Common use of REPOSICIÓN DEFINITIVA Clause in Contracts

REPOSICIÓN DEFINITIVA. ⚫ Se realizará de manera obligatoria por parte del contratista, cuando el Equipo deba ser remplazado durante el tiempo de Garantía Técnica o de Fábrica al no poder ser reparado efectivamente con un mantenimiento correctivo, siempre y cuando las causas sean imputables a defectos de fabricación y/o vicios ocultos que pudieran encontrarse, deficiencias en los trabajos de mantenimiento, ausencia de repuestos, accesorios, piezas, partes del bien o si durante 3 (tres) veces en un año (previo informe de verificación en el cual se establezca que las fallas son inherentes al equipo), el equipo sufriera desperfectos que obstaculicen su normal funcionamiento y la continuidad en la prestación de los servicios ciudadanos, en estos casos el equipo deberá ser reemplazo por uno nuevo de iguales o mayores características o especificaciones técnicas, incluido el costo de instalación y puesta en funcionamiento. La reposición del Equipo se realizará en el plazo máximo de 60 días calendario, este plazo se contabilizará desde la entrega de los permisos de importación correspondiente, en el caso de superar este tiempo el contratista debe emitir un informe de justificación señalando un tiempo adicional razonable, mismo que debe ser aprobado por el Administrador del Contrato. ⚫ La CONTRATISTA deberá cubrir todos los costos de exportación desde el país de origen al país de recepción, los costos que se generen en la nacionalización en territorio Ecuatoriano, tales como; flete interno de transportación, seguros de carga interno, seguro marítimo, aseguramiento de los bienes, almacenaje, bodegaje, estibaje, demoraje, garantías en las navieras y demás costos del bien que se incurra en el proceso de nacionalización, en la ejecución del objeto del contrato.

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Samples: Contrato De Equipo Biomédico, Contrato De Equipo Biomédico, Contrato De Equipo Biomédico

REPOSICIÓN DEFINITIVA. Se realizará de manera obligatoria por parte del contratista, cuando el Equipo deba ser remplazado durante el tiempo de Garantía Técnica o de Fábrica al no poder ser reparado efectivamente con un mantenimiento correctivo, siempre y cuando las causas sean imputables a defectos de fabricación y/o vicios ocultos que pudieran encontrarse, deficiencias en los trabajos de mantenimiento, ausencia de repuestos, accesorios, piezas, partes del bien o si durante 3 (tres) veces en un año año, en un mismo componente (previo informe de verificación en el cual se establezca que las fallas son inherentes al equipo), el equipo sufriera desperfectos que obstaculicen su normal funcionamiento y la continuidad en la prestación de los servicios ciudadanos, en estos casos el equipo deberá ser reemplazo por uno nuevo de iguales o mayores características o especificaciones técnicas, incluido el costo de instalación y puesta en funcionamiento. La reposición del Equipo se realizará en el plazo máximo de 60 días calendario, este plazo se contabilizará desde la entrega de los permisos de importación correspondiente, en el caso de superar este tiempo el contratista debe emitir un informe de justificación señalando un tiempo adicional razonable, mismo que debe ser aprobado por el Administrador del Contrato. La CONTRATISTA deberá cubrir todos los costos de exportación importación desde el país de origen al país de recepción, los costos que se generen en la nacionalización en territorio Ecuatorianoecuatoriano, tales como; flete interno de transportación, seguros de carga interno, seguro marítimo, aseguramiento de los bienes, almacenaje, bodegaje, estibaje, demoraje, garantías en las navieras y demás costos del bien que se incurra en el proceso de nacionalización, en la ejecución del objeto del contrato.

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Samples: Contrato De Equipo Biomédico, Contrato De Equipo Biomédico

REPOSICIÓN DEFINITIVA. Se realizará de manera obligatoria por parte del contratista, cuando el Equipo deba ser remplazado durante el tiempo de Garantía Técnica o de Fábrica al no poder ser reparado efectivamente con un mantenimiento correctivo, siempre y cuando las causas sean imputables a defectos de fabricación y/o vicios ocultos que pudieran encontrarse, deficiencias en los trabajos de mantenimiento, ausencia de repuestos, accesorios, piezas, partes del bien o si durante 3 (tres) veces en un año año, en un mismo componente (previo informe de verificación en el cual se establezca que las fallas son inherentes al equipo), el equipo sufriera desperfectos que obstaculicen su normal funcionamiento y la continuidad en la prestación de los servicios ciudadanos, en estos casos el equipo deberá ser reemplazo por uno nuevo de iguales o mayores características o especificaciones técnicas, incluido el costo de instalación y puesta en funcionamiento. La reposición del Equipo se realizará en el plazo máximo de 60 días calendario, este plazo se contabilizará desde la entrega de los permisos de importación correspondiente, en el caso de superar este tiempo el contratista debe emitir un informe de justificación señalando un tiempo adicional razonable, mismo que debe ser aprobado por el Administrador del Contrato. La CONTRATISTA deberá cubrir todos los costos de exportación importación desde el país de origen al país de recepción, los costos que se generen en la nacionalización en territorio Ecuatorianoecuatoriano, tales como; flete interno de transportación, seguros de carga interno, seguro marítimo, aseguramiento de los bienes, almacenaje, bodegaje, estibaje, demoraje, garantías en las navieras y demás costos del bien que se incurra en el proceso de nacionalización, en la ejecución del objeto del Página 20 de 45 contrato.

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Samples: Contrato De Equipo Biomédico

REPOSICIÓN DEFINITIVA. 14.2.1 Se realizará de manera obligatoria por parte del contratistaContratista, cuando el Equipo bien deba ser remplazado durante el tiempo de Garantía Técnica o de Fábrica al no poder ser reparado efectivamente con un mantenimiento correctivo, siempre y cuando las causas sean imputables a defectos de fabricación y/o vicios ocultos que pudieran encontrarse, deficiencias en los trabajos de mantenimiento, ausencia de repuestos, accesorios, piezas, partes del bien o si durante 3 (tres) veces en un año (previo informe de verificación en el cual se establezca que las fallas son inherentes al equipo)bien) en un mismo componente, el equipo bien sufriera desperfectos que obstaculicen su normal funcionamiento y la continuidad en la prestación de los servicios ciudadanos, en estos casos el equipo bien deberá ser reemplazo reemplazado por uno nuevo de iguales o mayores características o especificaciones técnicas, incluido el costo de instalación entrega y puesta en funcionamiento. . 14.2.2 La reposición del Equipo bien se realizará en el plazo máximo de 60 días calendario, este plazo se contabilizará desde la entrega de los permisos de importación correspondiente, en el caso de superar este tiempo el contratista Contratista debe emitir un informe de justificación señalando un tiempo adicional razonable, mismo que debe ser aprobado por el Administrador el/los Administrador/es del Contrato. ⚫ La CONTRATISTA . 14.2.3 El Contratista deberá cubrir todos los costos de exportación desde el país de origen al país de recepción, los costos que se generen en la nacionalización en territorio Ecuatorianoecuatoriano, tales como; flete interno de transportación, seguros de carga interno, seguro marítimo, aseguramiento de los bienes, almacenaje, bodegaje, estibaje, demoraje, garantías en las navieras y demás costos del bien que se incurra en el proceso de nacionalización, en la ejecución del objeto del contrato. Dentro de la vigencia de la garantía el proveedor deberá contar con un servicio de asistencia técnica y respuesta temprana, durante los 365 días del año.

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Samples: Contract for the Acquisition of Medical Equipment