REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. El recurso de apelación cumple con los siguientes requisitos: a) Ser presentado ante la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad o Mesa de Partes del Tribunal, según corresponda. El recurso de apelación dirigido al Tribunal puede presentarse ante las oficinas desconcentradas del OSCE, las que lo derivan a la Mesa de Partes del Tribunal al día siguiente de su recepción. b) Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento oficial de identidad, o su denominación o razón social y número de Registro Único de Contribuyentes, según corresponda. En caso de actuación mediante representante, se acompaña la documentación que acredite tal representación. Tratándose de consorcios, el representante común interpone el recurso de apelación a nombre de todos los consorciados. c) Identificar la nomenclatura del procedimiento de selección del cual deriva el recurso. d) El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita, y sus fundamentos. e) Las pruebas instrumentales pertinentes. f) La garantía por interposición del recurso. g) Copia simple de la promesa de consorcio cuando corresponda. h) La firma del impugnante o de su representante. En el caso de consorcios basta la firma del representante común señalado como tal en la promesa de consorcio.
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Samples: Reglamento De La Ley De Contrataciones Del Estado, Reglamento De La Ley De Contrataciones Del Estado
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. El recurso de apelación cumple debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) 1. Ser presentado ante la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad o Mesa de Partes del Tribunal, según corresponda. El recurso de apelación dirigido al Tribunal puede presentarse ante las oficinas desconcentradas del OSCE, las que lo derivan a la Mesa de Partes del Tribunal al día siguiente de su recepción.
b) 2. Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento oficial de identidad, o su denominación o razón social y número de Registro Único de Contribuyentes, según correspondasocial. En caso de actuación mediante representante, se acompaña la documentación que acredite tal representación. Tratándose de consorcios, el representante común interpone debe interponer el recurso de apelación a nombre de todos los consorciados.
c) 3. Identificar la nomenclatura del procedimiento de selección del cual deriva el recurso.
d) 4. El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita, y sus fundamentos.
e) 5. Las pruebas instrumentales pertinentes.
f) 6. La garantía por interposición del recurso.
g) 7. Copia simple de la promesa formal de consorcio cuando corresponda.
h) 8. La firma del impugnante o de su representante. En el caso de consorcios basta la firma del representante común señalado como tal en la promesa formal de consorcio.
9. Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte, si la hubiera; y,
10. Autorización de abogado.
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REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. El recurso de apelación cumple debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) 1. Ser presentado ante la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad o Mesa de Partes del Tribunal, según corresponda. El En el caso de las Entidades domiciliadas fuera de Lima, el recurso de apelación dirigido al Tribunal puede presentarse ante las oficinas desconcentradas del OSCE, las que lo derivan a la Mesa de Partes del Tribunal al día siguiente de su recepción.
b) 2. Identificación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento oficial de identidad, o su denominación o razón social y número de Registro Único de Contribuyentes, según correspondasocial. En caso de actuación mediante representante, se acompaña la documentación que acredite tal representación. Tratándose de consorcios, el representante común interpone debe interponer el recurso de apelación a nombre de todos los consorciados.
c) 3. Identificar la nomenclatura del procedimiento de selección del cual deriva el recurso.
d) 4. El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita, y sus fundamentos.
e) 5. Las pruebas instrumentales pertinentes.
f) 6. La garantía por interposición del recurso.
g) 7. Copia simple de la promesa formal de consorcio cuando corresponda.
h) 8. La firma del impugnante o de su representante. En el caso de consorcios basta la firma del representante común señalado como tal en la promesa formal de consorcio.
9. Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte, si la hubiera; y, 10.Autorización de abogado.
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