Common use of Régimen jurídico de los contratos administrativos Clause in Contracts

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos se regirán, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, por la presente Ley Xxxxx y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.

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Samples: www.navarra.es, sid.usal.es

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos administrativos, con la salvedad establecida en el apartado siguiente, se regirán, regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, extinción por la presente esta Ley Xxxxx y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente.

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Samples: www.agentesforestales.es, www.gobiernodecanarias.org

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos administrativos, con la salvedad establecida en el apartado siguiente, se regirán, regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, extinción por la presente Ley Xxxxx esta ley y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente.

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Samples: www.ayto-aljaraque.es

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos administrativos, con la salve- dad establecida en el apartado siguiente, se regirán, regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, extinción por la presente Ley Xxxxx y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes res- tantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obs- tante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, letra b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente.

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Samples: www.senado.es

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos se regirán, regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, extinción por la presente Ley Xxxxx y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente de desarrollo ; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2, párrafo b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente.

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Samples: www.jabugo.es

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos se regirán, regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, extinción por la presente Ley Xxxxx y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstante, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2.b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente.

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Samples: www.carm.es

Régimen jurídico de los contratos administrativos. 1. Los contratos administrativos administrativos, con la salve- dad establecida en el apartado siguiente, se regirán, regirán en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, extinción por la presente Ley Xxxxx y sus disposiciones reglamentarias. Supletoriamente de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes res- tantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. No obstan- te, los contratos administrativos especiales, que se definen en el artículo 5.2 letra b), se regirán por sus propias normas con carácter preferente.

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Samples: www.congreso.es