Rango y Garantía. Las Obligaciones Negociables Clase 19 calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables Clase 19 constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales, incluyendo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Compromisos Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 los compromisos descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Compromisos” de este Suplemento. Supuestos de Incumplimiento Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 los supuestos de incumplimiento descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Supuestos de Incumplimiento” de este Suplemento.
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Samples: Obligaciones Negociables
Rango y Garantía. Las Obligaciones Negociables Clase 19 7 Adicionales calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables Clase 19 7 Adicionales constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales, incluyendo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Compromisos Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 7 Adicionales los compromisos Compromisos descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— —b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones NegociablesNegociables Clase 7 Adicionales— Compromisos” de este Suplemento. Supuestos de Incumplimiento Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 7 Adicionales los supuestos Supuestos de incumplimiento Incumplimiento descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— —b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Negociables Clase 7 Adicionales—Supuestos de Incumplimiento” de este Suplemento.
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Samples: Supplement to Prospectus
Rango y Garantía. Las Obligaciones Negociables Clase 19 22 calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables Clase 19 22 constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales, incluyendo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Compromisos Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 22 los compromisos descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Compromisos” de este Suplemento. Supuestos de Incumplimiento Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 22 los supuestos de incumplimiento descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Supuestos de Incumplimiento” de este Suplemento.
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Samples: Obligaciones Negociables
Rango y Garantía. Las Obligaciones Negociables Clase 19 Adicionales calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables Clase 19 Adicionales constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales, incluyendo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Compromisos Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 Adicionales los compromisos Compromisos descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— Negociables Adicionales—b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones NegociablesNegociables Adicionales— Compromisos” de este Suplemento. Supuestos de Incumplimiento Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 Adicionales los supuestos Supuestos de incumplimiento Incumplimiento descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— Negociables Adicionales—b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Negociables Adicionales—Supuestos de Incumplimiento” de este Suplemento.
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Samples: Obligaciones Negociables
Rango y Garantía. Las Obligaciones Negociables Clase 19 20 calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables Clase 19 20 constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales, incluyendo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Compromisos Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 20 los compromisos descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Compromisos” de este Suplemento. Supuestos de Incumplimiento Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 20 los supuestos de incumplimiento descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Supuestos de Incumplimiento” de este Suplemento.
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Samples: Obligaciones Negociables
Rango y Garantía. Las Obligaciones Negociables Clase 19 23 calificarán como obligaciones negociables simples no convertibles en acciones según la Ley de Obligaciones Negociables y tendrán derecho a los beneficios allí establecidos y se encontrarán sujetas a los requisitos procesales de dichas normas. Las Obligaciones Negociables Clase 19 23 constituirán obligaciones simples, directas e incondicionales, con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas tanto presentes como futuras de la Emisora (con excepción de las obligaciones preferidas en virtud de disposiciones legales, incluyendo, entre otras, las acreencias por impuestos y de índole laboral). Compromisos Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 23 los compromisos descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Compromisos” de este Suplemento. Supuestos de Incumplimiento Serán de aplicación a las Obligaciones Negociables Clase 19 23 los supuestos de incumplimiento descriptos en “Oferta de las Obligaciones Negociables— b) Términos y Condiciones Adicionales de las Obligaciones Negociables— Supuestos de Incumplimiento” de este Suplemento.
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Samples: Obligaciones Negociables