Rescisión por mutuo acuerdo. Las partes podrán acordar la rescisión del Contrato cuando razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados imposibiliten su cumplimiento. Los efectos de esta rescisión serán los siguientes: − Toma de posesión de la obra por el Comitente, Recepción Provisional de la misma en el estado en que se encuentre, y posterior Recepción Definitiva, pasado el plazo de garantía. − Devolución del Fondo de Reparo una vez operada la Recepción Definitiva, siempre que no se adviertan vicios aparentes o se evidencien defectos originados en vicios ocultos. − Certificación final de los trabajos contratados y aprobados. − Certificación de los materiales no acopiados, existentes en la obra y destinados al cumplimiento del Contrato, que el Comitente decidiera adquirir, previa conformidad del Contratista. − Arriendo o adquisición de los equipos, herramientas, útiles y demás elementos destinados a la obra, que sean propiedad del Contratista y que el Comitente considere conveniente para sus fines, previa conformidad del primero. No será exigible al Comitente el pago de gastos improductivos, ni lucro cesante ni daño emergente como consecuencia de la rescisión.
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Samples: Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario, Contrato Convenio Que Rige Las Relaciones, Derechos Y Obligaciones Entre El Comitente Y El Adjudicatario
Rescisión por mutuo acuerdo. Las partes podrán acordar la rescisión del Contrato cuando razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados imposibiliten su cumplimiento. Los efectos de esta rescisión serán los siguientes: − Toma de posesión de la obra por el Comitente, Recepción Provisional de la misma en el estado en que se encuentre, y posterior Recepción Definitiva, pasado el plazo de garantía. − Devolución del Fondo de Reparo una vez operada la Recepción Definitiva, siempre que no se adviertan vicios aparentes o se evidencien defectos originados en vicios ocultos. − Certificación final de los trabajos contratados y aprobados. − Certificación de los materiales no acopiados, existentes en la obra y destinados al cumplimiento del Contrato, que el Comitente decidiera adquirir, previa conformidad del Contratista. − Arriendo o adquisición de los equipos, herramientas, útiles y demás elementos destinados a la obra, que sean propiedad del Contratista y que el Comitente considere conveniente para sus fines, previa conformidad del primero. − No será exigible al Comitente el pago de gastos improductivos, ni lucro cesante ni daño emergente como consecuencia de la rescisión.
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Rescisión por mutuo acuerdo. Las partes podrán acordar la rescisión del Contrato cuando razones de fuerza mayor o mayoro caso fortuito debidamente justificados imposibiliten su cumplimiento. Los efectos de esta rescisión serán los siguientes: − ▪ Toma de posesión de la obra por el Comitente, Recepción Provisional de la misma en el estado elestado en que se encuentre, y posterior Recepción Definitiva, pasado el plazo de garantía. − ▪ Devolución del Fondo de Reparo una vez operada la Recepción Definitiva, siempre que no se adviertan seadviertan vicios aparentes o se evidencien defectos originados en vicios ocultos. − ▪ Certificación final de los trabajos contratados y aprobados. − ▪ Certificación de los materiales no acopiados, existentes en la obra y destinados al cumplimiento del Contrato, que el Comitente decidiera adquirir, previa conformidad del Contratista. − ▪ Arriendo o adquisición de los equipos, herramientas, útiles y de demás elementos destinados a ▪ la obra, que sean propiedad del Contratista y que el Comitente considere conveniente para sus fines, previa conformidad del primero. No será exigible al Comitente el pago de gastos improductivos, ni lucro cesante ni daño emergente dañoemergente como consecuencia de la rescisión.
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