Common use of Quebranto de moneda Clause in Contracts

Quebranto de moneda. El expendedor o el expendedor-vendedor que sea responsable del manejo de dinero en efectivo por la venta manual o en cabina de todos los productos que se vendan en la estación o tienda, recibirá anualmente, en concepto de quebranto de moneda, la cantidad de 462,27 euros anuales el expendedor, y de 605,01 euros anuales el expendedor/vendedor, cantidad que se hará efectiva en las doce mensualidades corrientes. Aquellos trabajadores que vinieran percibiendo una cuantía superior a las anteriormente citadas se les mantendrá dicha cuantía.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Estaciones De Servicio, Convenio Estatal De

Quebranto de moneda. El expendedor expendedor/a o el expendedor/a-vendedor vendedor/a que sea responsable del manejo de dinero en efectivo por la venta manual o en cabina de todos los productos que se vendan en la estación o tienda, recibirá anualmente, en concepto de quebranto de moneda, la cantidad de 462,27 euros anuales el expendedor/a, y de 605,01 euros anuales el expendedor/a-vendedor/a, cantidad que se hará efectiva en las doce mensualidades corrientes. Aquellos trabajadores El personal contratado que vinieran viniera percibiendo una cuantía superior a las anteriormente citadas se les mantendrá dicha cuantía.

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Samples: industria.ccoo.es, Convenio Colectivo Estatal De Estaciones De Servicio

Quebranto de moneda. El expendedor o el expendedor-vendedor que sea responsable del manejo de dinero en efectivo por la venta manual o en cabina de todos los productos que se vendan en la estación o tienda, recibirá anualmente, en concepto de quebranto de moneda, la cantidad de 462,27 euros anuales el expendedor, y de 605,01 euros anuales el expendedor/expendedor/ vendedor, cantidad que se hará efectiva en las doce mensualidades corrientes. Aquellos trabajadores que vinieran percibiendo una cuantía superior a las anteriormente citadas se les mantendrá dicha cuantía.

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Samples: www.boe.es, www.avecal.org

Quebranto de moneda. El expendedor o el expendedor-vendedor que sea responsable del manejo de dinero en efectivo por la venta manual o en cabina de todos los productos que se vendan en la estación o tienda, recibirá anualmente, en concepto de quebranto de moneda, la cantidad de 462,27 euros anuales el expendedor, y de 605,01 euros anuales el expendedor/expendedor- vendedor, cantidad que se hará efectiva en las doce mensualidades corrientes. Aquellos trabajadores que vinieran percibiendo una cuantía superior a las anteriormente citadas se les mantendrá dicha cuantía.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Estaciones De Servicio

Quebranto de moneda. El expendedor o el expendedor/a-vendedor vendedor/a que sea responsable del manejo de dinero en efectivo por la venta manual o en cabina de todos los productos que se vendan en la estación o tienda, recibirá anualmente, en concepto de quebranto de moneda, la cantidad de 462,27 620 euros anuales el expendedor, y de 605,01 euros anuales el expendedor/vendedoranuales, cantidad que se hará efectiva en las doce mensualidades corrientes. Aquellos trabajadores La cantidad anteriormente indicada será de 648 euros anuales durante los años 2023 y 2024. El personal contratado que vinieran viniera percibiendo una cuantía superior a las anteriormente citadas se les mantendrá dicha cuantía.

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Samples: www.boe.es