Reducción de jornada por motivos familiares. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida. Los trabajadores y trabajadoras con sistema de trabajo a turnos que reduzcan su jornada por motivos familiares, tendrán derecho a la elección de turno y a la concreción del horario dentro del turno elegido. Si dos o más trabajadores y trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante dentro del mismo departamento, el Director del Parador podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. Como medida de fomento del empleo, todas las reducciones de jornada por motivos familiares que precisen sustitución, serán suplidas por nuevas contrataciones.
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Samples: Convenio Colectivo
Reducción de jornada por motivos familiares. Quien Quienes por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho 6 (seis) años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorialsensorial acreditada por la autoridad sanitaria competente, que no desempeñe una actividad retribuidaretributiva, tendrá tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo, trabajo con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, xxxxxxx entre, al menos, menos un octavo quinto y un máximo de la mitad de la duración de aquéllaaquella. En el supuesto de que la trabajadora se encuentre disfrutando de licencia por lactancia, podrá acumularla la reducción de la jornada legal por lactancia de una hora (con haberes) a la reducción de la jornada aquí establecida. Tendrá el mismo derecho a una reducción de, al menos un quinto y un máximo de la mitad de duración con disminución proporcional xxx xxxxxxx, quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidadfamiliar directo, que por razones de edad, accidente o enfermedad grave, debidamente certificadas, no pueda valerse por sí sÍ mismo y que no desempeñe actividad retribuidaretributiva. Los trabajadores y trabajadoras con sistema La reducción de trabajo a turnos que reduzcan su jornada por motivos familiarescontemplada aquí, tendrán constituye un derecho a la elección individual de turno y a la concreción del horario dentro del turno elegidolos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más trabajadores y trabajadoras de LAS EMPRESAS generasen este derecho por el mismo sujeto causante dentro del mismo departamentocausante, el Director del Parador la Dirección podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. Como medida de fomento del empleo, todas las reducciones de jornada por motivos familiares que precisen sustitución, serán suplidas por nuevas contratacionesLAS EMPRESAS.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Reducción de jornada por motivos familiares. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho xx xxxx años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. En el supuesto de que la trabajadora se encuentre disfrutando de permiso de lactancia, podrá acumular la reducción de jornada de una hora de lactancia (retribuida) a la reducción de jornada aquí regulada. Tendrá el mismo derecho a una reducción de, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de duración, quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad ó enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida. Los trabajadores y trabajadoras con sistema La reducción de trabajo a turnos que reduzcan su jornada por motivos familiarescontemplada en este artículo, tendrán constituye un derecho a la elección individual de turno y a la concreción del horario dentro del turno elegidolos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más trabajadores y trabajadoras de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante dentro del mismo departamentocausante, el Director del Parador la Dirección podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. Como medida de fomento del empleo, todas las reducciones de jornada por motivos familiares que precisen sustitución, serán suplidas por nuevas contrataciones.
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Samples: Vii Convenio Colectivo
Reducción de jornada por motivos familiares. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho 10 años o una persona con discapacidad física, psíquica o ó sensorial, que no desempeñe una desempeña actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxxxxxxxxx entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. En el supuesto de que la trabajadora se encuentre disfrutando de permiso de lactancia, entrepodrá acumular la reducción de jornada de una hora de lactancia (retribuida) a la reducción de jornada aquí regulada. Tendrá el mismo derecho a una reducción de, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho duración, quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida. Los trabajadores y trabajadoras con sistema La reducción de trabajo a turnos que reduzcan su jornada por motivos familiarescontemplada en este artículo, tendrán constituye un derecho a la elección individual de turno y a la concreción del horario dentro del turno elegidolos trabajadores, hombres o mujeres. Si No obstante, si dos o más trabajadores y trabajadoras de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante dentro del mismo departamentocausante, el Director del Parador la dirección podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. Como medida Adicionalmente el trabajador/a a turnos en reducción de fomento del empleo, todas las reducciones jornada podrá disponer de los derechos y medidas mencionadas en el artículo 19.9 de este convenio colectivo (reducción de jornada por motivos familiares que precisen sustitución, serán suplidas por nuevas contratacionesen régimen de 2/3 turnos de lunes x xxxxxxx).
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Samples: Convenio Colectivo