RESPONSABILIDAD DEL ARRENDADOR. El Arrendador se responsabiliza de los perjuicios sufridos por el Arrendatario en el caso de que los mismos sean sufridos por el Arrendatario debido a negligencia del Arrendador, salvo lo dispuesto en el siguiente sub-apartado. El Arrendador no será responsable por los fallos mecánicos o averías en el VEHÍCULO ni de los daños derivados de tales fallos mecánicos o averías, ni será responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos mecánicos o averías, siempre que tome las debidas precauciones y realice todo lo necesario para prevenir tal posibilidad.
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