Common use of Régimen jurídico de los contratos administrativos Clause in Contracts

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos, con la salvedad establecida en el apartado siguiente, se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por esta Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente. 2. El contrato de concesión de obras públicas se regirá, con carácter preferente a lo dispuesto en el apartado anterior, por las disposiciones contenidas en el título V del libro II de esta Ley, sus disposiciones de desarrollo y por la legislación sectorial específica en cuanto no se oponga a dicho título, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 125 y 133 a 135 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. 3. El orden jurisdiccional contencioso- administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en los contratos administrativos». Tres. Se modifica la denominación y contenido de la sección 2ª del capítulo I del título I del libro II de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que pasa a tener la siguiente redacción:

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Samples: Ley 13/2003, De 23 Mayo, Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos, con la salvedad establecida en el apartado siguiente, se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por esta Ley ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente. 2. El contrato de concesión de obras públicas se regirá, con carácter preferente a lo dispuesto en el apartado anterior, por las disposiciones contenidas en el título V del libro II de esta Leyley, sus disposiciones de desarrollo y por la legislación sectorial específica en cuanto no se oponga a dicho título, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 125 y 133 a 135 del Texto Refundido texto refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. 3. El orden jurisdiccional contencioso- contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en los contratos administrativos». Tres. Se modifica la denominación y contenido de la sección 2.ª del capítulo I del título I del libro II de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que pasa a tener la siguiente redacción:

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Samples: Ley 13/2003, De 23 De Mayo Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos, con la salvedad establecida en el apartado siguiente, se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por esta Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente. 2. El contrato de concesión de obras públicas se regirá, con carácter preferente a lo dispuesto en el apartado anterior, por las disposiciones contenidas en el título V del libro II de esta Ley, sus disposiciones de desarrollo y por la legislación sectorial específica en cuanto no se oponga a dicho título, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 125 y 133 a 135 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. 3. El orden jurisdiccional contencioso- contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en los contratos administrativos». Tres. Se modifica la denominación y contenido de la sección 2ª del capítulo I del título I del libro II de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que pasa a tener la siguiente redacción:.

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Samples: Texto Refundido De La Ley De Contratos De Las Administraciones Públicas

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos, con la salvedad salve- dad establecida en el apartado siguiente, se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por esta la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes res- tantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstanteobs- tante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo letra b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente. 2. El contrato de concesión de obras públicas se regirá, con carácter preferente a lo dispuesto en el apartado anterior, por las disposiciones contenidas conteni- das en el título Título V del libro Libro II de esta Ley, sus disposiciones dis- posiciones de desarrollo y por la legislación sectorial secto- rial específica en cuanto no se oponga a dicho títuloTí- tulo, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 125 y 133 a 135 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. 3. El orden jurisdiccional contencioso- administrativo contencioso admi- nistrativo será el competente para resolver las controversias con- troversias que surjan entre las partes en los contratos contra- tos administrativos.». Tres 3. Se modifica la denominación y contenido de la sección Sección 2ª del capítulo Capítulo I del título Título I del libro Libro II de la Ley de Contratos de las Administraciones PúblicasPú- blicas, que pasa a tener la siguiente redacción:

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Samples: Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos, con la salvedad salve- dad establecida en el apartado siguiente, se regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por esta la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes res- tantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstanteobstan- te, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo 5.2 letra b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente. 2. El contrato de concesión de obras públicas se regirá, con carácter preferente a lo dispuesto en el apartado anterior, por las disposiciones contenidas en el título Título V del libro Libro II de esta Ley, sus disposiciones de desarrollo y por la legislación sectorial específica en cuanto no se oponga a dicho títuloTítulo, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 125 y 133 a 135 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. 3. El orden jurisdiccional contencioso- administrativo contencioso admi- nistrativo será el competente para resolver las controversias con- troversias que surjan entre las partes en los contratos contra- tos administrativos.». Tres 3. Se modifica la denominación y contenido de la sección Sección 2ª del capítulo Capítulo I del título Título I del libro Libro II de la Ley de Contratos de las Administraciones PúblicasPú- blicas, que pasa a tener la siguiente redacción:

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Samples: Reguladora Del Contrato De Concesión De Obras Públicas