Régimen interior Cláusulas de Ejemplo

Régimen interior. La Comisión Negociadora, previamente a su aprobación por el órgano competente, negociará los proyectos de aquellos Reglamentos internos que pueda necesitar cualquier servicio de este Ayuntamiento.
Régimen interior. Los usuarios de las plazas concertadas vienen obligados a cumplir las normas de régimen interior establecidas para ello. Los adjudicatarios de contratos derivados del Acuerdo Marco de referencia presentarán al órgano competente, dentro de los tres meses siguientes a la adjudicación del contrato, el reglamento de régimen interior del centro o centros en que se encuentren las plazas concertadas, salvo que éste haya sido presentado anteriormente y no haya variación del mismo. El reglamento de régimen interior fijará las normas de convivencia y horarios a que deberán ajustarse los usuarios con plaza pública, en la utilización de las dependencias comunes del centro, las cuales no podrán ser contrarias al régimen jurídico aplicable a los Centros Residenciales. Corresponderá a la Consejería de Asuntos Sociales la aplicación a las plazas concertadas de lo contemplado en la Ley 11/2002 de Ordenación de la Actividad y Mejora de la Calidad en la Prestación de Servicios Sociales, y sus normas de desarrollo, en todo lo relativo a derechos y deberes de los usuarios y régimen disciplinario.
Régimen interior. PUESTO TRABAJO Nº Grupo/Sub NIVEL ESPECÍFICO EUROS C.DESTINO De. Dt. R. OFICIAL 1 C1 21 X X X 1383,66 **
Régimen interior. El adjudicatario elaborará, en el plazo de un mes contado desde la fecha de Normalización del contrato, el Reglamento de Régimen interior por el que se regirá el centro de atención socio-educativa.
Régimen interior. El régimen interior aplicable a la Residencia será el establecido para las residencias gestionadas directamente por el Servicio Regional de Bienestar Social de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, en el Reglamento de Régimen Interior aprobado por Acuerdo del Consejo de Administración de dicho Organismo de veintidós de julio de mil novecientos noventa y cuatro (B.O.C.M de 27-9-1994). El adjudicatario, asumirá el reglamento de régimen interior vigente en la Residencia. No obstante podrá proponer a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales las modificaciones que estime oportunas para el buen funcionamiento de la Residencia, sometiéndolas, previamente a su aplicación, a la aprobación de la Consejería. No obstante lo anterior, será de aplicación a los usuarios lo establecido en el capítulo III de la Orden 766/1993, de 10 xx xxxxx (B.O.C.M. 21-6-93), correspondiendo a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales la ejecución de las actuaciones derivadas de tal aplicación. El adjudicatario, asumirá el reglamento de régimen interior vigente en el Centro de Día. No obstante podrá proponer a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales las modificaciones que estime oportunas para el buen funcionamiento del Centro de Día, sometiéndolas, previamente a su aplicación, a la aprobación de la Consejería.
Régimen interior. La Mesa General de Negociación negociará, previamente a su aprobación por el órgano competente, los proyectos de aquellos Reglamentos internos que pueda necesitar cualquier servicio de este Ayuntamiento.
Régimen interior. Los usuarios de las plazas concertadas vienen obligados a cumplir las normas de régimen interior establecidas para ello. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0944549299138111654261 Los adjudicatarios del contrato derivado, presentarán a la Subdirección General de Atención a la Discapacidad y enfermedad Mental, dentro de los tres meses siguientes a la adjudicación del contrato derivado, el reglamento de régimen interior del Centro o Centros en que se encuentren las plazas concertadas, salvo que éste haya sido presentado anteriormente y no haya variación del mismo. El reglamento de régimen interior fijará las normas de convivencia y horarios a que deberán ajustarse los usuarios con plaza pública, en la utilización de las dependencias comunes del Centro, las cuales no podrán ser contrarias al régimen jurídico aplicable a los Centros Ocupacionales. Corresponderá a la Consejería de Asuntos Sociales la aplicación a las plazas concertadas de lo contemplado en la Ley 11/2002 de Ordenación de la Actividad y Mejora de la Calidad en la Prestación de Servicios Sociales, y sus normas de desarrollo, en todo lo relativo a derechos y deberes de los usuarios y régimen disciplinario.
Régimen interior. Messe Düsseldorf ejerce plena autoridad en el regimen interior xxx xxxxxxx ferial durante el montaje, duración y desmontaje de una exposición. La Messegesellschaft está autorizada a dictar instrucciones. Deberán cumplirse en cualquier caso las Directrices Técnicas y cualquier norma de régimen interior que se derive de las condiciones especiales de participación. No se admiten animales en el recinto ferial y se prohibe hacer fotografías. Messe Düsseldorf tiene el derecho de hacer fotografías, dibujos y filmaciones de las actividades feriales, de montajes y stand feriales y de los artículos expuestos y de emplearlos para fines publicitarios y para su publicación en la prensa sin que el expositor pueda poner objeciones por motivo alguno. Esto tiene vigencia también para tomas que la prensa haga directamente con autorización de Messe Düsseldorf.

