Salario base convenio Cláusulas de Ejemplo
Salario base convenio. Será el que se determine como salario base para cada grupo profesional en función de la tabla anexa.
Salario base convenio. Para los años 2.017, a 2020 se aplicarán las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2016 para todos los trabajadores afectados por el presente convenio colectivo. Para el año 2021 se incrementará el salario anual vigente en la cantidad de 750
Salario base convenio. Se entiende por Salario Base Convenio (S.B.C.) el correspondiente a la persona trabajadora en función de su pertenencia a uno de los grupos, funciones y niveles salariales descritos en el presente Convenio colectivo, y que figuran en la tabla salarial del Anexo I de este Convenio Colectivo. El salario base remunera la jornada ordinaria anual de trabajo efectivo pactada en este Convenio Colectivo, y está compuesto por: – Salario Grupo: Es el salario mínimo garantizado para cada uno de los Grupos Profesionales marcado por las tablas salariales pactadas en el presente Convenio Colectivo. – Salario Función / Nivel: Es el salario mínimo garantizado para cada uno de las Funciones Profesionales / Niveles marcado por las tablas salariales pactadas en el presente Convenio Colectivo. Ver tabla salarial en Anexo I del presente Convenio Colectivo. Estos dos conceptos salariales no serán compensables ni absorbibles, y de los incrementos que se les aplique no se podrá detraer cantidad alguna de otros complementos.
Salario base convenio. Se fija su cuantía en 21,85 € diarios, para todos los tra- bajadores. En caso de que el IPC real rebase el 5%, la empresa abo- nara la diferencia en la primera nómina que se abone, una vez se conozca oficialmente dicha variación.
Salario base convenio. BOCM-20140419-4 Tendrán la consideración ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ base de convenio el fijado para cada categoría profesional y para un tiempo determinado por el convenio aplicable. En su cuantía, que figura en tablas salaria- les anexas al presente convenio colectivo, se incluyen las cuantías vigentes en el anterior convenio colectivo referidastanto a salario base como a plus convenio, y ello para jornada completa.
Salario base convenio. Es la cantidad que se percibe por la realización de la jornada ordinaria de trabajo fijada en este Convenio y correspondiente, a su vez, a la indicada para el grupo profesional en el que está encuadrado. CVE-Núm. de registre: 062015000936
Salario base convenio. El salario base de Convenio es el que se determina para cada nivel y categoría de los Anexos correspondientes. Dicho salario base de Convenio se ajustará en su caso, al salario mínimo interprofesional vigente, aplicándose en este supuesto las normas relativas a absorción y compensación en cómputo anual.
