RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIO CT-2013-000167 (CM-285) celebrado entre la OIM, EPM y El Departamento de Antioquia, y el artículo 20 de la ley 1150 de 2007, la presente LICITACIÓN PÚBLICA y el o los documentos (contratos o convenios) que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir (contratos o convenios) con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIO CM 340 DE 2015 celebrado entre la OIM y el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el artículo 20 de la ley 1150 de 2007, la presente Licitación pública y el o los documentos que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir (contratos o convenios) con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIO FGM-017 72051418IO00005 celebrado entre la OIM y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por sus siglas en inglés), la presente LICITACIÓN PÚBLICA y el/los documentos que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir (contratos o convenios) con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIO 485 del 2017 (IPA-004 de 2017) celebrado entre la OIM y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – PS la presente Licitación Pública y el o los convenios que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no convenios con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el Convenio No. RPR 095 de 2017, celebrado entre la OIM y la Embajada Británica y el artículo 20 de la ley 1150 de 2007, los presentes Pliegos de Condición y el o los contratos que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no contratos con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIO DE COOPERACIÓN No. AID-514-A- 17-00001 (IPA-001) celebrado entre la OIM y USAID la presente LICITACIÓN PÚBLICA y el/los documento que consecuentemente se suscriba, estará sujeto a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 1150 de 2007, la presente licitación pública y el/los documentos que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir (contratos o convenios) con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el Contrato de Subvención Acciones Exteriores de la Unión Europea No. DCI- ALA/2013/334-489 y en el artículo 20 de la ley 1150 de 2007 (Solo aplica para convenios celebrados con entidades públicas), la presente LICITACIÓN PÚBLICA y el/los documentos que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir (contratos o convenios) con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIO 485 (IPA 004) de 2017 entre el DEPARTAMENTO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM), dirigidos a la implementación del Programa IRACA® (intervención 2017-2018), y el artículo 20 de la ley 1150 de 2007, la presente LICITACIÓN PÚBLICA y el o los documentos (contratos o convenios) que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no los documentos a suscribir (contratos o convenios) con los participantes en el presente proceso.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA. De conformidad con lo establecido en el CONVENIODERIVADO DE COOPERACIÓN No. MYR-004celebrado entre la OIM y El INCODER, y el artículo 20 de la ley 1150 de 2007, la presente LICITACIÓN PÚBLICA y el o los contratos que consecuentemente se celebren, estarán sujetos a los procedimientos de la OIM. En consecuencia, toda propuesta será analizada, estudiada y calificada de acuerdo con los parámetros establecidos en el presente documento. La OIM se reserva el derecho de celebrar o no contratos con los participantes en el presente proceso.