Related to Régimen interior

  • RENOVACIÓN Salvo disposición en contrario establecida en las Condiciones Particulares, la Póliza se entenderá renovada automáticamente al finalizar el último día del período de vigencia anterior y por un plazo igual, entendiéndose que la renovación no implica una nueva Póliza, sino la prórroga de la anterior. La prórroga no procederá si una de las partes notifica a la otra su voluntad de no prorrogar, mediante una notificación escrita a la otra parte dirigida al último domicilio que conste en la Póliza, efectuada con un plazo de por lo menos un (1) mes de anticipación al vencimiento del período de vigencia en curso.

  • GRAVÁMENES Impuesto al Valor Agregado (“IVA”): los precios que contengan las ofertas deberán ser informados sin IVA, el que será adicionado, de corresponder, en renglón aparte al momento de la facturación.

  • Soles 100000.00 22 09 01 09 381 - Sin TARAPOTO 0 - SI Modalidad

  • INSTALACIÓN No aplica.

  • Inspección La inspección por parte de un representante y/o funcionario autorizado de La Positiva, quedará a discreción de esta última, en caso lo considere necesario.. El Asegurado puede solicitar copia del documento en el que conste la inspección.

  • Legislación Anterior Texto original del Código de Comercio:

  • Comprobación del replanteo Las obras se ejecutaran con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego, del documento de licitación y al proyecto que sirva de base al contrato basado conforme a las instrucciones que, en interpretación de este, diera al contratista la dirección facultativa, que serán de obligado cumplimiento para aquel. El contratista está obligado a ejecutar las obras en los plazos fijados. En aquellas obras en las que se requiera la redacción de proyecto, en el plazo que se señale en el mismo y, en todo caso, dentro de un mes desde la fecha de su adjudicación salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano que celebró el contrato. El acta de comprobación deberá recoger expresamente lo dispuesto en los artículos 140 del RGLCAP y 14.11 xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de las Obras Municipales. Si el resultado de la comprobación demuestra, a juicio de la dirección facultativa y sin reserva por parte del contratista, la viabilidad del proyecto y la disponibilidad de los terrenos, se dará por aquél la autorización para su inicio, empezándose a contar el plazo de ejecución desde el día siguiente al de la firma del acta. En el caso de que el contratista, sin formular reservas sobre la viabilidad del proyecto, hubiera hecho otras observaciones que pudieran afectar a la ejecución de la obra, la dirección, consideradas tales observaciones, decidirá iniciar o suspender el comienzo de la misma, justificándolo en la propia acta. La autorización de inicio constará explícitamente en la misma, quedando notificado el contratista por el hecho de suscribirla. En aquellos casos en los que no resulten acreditadas las circunstancias a las que se refiere el párrafo anterior o la dirección facultativa de la obra considere necesaria la modificación de las obras proyectadas, quedará suspendida la iniciación de las mismas, haciéndolo constar en el acta, quedando obligado a dar cuenta inmediata a la Administración, que resolverá lo que proceda. El procedimiento de la modificación se ajustará a lo previsto en el artículo 141 del RGLCAP, siendo su régimen el previsto en el artículo 205 LCSP. De conformidad con el artículo 245 b) LCSP será causa de resolución del contrato la suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a cuatro meses. Desaparecida la causa que motivó la falta de inicio, el órgano de contratación dictará la resolución correspondiente, que se notificará fehacientemente al contratista. El plazo de ejecución empezará a contarse desde el día siguiente a la recepción de la notificación del acuerdo de autorización de inicio de las obras. Lo dispuesto anteriormente se aplicará igualmente cuando el contratista formulase reservas en el acto de comprobación del replanteo. No obstante, si a juicio del órgano de contratación tales reservas resultasen infundadas, no quedará suspendida la iniciación de las obras ni, en consecuencia, será necesario dictar nuevo acuerdo para que se produzca la iniciación de las mismas y se modifique el cómputo del plazo para su ejecución. El acta de comprobación del replanteo de cada obra de los contratos basados formará parte integrante de los términos de su adjudicación a los efectos de su exigibilidad.

