de alguna de las Redes o de terceras entidades con las que existan acuerdos para recibir dichas comunicaciones. Por razones de seguridad, la utilización de las Tarjetas está sujeta a las restricciones antes señaladasseñaladas así como a las contenidas en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO.
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Samples: Marco De Productos Y Servicios Financieros, Financial Services Agreement
PÉRDIDA O ROBO DE LA TARJETA. SEGURIDAD. En caso de pérdida o robo de alguna de las Tarjetas, el TITULAR o cualquiera de los Titulares Adicionales deberán comunicarlo al BANCO, sin demora indebida en cuanto se tenga conocimiento de ello, por cualquiera de los medios, ya sean propios del BANCO, de alguna de las Redes o de terceras entidades con las que existan acuerdos para recibir dichas comunicaciones. Por razones de seguridad, la utilización de las Tarjetas está sujeta a las restricciones antes señaladas, así como a las contenidas en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO.
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Samples: Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros, Contrato Marco De Productos Y Servicios Financieros