Recepci n de las obras Cláusulas de Ejemplo

Recepci n de las obras. La recepci n de las obras se regirÆ por lo establecido en el art culo 210 y 243 de la LCSP y en los art culos 163 y siguientes del RGLCAP. Recibidas las obras se procederÆ a su medici n general con asistencia del contratista, formulÆndose por el director de la obra, en el plazo de un mes desde la recepci n, la medici n de las realmente ejecutadas de acuerdo con el proyecto, as como la redacci n de la certificaci n final, que deberÆ ser aprobada por el rgano de contrataci n dentro del plazo de tres meses contados desde la recepci n y serÆ abonada a cuanta de la liquidaci n del contrato, en el plazo previsto en al art culo 198.4 de la LCSP.