Regulación laboral por adjudicación de Servicios o terminación de contrato de arrendamiento. a).- Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o pri- vado, por terminación o rescisión por cualquier causa, del contrato de arrendamiento o de adjudicación de ser- vicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los derechos que los tra- bajadores tengan establecidos en la anterior empresa o centro de trabajo, cualquiera que sea la modalidad o contrato que tengan los mismos, y/o categoría laboral.
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Samples: www.juntadeandalucia.es, cetursa.es
Regulación laboral por adjudicación de Servicios o terminación de contrato de arrendamiento. a).- a). Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o pri- vadoprivado, por terminación o rescisión por cualquier causa, del contrato con- trato de arrendamiento o de adjudicación de ser- viciosservicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los derechos que los tra- bajadores tengan trabajadores ten- gan establecidos en la anterior empresa o centro de trabajotra- bajo, cualquiera que sea la modalidad o contrato que tengan ten- gan los mismos, y/o categoría laboral.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Regulación laboral por adjudicación de Servicios o terminación de contrato de arrendamiento. a).- Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o pri- vadoprivado, por terminación o rescisión por cualquier causa, del contrato de arrendamiento o de adjudicación de ser- viciosservicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los derechos que los tra- bajadores trabajadores tengan establecidos en la anterior empresa o centro de trabajo, cualquiera que sea la modalidad o contrato que tengan los mismos, y/o categoría laboral.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial Para La Industria De Hostelería De La Provincia De Granada 2018/2019
Regulación laboral por adjudicación de Servicios o terminación de contrato de arrendamiento. a).- a). Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o pri- vadoprivado, por terminación o rescisión por cualquier causa, del contrato de arrendamiento o de adjudicación de ser- viciosservicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los derechos que los tra- bajadores trabajadores tengan establecidos en la anterior empresa o centro de trabajo, cualquiera que sea la modalidad o contrato que tengan los mismos, y/o categoría laboral.
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