  • RECEPCIÓN PROVISIONAL La obra será recibida provisionalmente por la Inspección cuando se encuentre terminada de acuerdo con su fin y con las especificaciones del contrato, se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas conforme el punto 12.1., y se haya entregado el Manual de Operación y Mantenimiento indicado en el punto 12.2. La Recepción Provisional parcial o total de la obra no libera al Contratista por los vicios aparentes que afecten a la misma y que sean observables a simple vista. La Recepción Provisional podrá hacerse a solicitud del Contratista o de oficio. En el primer caso el Comitente efectuará la Recepción Provisional dentro de los treinta días corridos de solicitada por el Contratista por Nota de Xxxxxx. En la fecha fijada se verificará el estado de los trabajos, y si no se presentan fallas, o solamente defectos menores, subsanables - a juicio exclusivo del Comitente - durante el plazo de garantía, la obra quedará recibida provisionalmente y el plazo de garantía correrá desde la fecha de la solicitud de recepción que efectuara el Contratista, que a todos los efectos se reputará como la de terminación de los trabajos. Se labrará Acta de Recepción Provisional, dejando constancia de las fallas por corregir, el plazo otorgado para su ejecución, y la fecha inicial del plazo de garantía. En ningún caso se considerarán defectos menores aquellos que puedan dificultar el uso normal de la obra. Si una vez solicitada la recepción por el Contratista, se verificare en la inspección final que las obras no fuesen de recibo o se verificare manifiesta inconsistencia en la documentación de obra o en el manual, la Inspección suspenderá esa recepción y ordenará los trabajos que estime necesarios. En ese caso continuará computándose el período de ejecución, neutralizándose el intervalo entre la fecha de notificación por parte de la Inspección de la Nota de Pedido en la que se solicita la Recepción Provisional y la fecha de notificación por parte del Contratista de la Orden de Servicio en la que se le ordena lo necesario para que las obras sean de recibo. A los efectos del cumplimiento de los trabajos ordenados, la Inspección fijará un plazo, transcurrido el cual, si el Contratista no diere cumplimiento a las observaciones formuladas, el Comitente, podrá optar por recibir de manera provisional las obras de oficio y ejecutar los trabajos necesarios por sí, o con intervención de terceros, cargando al Contratista los importes que esto insuma. En caso que el Contratista no se presentare o se negare a firmar el Acta de Recepción Provisional, el Comitente la labrará por sí y ante sí dejando constancia de la actitud asumida por el Contratista. Si la Recepción Provisional se efectuara de oficio por negligencia del Contratista, por requerir el Comitente la habilitación de las obras o por cualquier causa, la fecha de terminación efectiva de los trabajos será la fecha del acta o del instrumento que acredite dicha recepción. La habilitación total o parcial de una obra, dispuesta por el Comitente, dará derecho al Contratista a reclamar la Recepción Provisional de la misma. En caso de habilitación parcial se entenderá que el derecho a la recepción provisional se refiere exclusivamente a la parte de la obra habilitada. El Contratista no tendrá derecho a reclamar redeterminación de precios durante el plazo transcurrido entre la fecha prevista para la recepción provisional de la obra y la de la efectiva recepción provisional de la misma. Una vez otorgada la Recepción Provisional de la obra, el Contratista tendrá derecho a solicitar la devolución de la Garantía de Ejecución de Contrato.

  • Operación Ud suministro y colocación-reposición de gavión metálico de 1x1x2 m³ Ud suministro y colocación-reposición de gavión metálico de 1x1x4 m³ DESCRIPCIÓN Consiste en la colocación de protecciones o sostenimientos con gaviones, principalmente en pies de terraplenes o en los márgenes de cursos de agua regulares o esporádicos, o en la reposición de sostenimientos o protecciones existentes hechos con gaviones que se muestren deteriorados o insuficientes. En el caso de obras nuevas de gaviones, se definirán y justificarán las dimensiones y forma necesarias. Previamente a la colocación de las jaulas, se acondicionará el terreno de asiento limpiando la capa de terreno superficial. En el caso de reposición de gaviones degradados, según sea la avería que se presente, habrá que completar la defensa de gaviones con elementos nuevos, que sustituyan a otros, solidarizándolos con los existentes, o bien vaciar xx xxxxxx las jaulas degradadas, sustituyéndolas por otras nuevas que puedan rellenarse total o parcialmente con la piedra retirada. La medición de esta operación se hará en unidad de gavión nuevo o reparado. El precio de esta operación comprende la totalidad de trabajos, materiales y unidades de obra que sean necesarios para la colocación o reposición conforme a condiciones, transporte y retirada del material sobrante a vertedero, incluido canon, excepto las indicadas a continuación, que serán objeto de medición y abono independiente: ➢ M³ excavación mecánica en zanja ➢ M³ material drenante compactado en zanja. ➢ M tubo dren ranurado de diámetro 160 mm ➢ M³ hormigón en masa HM-20 colocado en soleras. Comprende también las comprobaciones de condiciones de materiales y ejecución, así como referenciación, reseña de ejecución y medición de lo realizado. M² revestimiento de cunetas DESCRIPCIÓN Consiste en ejecutar un revestimiento de hormigón en un determinado tramo de cuneta inicialmente no revestida. Se preparará previamente la superficie a revestir para obtener una sección transversal y un perfil longitudinal adecuados, que serán objeto de justificación. El espesor de revestimiento no será, en ningún punto, inferior a 10 cm., y la resistencia característica del hormigón colocado no será inferior a 20 Mpa. La medición de esta operación se hará por m2 de revestimiento construido. El precio de la operación comprende la totalidad de los trabajos necesarios, incluso señalización si hubiera lugar, encofrados, transporte y retirada del material sobrante a vertedero, incluido canon, a excepción de la ejecución de la unidad de obra siguiente: ➢ M³ hormigón en masa HM-20 colocado en soleras. ➢ Kg acero elaborado en armaduras B500S (cunetas tendidas en pasos de accesos) Comprenderá también las comprobaciones de condiciones de materiales y obra ejecutada, así como la referenciación, reseña de ejecución y medición de las unidades de obra realizadas. M² suministro y colocación de geotextil de 100 gr/m² mínimo M² suministro y colocación de geotextil de 200 gr/m² mínimo M² suministro y colocación de geotextil de 300 gr/m² mínimo DESCRIPCIÓN Consiste en la colocación de una lámina de geotextil, con la función de separar distintas capas de material en zanja o en tongadas, debiendo impedir la mezcla de dos suelos o capas de afirmado de naturaleza y propiedades diferentes, sin obstaculizar la libre circulación del agua. Las exigencias hidráulicas mínimas de la lámina geotextil serán, salvo justificación en contrario, que el diámetro eficaz de los poros admisibles debe proporcionar una permeabilidad mínima de 10-3 m /sg. En cuanto a las exigencias mecánicas, serán las que determine el director del contrato en función del gramaje y destino de la lámina a emplear. El geotextil deberá protegerse contra los rayos ultravioletas y la humedad en caso de acopio. Los empalmes en las zonas de solape sin transmisión de esfuerzos serán como mínimo de 30 cms. La medición y abono se realizará por metros cuadrados de superficie realmente cubierta, estando incluido en el precio la parte proporcional de solapes en empalmes longitudinales y transversales. El precio comprende la totalidad de los trabajos necesarios, materiales y unidades de obra empleados, señalización si fuera preciso, transportes, así como las tareas de todo tipo que hayan de realizarse para referenciar los trabajos, comprobar las condiciones de ejecución y reseñar la información.

  • Interés Asegurable El interés económico que el Asegurado debe tener en la conservación del bien objeto del seguro o de la integridad patrimonial de la persona asegurada. Si el interés de la persona asegurada se limita a una parte de la cosa asegurada su derecho se limitará únicamente a la parte de su interés.